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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1928-05-18_Ordinaria. Acta de sesión 1928/05/18_Ordinaria
Acta de sesión 1928/05/18_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.154/1.1928-05-18_Ordinaria
Título Acta de sesión 1928/05/18_Ordinaria
Data(s) 1928-05-18 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 39 1. Presidencia del Sr. La Sota Valdecilla, con asistencia de los Vocales Señores Lois Vidal, Espinosa Orrea, Massó García, Pimentel Abeleira y Laforet Cividanes. Abierta la sesión a las doce horas y 35 minutos de este día, se dio lectura al acta de la sesión anterior de dos del actual que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que las conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 39 2. Resolviendo reclamación de D. Joaquín Gándara de Caldas por su cédula. Vista la reclamación presentada por D. Joaquín Gándara de Andrés, casado, Veterinario contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de Caldas de Reis de 1927 en la tarifa 3ª, clase 9ª. Hace constar que vive en casa propia que paga 153,20 pesetas anuales por ella, desempeña cargo retribuido por el Municipio con el sueldo de 1.490 pesetas y que debe ser clasificado en la tarifa 1ª por renta de trabajo. La Comisión acuerda estimar la reclamación y clasificar a Don Joaquín Gándara de Andrés, en la tarifa 1ª, clase 14 y cédula de 11 pesetas, comunicándose éste acuerdo al Ayuntamiento para notificación al interesado con la advertencia de que puede interponer recurso ante el Tribunal Económico Administrativo provincial en el plazo de 15 días. ------ Folla: 39 3. Resolviendo reclamación relativa a la cédula de Don Luis Santiago Graña, de Marín. Vista la instancia de Don José Santiago Santiago, de Marín, reclamando contra la cédula de su hijo Luis, viudo que se le asigna en el padrón alegando que fue mal clasificado por suponérsele empleado con un sueldo de 2.500 pesetas y pide se le clasifique de nuevo. La Comisión acuerda estimarla eliminando de la tarifa 1ª a D. Luis Santiago Graña, incluyéndolo en la 3ª, clase 13, cédula de 1,50 pesetas, más el recargo correspondiente del 20% si no tuviese hijos, según determina el apartado L del artículo 226 del Estatuto provincial. ------ Folla: 39 4. Resolviendo reclamación de D. Luis Núñez Maesti, de Marín. Vista la instancia de D. Luis Núñez Maesti, vecino de Marín (Montero Rios) reclamando contra la cédula que se le asigna en el padrón de 1927. Alega que figura con una de la tarifa 2ª, clase 9ª, tasada en la contribución industrial y pide sea clasificado de nuevo por haber sido baja en la misma. La Comisión acuerda estimarla y clasificar a D. Luis Núñez Maesti, en la tarifa 3ª, clase 13ª, cédula de 1,50 más el recargo correspondiente de soltería si tiene lugar a ello. Comuníquese esta resolución y la anterior a la Alcaldía de Marín para notificación a los interesados Sres. Santiago y Núñez. ------ Folla: 39 5. Abono de 2.000 pesetas a D. Joaquín Becerra para utensilios adquiridos para la finca de Salcedo. Se acuerda declarar de abono a D. Joaquín Becerra Malvar, de esta ciudad la cantidad de dos mil pesetas líquidas, importe de varios utensilios de labranza de su propiedad, existentes en la finca Palacio de Salcedo, adquirida por esta Diputación a dicho Señor y que por su utilidad y precio son necesarios y convienen a este organismo para ser empleados en la explotación de la mencionada finca. El pago de dichas dos mil pesetas líquidas habrá de efectuarse con cargo al articulo primero, capitulo cuarto de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. ------ Folla: 39,40 6. Nota de Intervención para organizar una oficina recaudatoria. Se dio cuenta de comunicación de la Intervención de fondos provinciales que dice así: "A la Excma. Comisión provincial. En sesión de 27 de abril próximo pasado acordó V.E. pasar a esta Intervención de mi cargo el adjunto traslado de la R.O. aprobando las ordenanzas para la exacción de los arbitrios provinciales sobre la energía hidroeléctrica y las aguas minero-medicinales. El Interventor que suscribe, interpreta aquel acuerdo en el sentido de que V.E. dispone que la ejecución de dichas Ordenanzas se realice por la Intervención. El cumplimiento de ésta orden aun tratándose de funciones ajenas a las de la Intervención sería inmediato, si empieza en lo posible, pero no tanto la escasez de personal como la falta de idoneidad del mismo, incluso el Interventor que suscribe, para interpretar dichas ordenanzas en su aspecto técnico, anulan el buen deseo e imposibilitan la ejecución del mencionado acuerdo. El apartado a) de la disposición 2ª de la R.O.C. del Directorio Militar, de 22 de enero de 1924, ordenaba el arreglo de las plantillas del personal administrativo, técnico especial, pericial y subalterno de los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales, de forma que la suma de los haberes anuales no excediera del 20% del presupuesto de gastos. Asciende el presupuesto de gastos de ésta Diputación a pesetas 3.796.247,75 y suman los haberes del personal arriba reseñado, pesetas 169.957,76. Esta cantidad es el 4% de aquella. No quiere cansar la atención de V.E. el Interventor que suscribe, haciendo las deducciones que derivan de las premisas que preceden, y que de ningún modo pueden escapar a su ayuda perspicacia; pero no quiere ni debe dejar de poner de manifiesto, una vez más su tan modesta como firme opinión acerca de la perentoria necesidad de la creación de una oficina recaudatoria provista de personal temporal. Oficina que podría constituir el núcleo de la que en su día procediera a la recaudación de las contribuciones del Estado. El 10% de la recaudación que, como beneficio, obtienen hoy los encargados de la de cédulas personales en 20 Ayuntamientos de la provincia significa extendiendo el procedimiento a todos los Ayuntamientos, un gasto de 80.000 pesetas . No es ésta cantidad suficiente para crear un organismo adecuado y con la máxima perfección para el ejercicio de la función de que se trata. Sirva el buen deseo que inspira ésta nota para atenuar en V.E. el efecto que pueda causar el conocimiento de una opinión que no ha sido pedida. Pontevedra, 16 de mayo de 1928. El Interventor, José G, Otero. La Comisión provincial acuerda tomarla en consideración para organizar la oficina recaudatoria. ------ Folla: 40 7. Manicomio. Ingreso de Eugenio Insua de Cambados. Decretar el ingreso en el Manicomio de Conjo por cuenta de fondos provinciales del demente en turno Eugenio Insua Dozo, de 28 años de edad, soltero, del Ayuntamiento de Cambados, de cuyo expediente resulta probada la naturaleza, enfermedad, necesidad de la reclusión y pobreza del enfermo y familiares, debiendo por el Negociado de Beneficencia remitirse al Sr. Director de aquel sanatorio la filiación del referido enfermo que ingresa en concepto de observación a los efectos de lo que determina el R.D. de 19 de mayo de 1885, comunicando este acuerdo a la Alcaldesa de Cambados para la conducción al mismo del enfermo de referencia. ------ Folla: 40 8. Contestando oficio del Alcalde de Pontevedra sobre Rayos X, para el Hospital. Vista la comunicación del Sr. Alcalde de Pontevedra recibida el 15 de mayo corriente transcribiendo el acuerdo de la Comisión de beneficencia que fue aceptado por la Permanente Municipal en 30 de abril pasado, en el que se contesta a la solicitud presentada por D. Carlos Kuappe, que interesa el cumplimiento del contrato para suministro al Gran Hospital de una instalación completa de Rayos X pasando en cumplimiento de dicho acuerdo los antecedentes del asiento a esta Diputación para que oficialmente manifieste la solución que piensa adoptar con relación al contrato hecho por el Ayuntamiento de compra e instalación de los Rayos X en el Establecimiento benéfico; acuerda contestar al Sr. Alcalde que entiende sería prematura toda contestación, en tanto no se haga el traspaso del Establecimiento para que su gerencia o administración corra a cargo de esta Diputación. ------ Folla: 40 9. Abono estancias en el Hospital. Mes de abril. Examinada la cuenta de estancias causadas en el Hospital de esta ciudad, por enfermos pobres de esta provincia durante el mes de abril último la que a razón de 4 pesetas una se eleva a 22.084 y teniendo en cuenta que el coste o cuantía de las mismas depende del acuerdo que en su día haya de adoptarse ante la resolución que recaiga en el pleito contencioso con tal motivo entablado, se acuerda declarar de abono al Sr. Alcalde de Pontevedra, la cantidad de dieciséis mil quinientas sesenta y tres pesetas a que ascienden las 5.521 estancias devengadas por los citados enfermos a razón de tres pesetas, debiendo librarse dicha suma con cargo a la consignación del capitulo 8º, articulo 3º del presupuesto vigente. ------ Folla: 40 10. Asilo Vigo. Ingreso de José García Paz. Decretar el ingreso en el asilo de Hermanitas de los pobres de Vigo, por cuenta de fondos provinciales del anciano José García Paz, mayor de 60 años del Ayuntamiento de Cangas sin familiares que puedan subvenir a su manutención y cuidado y no padecer enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 40 11. Enterándose de abono de estancias del enfermo Jesús Portasany. Dada cuenta de comunicación del Sr. Administrador del Hospital de La Santa Cruz y San Pablo, de Barcelona, al que acompaña recibo expedido por la Diputación de aquella capital justificativo de haber ingresado en arcas provinciales 409,50 pesetas giradas por la de ésta provincia para el pago de estancias de un trimestre del enfermo Jesús Portasany Llanes, en el Hospital de San Lázaro, desde el 23 de abril a 22 de julio del corriente año, a razón de 4,50 pesetas diarias, se acuerda accediendo a lo solicitado para facilitar las operaciones de contabilidad que en el próximo envío se adicione al trimestre que empezará en 1º de agosto los nueve días de julio que van del 23 al 31. ------ Folla: 40 12. Que se envíe a D. José Cruz Letamendi, la subvención de 500 pesetas. Visto el escrito de d. José Cruz Letamendi, Director del Colegio de sordomudos y ciegos de Santiago, enviando el itinerario del viaje de estudios que se propone realizar en el extranjero para él que esta Comisión en sesión de 27 de abril último lo subvencionó con quinientas pesetas, haciendo a la vez presente su gratitud por aquella concesión, se acuerda quedar enterada, y que por el Depositario de fondos provinciales se gire a dicho Señor que tiene su domicilio en la Rúa de San Pedro, número 33, la expresada cantidad con inclusión de los gastos de timbre y giro. ------ Folla: 40 13. Inclusa. Ingreso del niño Antonio Macías. Decretar el ingreso en la Inclusa provincial del niño Antonio Macías Rojas que nació en el Hospital de esta ciudad el día 30 de abril último, hijo de Francisca Macías Rojas, soltera de 9 años de edad, natural de Málaga y vecina de Tui. ------ Folla: 40 14. Abono a D. Salustiano Fernández, cuenta de impresos. Declarar de abono al industrial de D. Salustiano Fernández la cuenta importante importante veintiuna pesetas por confección y tirada de los estados del movimiento de enfermos en el Hospital y 500 facturas para franquicia postal, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 41 15. Autorizando a la Intervención para subsanar errores en ingresos por cédulas. Visto el escrito del Sr. Interventor, exponiendo a instancia del interesado el error padecido por el Recaudador de cédulas personales, D. José Torres Meis, al ingresar en esta Diputación por cuenta de la factura de cédulas del Ayuntamiento de Baiona correspondiente al año de 1927, novecientas pesetas de más y por cuenta del Ayuntamiento de Vilagarcía novecientas pesetas de menos; y resultando comprobado aquel error según informa el citado Sr. Interventor; se acuerda autorizarle para efectuar la devolución de las novecientas pesetas, cargándoselas al Ayuntamiento de Baiona y darles ingreso abonándoselas al Ayuntamiento de Vilagarcía. ------ Folla: 41 16. Designando mesa que ha de intervenir subastas de acopios. Se acuerda designar al Diputado Vocal de esta permanente D. Gaspar Massó para que en unión del Diputado encargado de la Presidencia, D. Gaspar Lois, constituyan la mesa que presidirá las subastas de acopios para conservación de los caminos provinciales de Arcade a Ponteareas y de Vilapouca a Puente Bea, sección de Vilapouca a A Estrada que habrán de celebrarse en esta Diputación a las 12 horas del día 25 del actual, actuando de Secretario el que lo es de ésta Corporación, D. José Ramos. ------ Folla: 41 17. Asilo de Tui. Ingreso de María Verde, de A Guarda. Decretar el ingreso en el Asilo de Hermanitas de los pobres de Tui, de la anciana María Verde Guisande, de 68 años de edad, vecina del Ayuntamiento de A Guarda, que carece de familiares que puedan prestarle alimentos y cuidados, y que no padece enfermedad mental ni contagiosa. ------ Folla: 41 18. Sobre la Mesa, instancia del Colegio de Secretarios sobre formación de padrones. Dejar sobre la Mesa para estudio, la instancia suscrita por el Sr. Vicepresidente del Colegio de Secretariado local de esta provincia, interesando que ésta Diputación acuerde que se les encargue de la formación de los padrones y cobranza del arbitrio de cédulas personales, mediante la remuneración del 10% de lo que recauden. ------ Folla: 41 19. Abono cuenta de alquileres automóvil de D. José Acuña. Declarar de abono al industrial de esta ciudad D. José Acuña Alen, la cuenta importante noventa y cinco pesetas por alquiler de un automóvil facilitado el día 13 del actual a la representación de esta Diputación que fue a saludar al nuevo Arzobispo Reverendo Padre Zacarías a Santiago, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto vigente. ------ Folla: 41 20. Devolviendo presupuesto de obras en la Audiencia. Visto el oficio del Sr. Presidente de la Audiencia provincial, interesando la construcción de ventanas para la oficina de Secretaría y despacho de la presidencia, arreglo del tejado del archivo, pinturas, y otras reparaciones; se acuerda devolver al citado Sr. Presidente el presupuesto que se sirvió remitir y significarle que a esta Diputación no corresponde el arreglo o ejecución de dichas obras. ------ Folla: 41 21. Enterándose memoria del movimiento de enfermos en el Hospital en 1927. Quedar enterada de la Memoria del Negociado de Beneficencia explicativa del movimiento de hospitalizados habido durante el último año de 1927 clasificado por enfermedades, de la que resulta que ingresaron en el Gran Hospital de Pontevedra con cargo a fondos provinciales 900 enfermos, que costaron 4.261 estancias, las que a razón de tres pesetas arrojan 128.883 y agregando a ésta suma el importe de 16.589 estancias más devengadas por 151 enfermos que al comenzar el año existían en aquel establecimiento resulta un total de estancias devengadas durante dicho período de 59.550, cuyo importe se eleva a 178.650 pesetas. ------ Folla: 41 22. Abono cuenta al Arquitecto claraboya Central al Palacio. Declarar de abono al Sr. Arquitecto provincial la cuenta justificada importante cuatro mil seiscientas nueve pesetas quince céntimos por gastos de jornales y materiales invertidos en la instalación de la claraboya artística de éste Palacio provincial librándose con cargo al capitulo 11, artículo 10 del presupuesto vigente. ------ Folla: 41 23. Enterándose del fallecimiento del Portero Mayor D. José Vieites. Consignar en acta el pesar de esta Corporación por el fallecimiento del Portero mayor de esta Diputación, D. José Vieites Pedras, que con celo tan ejemplar desempeñó su cometido a satisfacción de todos los Sres que integran este organismo provincial. ------ Folla: 41 24. Designando a D. Cándido Diez, Portero Mayor y anunciar la vacante de éste por Guerras. Vacante por defunción del que la desempeñaba la plaza de portero mayor de la Excma. Diputación y en uso de las facultades que a ésta Comisión concede el articulo 117 del Estatuto provincial se acuerda por analogía con lo que determina el Reglamento de funcionarios administrativos de esta Dependencia de 30 de junio de 1925, pase a desempeñar la referida plaza al portero Díaz Abelleria, con el sueldo anual de dos mil setecientas cincuenta pesetas, corriéndose la escala en el escalafón de los empleados subalternos por riguroso orden de antigüedad, y por figurar en primer turno de la escala inmediata inferior, y que la plaza vacante de ordenanza que resulta por virtud de esta variación dotada con el haber anual de 2.250 pesetas, se comunique al Excmo. Sr. General Presidente de la Junta clasificadora de aspirantes a destinos públicos para su provisión por el ramo de Guerra. Se levantó la sesión. ------
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