ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.388
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1929/06/07_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.155/1.1929-06-07_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1929/06/07_Ordinaria

  • Data(s) 1929-06-07 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 76 1. Presidencia del Sr. La Sota Valdecilla con asistencia de los Vocales Señores Lois Vidal, Sarmiento Gil y Pimentel. Abierta la sesión a las doce horas de este día, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Seguidamente haciendo uso de las atribuciones que la conceden los artículos 90 y 117 del Estatuto provincial adoptó los acuerdos siguientes. ------ Folla: 76 2. Señalamiento de sesiones. Señalar los días de sesiones que han de tener lugar durante el corriente mes las que además de la correspondiente a la fecha se celebrarán los días 14 - 21 y 28. ------ Folla: 76 3. Distribución de fondos. Aprobar la distribución de fondos por capítulos en cuantía de 600.000 pesetas para satisfacer las obligaciones del mes actual. ------ Folla: 76 4. Abono de Títulos del Magisterio a Enrique Tilve y Restituto Escobar que disfrutaron becas. Vistas las instancias suscritas por Enrique Tilve Martínez y Restituto Escobar Lemos, domiciliado en la Casa Hospicio de esta ciudad participando haber terminado su carrera de Magisterio que siguieron al amparo del disfrute de las becas que les fueron concedidas por lo que significan a esta Corporación su reconocimiento por la protección que les ha dispensado, suplicando a la vez que en atención a que carecen de recursos para el obtener su Título profesional se les abone a cada uno 150 pesetas importe de aquel esta Comisión teniendo en cuenta la condición de los recurrentes y lo indispensable que les es tal documento para el ejercicio de la enseñanza acuerda acceder a lo solicitado y satisfacer la cantidad de trescientas pesetas importe de ambos Títulos, con cargo al capitulo 10º y artículo 12 del presupuesto vigente librándose dicha suma a favor de la Sra. Superiora del Hospicio, la que hará presente a los interesados la gratitud de que son deudores a aquella casa benéfica que tan generosamente les prodigó atenciones, alimentos, educación y cuidados costeándoles una carrera que les permitía subvenir con decoro a las necesidades de la vida poniéndoles en condiciones de ser útiles para sí y para la Sociedad. ------ Folla: 76 5. Manicomio. Abono estancias dementes en Mayo. Declarar de abono al Sr. Director del Manicomio de Conjo, la cuenta importante diecisiete mil doscientas dos pesetas por estancias de dementes pobres hijos de esta provincia en aquel establecimiento durante el mes de mayo último, librándose con cargo al capitulo 8º, articulo 5º del presupuesto vigente. ------ Folla: 76 6. Enterándose de la salida de la Inclusa de la niña, Ángela Braña. Quedar enterada de escrito del Administrador de la Inclusa provincial, participando que Ángela Braña Guerra que por acuerdo de esta Comisión ingresó en aquel establecimiento con su hija María de los Ángeles en 19 de septiembre último voluntariamente el día 31 de mayo último, llevando sin retribución a su hija. ------ Folla: 76 7. Abono cuenta fluido de la Eléctrica, de Mayo. Declarar de abono a la empresa "Eléctrica de Pontevedra - Marín, S.A.", la cuenta importante noventa y ocho pesetas treinta y cuatro céntimos por fluido suministrado para el alumbrado de este Palacio provincial durante el mes de mayo último, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto vigente. ------ Folla: 77 8. Listas electorales de 1928. Abono de su impresión al contratista Sr. Mondria. Vista la comunicación del Sr. Presidente de la Junta provincial del censo electoral, participando haberse ultimado la impresión y tirada de las listas electorales procedentes de la rectificación llevada a cabo en el año 1928; se acuerda declarar de abono al contratista de aquel servicio, D. Bernardo Mondria Sanchis, vecino de Vigo, la cuenta que presenta importante catorce mil cuatrocientas once pesetas setenta y cinco céntimos equivalente a la cantidad por la que se le adjudicó el concurso, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 1º del presupuesto vigente, ordenando a la Intervención de fondos provinciales que habilite el crédito necesario para este servicio. ------ Folla: 77 9. Hojas declaratorias padrón de cédulas. Abono de impresión al contratista Sr. Fernández. Recibidos los doscientos mil ejemplares de hojas declaratorias para el padrón de cédulas personales confeccionadas con sujeción a las condiciones fijadas en el concurso anunciado en el Boletín Oficial de 18 de abril último, se acuerda declarar de abono al industrial D. Salustiano Fernández Otero, de esta ciudad, la suma de tres mil ochocientas veinte pesetas, importe de la cantidad en que le fue adjudicado aquel servicio, librándose con cargo al capitulo 5º, articulo 1º del presupuesto vigente. ------ Folla: 77 10. Abono expropiación de fincas carretera de A Golada a Don Julio Yebra. Vista la instancia suscrita por D. Julio Yebra Pimentel, contratista de las obras del trozo primero de la carretera provincial de A Golada al límite en súplica de que se le paguen las hojas de aprecio de los terrenos que tuvo necesidad de adquirir par ala pronta terminación de aquellas obras y resultando que al tramitarse el expediente de expropiación del indicado trozo recibido y abierto al tránsito público, se entregaron las hojas de aprecio a los propietarios de las fincas expropiadas los que en su mayoría dejaron ocupar esperando el pago, pero algunos, bien por intransigencia o por necesidades reales se han opuesto a la ocupación hasta el pago de los terrenos y en su consecuencia el contratista por no paralizar las obras, compró esas hojas que por los propietarios le han sido endosadas al mismo, y visto el informe del Sr. Director de Vías y Obras provinciales, exponiendo que aunque el pago de las fincas ha de hacerse por orden numérico la R.O. de 27 de septiembre de 1910 prevé este caso y dispone que se incluya el valor de los terrenos que haya adelantado el contratista en la primera certificación de obra; esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el expresado técnico y en méríto a que por estar terminada aquella vía no hay obra por certificar acuerda que se expida libramiento para el pago de las fincas que figuran en el expediente cuyo pago adelantó el contratista de referencia, importantes en su totalidad, siete mil setecientas veintiséis pesetas veinticuatro céntimos. ------ Folla: 77 11. Vías y Obras. Abono dietas al Director inspección caminos vecinales en Mayo. Prestar aprobación a la nómina de dietas devengadas por el Sr. Director de Vías y Obras de esta Diputación en la inspección de caminos vecinales subvencionados por el Estado correspondiente al mes de mayo último, importante setecientas ochenta pesetas, debiendo pasarla al funcionario designado por esta Comisión en 26 de agosto de 1927, para que se haga cargo del importe del libramiento, que será expedido contra la consignación del capitulo 11, articulo 2º del presupuesto vigente. ------ Folla: 77 12. Abono cuenta dietas al Ayudante de Vías y Obras inspección caminos vecinales, Mayo. Declarar de abono al Ayudante de Vías y Obras de esta Diputación, D. Gerardo Vázquez la nómina correspondiente a las dietas devengadas en la inspección de caminos vecinales subvencionados por el Estado, durante el mes de mayo último, debiendo librarse su importe de cuatrocientas ochenta pesetas con cargo a la consignación que existe en presupuesto en el capitulo 11, articulo 1º de la parte de gastos. ------ Folla: 77 13. Abono cuenta al Director de Vías y Obras inspección caminos vecinales de mayo, gastos locomoción. Declarar de abono al Sr. Director de Vías y Obras provinciales la cuenta importante ochocientas cuarenta y cuatro pesetas noventa y dos céntimos por gastos de locomoción durante el mes de mayo último en la inspección de caminos provinciales y vecinales librándose dicha suma con cargo al capitulo 11, articulo 1º del presupuesto vigente. ------ Folla: 77 14. Abono cuenta al Director de Vías y Obras conservación caminos provinciales en Mayo. Declarar de abono al Sr. Director de Vías y Obras de esta Diputación, la cuenta importante ochocientas treinta y cinco pesetas quince céntimos por conservación de carreteras provinciales, durante el mes de mayo último, librándose con cargo al capitulo 11, articulo 5º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 77 15. Declarando nulas cédulas extraviadas de 1928 de O Grove y datándola en su cuenta. Visto el expediente instruido por virtud del extravío de cédulas personales del término municipal de O Grove. Resultando que en 25 de febrero último fueron recogidas por el Comisionado en la sección de cédulas personales de 1928, 202 cédulas de la tarifa 2ª clase 12, números 858.088 al 858.289 de las que, al efectuar el Ayuntamiento el recurrente de las mismas advirtió la falta de las correspondientes a los números 858.090 al 858.139. Resultando que recontadas de nuevo en aquella dependencia y examinadas las relaciones de las remitidas a los demás Ayuntamientos no figuran las cédulas extraviadas ni de ellas se tuvo más noticia a pesar de haberse terminado el período de cobranza voluntaria y de haberse anunciado su extravío en el B.O. y edictos publicados por la Alcaldía, esta Comisión acuerda declarar nulas y sin ningún valor las expresadas cédulas de la tarifa 2ª, clase 12, número 858.090 al 858.139 ambos inclusives, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el que las usase ilegalmente y autorizar la data en la cuenta del Ayuntamiento de O Grove del importe de las mismas. ------ Folla: 77,78 16. Devolución de diferencia de cédula a Dr. Fernando Rodríguez de Marín. Vista la instancia promovida por el Doctor Fernando Rodríguez, vecino de Marín, solicitando se le devuelvan 27 pesetas equivalentes a la diferencia entre la cédula de la tarifa 2ª, clase 10ª que le fue asignada en el padrón de 1928 y la de la tarifa 2ª clase 12 que le corresponde satisfacer y resultando de los informes emitidos por el Ayuntamiento y por la sección de cédulas que el recurrente, satisface anualmente únicamente por contribución 190 pesetas habiéndose sufrido error su clasificación al confeccionar el padrón; se acuerda acceder a lo solicitado y disponer le sea devuelta la diferencia entre la cédula adjudicada y la de la tarifa 2ª, clase 12ª que le corresponde. ------ Folla: 78 17. Desestimando reclamación de cédula de D. Manuel Comesaña, de Vigo. Vista la instancia de D. Manuel Comesaña Monje vecino de Vigo en súplica que le sean devueltas 29 pesetas como diferencia de la cédula que obtuvo en el año de 1928, de la tarifa 1ª, clase 11 por haber sido jubilado con el haber pasivo de 1.962,48 pesetas que dicha jubilación tuvo efecto en 1º de abril de 1929 y la cédula de que reclama corresponde a 1928 durante cuyo año percibió 4.800 pesetas por la que fue clasificado, se acuerda desestimar esta solicitud, declarando al Sr. Comesaña bien clasificado. ------ Folla: 78 18. Abono saldos por cédulas personales al Recaudador D. José Mª. Torres. Vista la instancia de D. José Mª Torres Meis, Recaudador de cédulas personales, interesando le sean devueltas las cantidades que en concepto de saldo resultan a su favor con las cuentas aprobadas por los Ayuntamientos de Silleda del ejercicio de 1927, de 1.230 pesetas 56 céntimos del Ayuntamiento de Vilanova de 1928, de 51 pesetas y del Ayuntamiento de Meis de 50 pesetas que en su totalidad ascienden a la suma de mil trescientas treinta y una pesetas cincuenta y seis céntimos y visto el informe emitido por el Jefe de la sección de cédulas del que aparecen comprobados los extremos aducidos por el recurrente; se acuerda de conformidad con lo propuesto acceder a lo solicitado por el Sr. Torres Meis y disponer le sea devuelta la suma de referencia. ------ Folla: 78 19. Abono al Administrador del Manicomio cuenta conducción de un demente. Declarar de abono al Administrador del Manicomio de Conjo, la cuenta importante cuarenta y tres pesetas cincuenta céntimos por gastos habidos en la conducción del demente Luis Sobral Alonso, desde Pontevedra a aquel Sanatorio el día 27 de mayo último, librándose con cargo al capitulo 8º, articulo 5º del presupuesto en ejercicio. ------ Folla: 78 20. Abono a D. Manuel Ramos alquileres automóviles de Mayo. Declarar de abono al industrial de D. Manuel Ramos, la cuenta importante trescientas treinta pesetas cincuenta y dos céntimos por alquiler de automóviles que con arreglo a contrato facilitó durante el mes de mayo último para servicios de esta Diputación a distintos puntos de la provincia y fuera de ella, librándose con cargo al capitulo 1º, articulo 11 del presupuesto vigente. ------ Folla: 78 21. Sobre la Mesa otra del mismo industrial. Dejar sobre la Mesa cuenta del expresado industrial, D. Manuel Ramos por servicios de automóviles facilitados al Gran Hospital de esta ciudad, durante el mes de mayo próximo pasado. ------ Folla: 78 22. Cédulas personales. Aprobación de liquidación de las de 1927 y 28 de los Ayuntamientos que se citan. Vistos los expedientes de liquidación de las cuentas de recaudación del impuesto sobre cédulas personales del período voluntario que rinden los Ayuntamientos de Baiona, Salceda de Caselas, Pontecesures, Cambados, Sanxenxo y Pontevedra correspondientes al año de 1927 y las de los Ayuntamientos de Vilagarcía, Cambados, Gondomar y Pontevedra del año de 1928 y resultando de su examen que las partidas que los integran se hallan debidamente justificadas; esta Comisión de conformidad con lo propuesto por el Negociado acuerda prestarle su aprobación, quedando saldadas dichas cuentas, comunicándolo así a la Intervención con devolución de los antecedentes a los efectos que procedan. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición