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Acta de sesión 1886/05/24_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.005/2.1886-05-24_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1886/05/24_Ordinaria

  • Data(s) 1886-05-24 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 153 (Vicepresidente Rafael G. Besada, Limeses, Parcero, Sequeiros) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 153,154 2. Dada cuenta de la comunicación del gobernador civil de esta provincia, fecha 23 de febrero próximo pasado, en que se sirve remitir para informe el expediente instruido sobre variación de un depósito de aguas para construir la carretera de Pontevedra a Cangas. Visto dicho expediente: Considerando que tiene por objeto la necesidad de ocupar a perpetuidad el terreno denominado "A Barca" en el ayuntamiento de Bueu que se halla destinado a depósito de aguas de riego, con motivo de la construcción de la carretera de 3º orden de esta capital a Cangas y de las obras que hay que ejecutar en el trozo 3º de la sección de Marín. Considerando que apesar de haber sido notificados todos los interesados en el riego no se ha producido reclamación alguna contra la necesidad de la ocupación del terreno en donde las aguas se embalsan y que aparece situado entre las fincas señaladas con los números 317 y 318 en el expediente de expropiaciones correspondientes al distrito de Bueu, se acuerda informar al gobernador civil que procede declarar la necesidad de la ocupación del terreno de que se trata para el objeto indicado. ------ Folla: 154 3. Dada cuenta de la comunicación del gobernador civil de la provincia, fecha 17 de abril último, en que se sirve remitir por duplicado el proyecto de ordenanzas municipales del ayuntamiento de Tui para los efectos del art. 76 de la Ley Municipal. - Resultando que no se acompañan a dicha proyecto los informes emitidos por los respectivos negociados del Gobierno Civil conforme si lo acordado por esta Comisión en sesión de 10 de noviembre de 1884 de que se dio traslado al gobernador en 11 del mismo mes en comunicación nº 3.015. Considerando que sin tener a la vista los datos indicados no puede esta CP informar acertadamente acerca del proyecto de que se trata, se acuerda devolverle al gobernador civil por si se digna remitirle nuevamente adicionado con los informes que se reclaman para que esta CP pueda en su virtud emitir el suyo sin dificultad. ------ Folla: 154 5. Visto que no se ha producido reclamación alguna contra la subasta que se celebró el día 15 del actual para la impresión del BOP y listas electorales durante el año económico de 1886-87, cuyo remate se adjudicó provisionalmente en favor del más ventajoso postor que lo fue Andrés Landín puesto que se obliga a practicar dichas impresiones por la cantidad de 2.880 pesetas 50 céntimos. Visto el informe de Contaduría favorable a la adjudicación definitiva del remate se acuerda declararlo defitivamente hecho en favor del citado Andrés Landín de esta vecindad por la mencinada cantidad de las 2.880 pesetas 50 céntimos. ------ Folla: 154 6. A fin de que la Comisión se constituya con número legal de vocales para el solo objeto de tomar unas providencias en un asunto contencioso administrativo en el que se inhibió de conocer el vicepresidente por incompatibilidad, Campos Nieto hallarse enfermo y García Temes ausente, se acuerda convocar al efecto al diputado por A Cañiza, Florentín Losada, en sustitución de García Temes que lo es por la misma circunscripción. Se levantó la sesión. ------ Folla: 154 4.Observadas las formalidades correspondientes en la subasta para el servicio de bagajes celebrada en el día 14 del actual, y adjudicado provisionalmente el remate a favor de la proposición más ventajosa que la fue la de Manuel Vidal Rodriguez, puesto que se obligó a desempeñar dicho servicio por la cantidad de 9.400 pesetas durante el año económico de 1886-87. Visto el infome de contaduría proponiendo la adjudicación definitiva del remate y en atención a que no se ha producido reclamación de ninguna clase contra la provisional, se acuerda adjudicarlo definitivamente en favor del mencionado Manuel Vidal Rodriguez vecino de A Cañiza por la expresada cantidad de las 9.400 pesetas. ------

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