ATOPO
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Acta de sesión 1887/09/01_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/1.1887-09-01_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1887/09/01_Ordinaria

  • Data(s) 1887-09-01 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 223 (Sres. Salgado vicepresidente, Pardo, Lois, Prada). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 74 de la ley provincial, la comisión acuerda designar en el presente mes para el despacho de los asuntos que por la ley están encomendados los días 1,2,3,6,7,9,13,14,15, 16,17,20,21,22,23,24,27,28 y 29 y para la recepción de mozos responsables a quintas y a quienes se hay concedido término para presentarse los 10,19,26 y 30. Publíquese la oportuna circular en el boletín oficial de la provincia. ------ Folla: 223 2. Se dió cuenta de la comunicación del Excmo. señor capitán general de este distrito fecha 8 de agosto próximo pasado en la que manifiesta que la junta calificadora de aspirantes a destinos civiles ha nombrado en 31 de julio último para cubrir la plaza de oficial de contabilidad de 1ª enseñanza de instrucción pública en la secretaría de esta provincia al licenciado absoluto del ejército Luis Yáñez Lafuente, con el sueldo anual de 950 pesetas y se acuerda comunicarlo a la junta provincial de instrucción pública y a la ordenación de pagos para los efectos consiguientes. ------ Folla: 223,224 4. Se dió cuenta del expediente relativo a la alzada interpuesta por varios vecinos de Mañufe en el ayuntamiento de Gondomar contra un acuerdo de éste por el cual permitió a D. Manuel Fernández Herba colocar una parra de vid sobre la vía pública, cuyo expediente remite a informe de esta comisión el señor gobernador. De los antecedentes resulta: Que los vecinos de Mañufe en número de 27 acudieron en instancia al ayuntamiento en 1º de marzo último en queja de que por el D. Manuel Fernández Herba se cubriera con una parra el camino vecinal que atraviesa la mencionada parroquia de Mañufe y pasa fronteriza a la casa y corral del mismo, apoyándola sobre el muro del ante atrio y casa perteneciente a la iglesia, todo lo que además de perjudicar el paso de los pendones de difuntos y rogativas, afea el ornato público, queriendo con ello ganar una posesión que no debe consentirse. Que el Ayuntamiento oyendo a la comisión de policía urbana y fundándose entre otras razones, en la de que la citada viña, dada la altura a que está colocada en nada priva el tránsito de carros ni de personas por lo que no existe perjuicio de ningún género para nadie, acordó desestimar la denuncia con fecha 14 del propio marzo, de cuyo acuerdo se alzaron los reclamantes para ante el señor gobernador. Que examinado por esta comisión el expediente en el que notó ciertos vicios de trámite, a fin de subsanarlos propuso lo conveniente a dicho señor gobernador por acuerdo de 7 de mayo próximo pasado, quien se sirve devolverlo ampliado en la forma indicada para nuevo informe. La conservación de los bienes y derechos de los pueblos es uno de los principales deberes que la ley encomienda a los Ayuntamientos La conservación y arreglo a la vía pública es otra de sus obligaciones. De los antecedentes aparece que con una parra se cubre una vía pública que los reclamantes dicen impide el paso de pendones. Esto no aparece contradicho ni el primitivo expediente ni en la ampliación concedida, resultando por el contario que la parra en cuestión apóyese en uno u otro sitio, viene a cubrir un camino vecinal, y siendo así, claro es que no puede consentirse que por nadie se pongan obstáculos a la libre circulación por un camino público. En su consecuencia, la comisión acuerda informar al señor gobernador que a su juicio procede estimar el recurso de alzada interpuesto por los mencionados vecinos de la parroquia de Mañufe en el distrito de Gondomar, revocando en su virtud el acuerdo del referido Ayuntamiento que consintió a D. Manuel Fernández Herba la colocación de una parra sobre un camino público. Se levantó la sesión. ------

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