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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1890-12-30_Ordinaria. Acta de sesión 1890/12/30_Ordinaria
Acta de sesión 1890/12/30_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.007/2.1890-12-30_Ordinaria
Título Acta de sesión 1890/12/30_Ordinaria
Data(s) 1890-12-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 252 ( Álvarez Jiménez vicepresidente, Limeses, Ruza, Iglesias, Pereira) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 252 2. Diose cuenta de un expediente sobre reintegro de la caja municipal del Ayuntamiento de Vilanova de Arousa, de 6.866,65 pesetas que dejó en descubierto, al cesar, como depositario, D. Juan Llanger Peña, en la cuenta del ejercicio de 1880-81. Visto dicho expediente. Vistas dos solicitudes en las cuales se interpone alzada contra varios acuerdos tomados para llevar a efecto el reintegro de la expresada suma: Resultando que el señor gobernador civil de la provincia, en 17 de diciembre de 1887 se ha servido disponer que, si el ex-depositario D. Juan Llanger resultase insolvente, una vez declarado tal, la ejecución siguiese contra los concejales que le nombraron y contra los que consintieron desempeñase el cargo sin fianza, o con fianza insuficiente. Resultando que a pesar de eso, el Ayuntamiento de Vilanova de Arousa, pretende ahora, en primer término, deben responder del descubierto los concejales concurrentes a la sesión en que fue nombrado depositario D. Juan Llanger, sin perjuicio de la responsabilidad que pueda alcanzar a los concejales sucesores de aquellos. Considerando: que en buenos principios y según el espíritu que informan los preceptos de la legislación municipal atinentes al caso, lo justo y procedente es que a unos y otros concejales se exija la responsabilidad subsidiaria de que se trata, pues a todos es por igual imputable la omisión o negligencia origen de la misma; Se acuerda informar en este sentido al señor gobernador. ------ Folla: 252 3. La Comisión ha examinado el reglamento para la conservación y aseo del Palacio provincial, formado por el contador de fondos de la provincia; y acuerda aprobarlo en todas sus partes, y que la plaza de conserje de dicho edificio cuyo haber se aumenta por el referido reglamento a 999 pesetas anuales la desempeñe D. Emilio Arias, que actualmente la viene sirviendo; todo ello sin perjuicio de someter este acuerdo a la resolución definitiva de la Excma. Diputación en su próxima reunión. ------ Folla: 252,253 4. Se dio cuenta de la comunicación del Alcalde de Vilanova, solicitando se reforme el acuerdo de esta Comisión de 30 de octubre último, por el que, a la vez que se prorrogó a aquel Ayuntamiento la moratoria que ya le fuera concedida para pago de atrasos, se le denegó la pretensión de aplicar cantidad alguna por el ejercicio corriente hasta tanto no solventase los débitos anteriores; y termina a que, mediante dichos atrasos pendan de causas ajenas a la voluntad de aquel municipio, según consta de expediente sobre reintegro de partida de pesetas por descubierto del ex-depositario D. Juan Llanger Peña, que se halla a la resolución de la superioridad, se le admitan los pagos del actual contingente, a evitar el conflicto que de otra suerte se origina a la buena administración de aquel Ayuntamiento. Y la Comisión teniendo en cuenta las razones expuestas por la alcaldía de Vilanova, y que hasta cierto punto han desaparecido los motivos que se tuvieron en cuenta al no acceder entonces a la admisión de pagos en la forma que se pretendía, por cuanto en el expediente de que se hace mérito, se informó al señor gobernador en sesión de hoy respecto a quienes debe hacérseles responsables subsidiariamente del reintegro de 6.866,69 pesetas que dicho ex depositario dejó en descubierto en la cuenta municipal de 1880-81, lo cual, si el señor gobernador se digna resolver de conformidad, proporciona desde luego una fácil solución al conflicto con tal motivo creado en aquel Ayuntamiento; Se acuerda que por el pronto se le admitan al mismo los pagos que realice por cuenta del contingente actual, y se le prorroga por seis meses mas, la moratoria que tiene concedida para hacer efectivos los repetidos atrasos. Se levantó la sesión. ------
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