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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1892-08-26_Ordinaria. Acta de sesión 1892/08/26_Ordinaria
Acta de sesión 1892/08/26_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-08-26_Ordinaria
Título Acta de sesión 1892/08/26_Ordinaria
Data(s) 1892-08-26 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 187 (Sres. G.Vidal-Vicep., López Pérez, Otero D.G., M. Casal, Otero D.P., Limeses). 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 187 2. Se dió cuenta del recurso de alzada promovido por D. Eduardo Ucha, vecino de Ponteareas contra un acuerdo de aquel Ayuntamiento que declaró rescindido un contrato de arrendamiento de una casa de su propiedad designada como local para escuela pública en la parroquia de Areas en dicho distrito, cuyo expediente remite a informe de esta Comisión el Sr. Gobernador. Y como la misma considere conveniente tener a la vista dos datos esenciales de los que carece el indicado expediente, para poder emitir con acierto su opinión en el asunto, cuales son, testimonio del acuerdo apelado y copia del contrato celebrado entre aquella Corporación municipal y el D. Eduardo Ucha relativo al arrendamiento de la Casa-escuela de que se trata, se acuerda manifestarlo así al Sr. Gobernador por si estima oportuno reclamar de la Alcaldía de Ponteareas los referidos documentos los fines que lleva indicados. ------ Folla: 187 3. Visto el expediente que remite el Alcalde de Mondariz, relativo a la presunción de demencia de Santiago Cousiño Souto vecino de Sabaxáns. Considerando que dicho expediente no resulta instruido con arreglo a las prescripciones del RD de 19 de Mayo de 1885. Se acuerda devolverlo a dicho Alcalde para que teniendo en cuenta lo dispuesto en los art. 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del mencionado RD y aclaración de 3 de la RO de 20 de Junio de 1885 proceda con sujeción a tales prescripciones debiendo tener presente que esta Diputación provincial carece hoy por hoy de Hospital para la observación, pudiendo por consiguiente el Ayto acordar lo más conveniente para evitar las desgracias que la libertad de este presunto alienado pudiera ocasionar. Se levantó la sesión. ------
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