ATOPO
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Acta de sesión 1892/09/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.008/2.1892-09-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1892/09/06_Ordinaria

  • Data(s) 1892-09-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 193 (Sres. G.Vidal-Vicep., Limeses, Prudencio Otero, M. Casal, Gumersindo Otero, López Pérez). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 193,194 2. Se dió cuenta de la comunicación del Alcalde de Vilagarcía, fecha 12 de Agosto último, interesando que por esta Comisión se concrete la calidad que podrá concederse con cargo al presupuesto vigente y a cuanto ascenderá la que se consigne en el próximo adicional en concepto de la subvención acordada por la Diputación para las obras de la carretera municipal de aquel pueblo a Ponte Arnelas ; y Considerando: que no hay posibilidad de atender a lo solicitado por dicho Alcalde con la amplitud que el mismo desea por no permitirlo el gran número de otras subvenciones también concedidas y no satisfechas que alcanzan próximamente a 500.000 ptas., sin contar la de 200.000 para el ramal de ferrocarril al muelle de Vigo, para todo lo cual solo existe en el presupuesto ordinario la cantidad de 27.634,85, se acuerda que se aplique la suma de 1.000 ptas. al pago de la obra de que se trata, significando al indicado Alcalde la imposibilidad de consignar cantidad alguna en el presupuesto adicional para el referido objeto, por las razones ya expresadas, y por las que se le expusieron en sesión de 7 de Junio pp.do. ------ Folla: 194 3. Visto que no obstante el largo tiempo transcurrido desde el 29 de Septiembre de 1891 en que se comunicó al Sr. Gobernador el acuerdo de esta Comisión previniendo al Alcalde de Vilanova informase respecto al estado en que se hallase el expediente formado por aquel municipio para el cobro de 6.000.- y pico de pesetas que se adeudan por desfalco de un depositario, es hoy el día que nada contestó dicho Alcalde, se acuerda prevenirle nuevamente que si en el término de 3º día no cumple lo ordenado se le impondrá la multa de 25 ptas. con lo que desde luego queda conminado, sin perjuicio de que se nombre por esta Corporación un delegado para la instrucción del procedimiento a que hubiese lugar contra aquel Ayto y deudores responsables al descubierto en que aquel se halla con la provincia. ------ Folla: 194,195 4. Vistos los antecedentes relativos a los recursos de alzada interpuestos por Dña. Joaquina Santos y otros vecinos de esta ciudad [Pontevedra] contra el acuerdo del Ayuntamiento por el que concedió autorización a D. Manuel Vidal para reedificar una casa en la plaza de la Constitución y calle de Figueroa, antecedentes que el Sr. Gobernador se sirve remitir nuevamente acompañados de las certificaciones de acuerdos de dicho Ayto que interesó esta Comisión por su acuerdo de 8 de Julio pp.do.. Y creyendo la misma necesario tener a la vista otros datos de carácter técnico, acuerda proponer a dicho Sr. Gobernador la conveniencia de oir la opinión facultativa del Sr. Arquitecto provincial el cual manifieste si la casa de que se trata pertenece a la plaza de la Constitución o a la calle de Figueroa, si tiene entrada por esta y lo demás que a su juicio pudiera ser de interés para la más acertada resolución de este expediente. ------ Folla: 195 5. Vista la instancia producida por el contratista del acopio de materiales para conservación del camino provincial de Ponteareas a la estación de As Neves, en solicitud de que se le devuelva la fianza que constituyó para responder de su contrata, y Visto que han sido ya recibidos los indicados materiales, aprobada la correspondiente liquidación y acreditado el contratista D. José Gil Lopez que ha satisfecho el importe de jornales y daños causados con la explotación así como el de la contribución industrial correspondiente, se acuerda declarar exenta de responsabilidad la fianza referida, la cual fue constituida por aquel en la depositaria de fondos provinciales con fecha 19 de Junio de 1890 consistente en 1.496 ptas. 20 cént. en metálico. Se levantó la sesión. ------

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