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Acta de sesión 1893/04/15_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/1.1893-04-15_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1893/04/15_Ordinaria

  • Data(s) 1893-04-15 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 78 (Rodriguez Cadabal vicepresidente, Matos, Alfaya, A. Besada, Millán, G. Otero) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 78 2. Vista la cuenta producida por José Fernández administrador de la imprenta de "La correspondencia gallega" con fecha 2 del actual, importante la suma de 323 pesetas por varios impresos que la misma detalla, con destino a los trabajos de la Junta provincial del censo; y hallándose debidamente justificada dicha cuenta; se acuerda aprobarla y que se satisfaga su referido importe con cargo a lo consignado para gastos de rectificación del censo electoral. ------ Folla: 78 3. Vista la relación de los ayuntamientos deudores a fondos provinciales remitida por la contaduría con fecha de ayer; y visto lo informado por la misma, se acuerda expedir apremio contra todos los ayuntamientos de la provincia que adeudan cantidades a los indicados fondos por distritos concepto del contingente correspondiente al 3º trimestre del actual año económico. ------ Folla: 78 4. Se dio cuenta del presupuesto de gastos carcelarios del partido judicial de A Estrada, correspondiente al próximo año económico de 1893-94; y observando esta Comisión que se han cumplimentado las disposiciones que rigen en esta materia, sin que figure cantidad alguna que no corresponda a los servicios que incumben al sostenimiento de esta clase de establecimientos se acuerda informar al gobernador en el sentido de que se sirva prestarle su superior aprobación si así lo estima justo. ------ Folla: 78,79 5. Se dio cuenta del proyecto para la construcción de un cementerio en la parroquia de San Pedro de Domaio en el distrito municipal de Moaña, que el gobernador se sirve remitir a informe de esta Comisión. Y la misma debe manifestar que, al acordar aquel Ayuntamiento la construcción del indicado cementerio trata de satisfacer uno de los servicios más importantes que a la administración están encomendados. Ya como fin piadoso y cristiano ya como higiénico o sanitario es digno de aplauso el acuerdo de esta Corporación municipal. El proyecto satisface las previsiones mandadas observar por R.O. de 16 de julio de 1888, excepto la de la distancia del emplazamiento a las últimas casas del vecindario; precepto que en muchos puntos de Galicia no es posible realizar por las razones expuestas por el autor de la memoria que acompaña a esta proyecto. Y hallándose en este caso la parroquia de Domaio, bien puede prescindirse de este precepto secundario, por la imposibilidad de cumplimentarlo. Por las consideraciones expuestas; se acuerda informar favorablemente este expediente al gobernador a los efectos que estime oportunos. ------ Folla: 79 6. Se dio cuenta del expediente instruido por el ayuntamiento de Fornelos con objeto de obtener autorización para gravar las especies de consumos comprendidas en la tarifa 2ª para poder enjugar el déficit de su presupuesto; y considerando que este expediente se halla tramitado con arreglo a las disposiciones vigentes acceditándose haberse utilizado todos los recargos que la ley autoriza, y que se expuso al público el acuerdo para gravar las especies de la tarifa 2ª sin que hubiese habido reclamación alguna; se acuerda manifestar al gobernador que a juicio de esta Comisión procede elevar al ministro de la Gobernación con informe favorable, la pretensión del ayuntamiento de Fornelos. ------ Folla: 79 7. Visto lo manifestado por el secretario de esta Corporación, haciendo presente la necesidad de adquirir numerosos objetos indispensables para la completa ordenación de expedientes en el archivo provincial, cuyo arreglo le ha confiado la Diputación por acuerdo de 4 del corriente, así como lo indispensable de utilizar el trabajo de un muchacho en condiciones de subir a los estantes de difícil acceso para su arreglo; se acuerda que, con el objeto de subvenir a los gastos indicados, se libre a favor de dicho funcionario la cantidad de 500 pesetas con cargo a la partida consignada para material extraordinario, sin perjuicio de que en su día rinda cuenta justificada de su inversión. ------ Folla: 79,80 8. La Comisión ha examinado el presupuesto de gastos carcelarios del partido judicial de esta Capital correspondiente al próximo año económico de 1893-94 que el gobernador se sirve remitir a su informe y debe manifestar que algunas de sus partidas las halla un tanto excesivas dado el corto servicio a que afectan, y una de ellas hasta la considera improcedente siendo esta la de 100 pesetas que se consigna en la relación número 1º para gratificación del contador municipal, toda vez existe ya una partida de 750 pesetas para un empleado que desempeñe los trabajos de la oficina carcelería; y por otra parte estando a cargo del alcalde la recaudación de los fondos del partido, parece natural que si algún pequeño trabajo u operación tuviese para ello que hacer el contador, sea de oficio. Y las otras partidas son, una de ellas la de 250 pesetas que figura en la relación nº 2 para jofainas, baldes, cuenta que puede reducirse a 125; y la otra en la misma relación de 500 para mobiliario de la cárcel que debe reducirse a 250. Cree, pues este cuerpo provincial que con tales modificaciones puede aprobarse dicho presupuesto y en este sentido, acuerda se informe al gobernador. ------ Folla: 80 9. Se enteró asimismo esta Comisión del expediente promovido por el ayuntamiento de A Lama en solicitud de rebaja en su cupo de consumos, expediente que el gobernador remite a informe de esta Comisión; y halla tan razonados, exactos y justificados los fundamentos expuestos en su instancia por dicho Ayuntamiento, que no es posible prescindir de apoyar decididamente la justa pretensión de que se le rebaje el cupo de consumos, en cuyo sentido se halla también inspirado el informe de la administración de impuestos y propiedades. Entiende, pues, este cuerpo provincial y así acuerda manifestarlo al gobernador que pudiera elevarse con informe favorable a la superioridad este expediente por si se digna acceder a la pretensión del Ayuntamiento de A Lama. ------ Folla: 80,81 10. Se dio cuenta de una instancia suscrita por Manuel Gutiérrez Cabada y otros vecinos del distrito municipal de Forcarei remitida a informe por el gobernador, en la que se pretende se requiera de inhibitoria al Juzgado de 1ª Instancia de A Estrada por conocer en una demanda sobre prorrateo del agua "Do Porto" interpuesta por Apario Gil Gesteiro. La Comisión observa que aquí no se trata de llevar a cabo un prorrateo de aguas por una comunidad de regantes, ni es el ayto ni aún el Ayuntamiento como representante de los intereses generales del distrito los que han acudido al gobernador solicitando el requerimiento de inhibitoria, lo cual sería lo procedente si se tratase de aguas públicas. Es un particular que se ve demandado por otro particular y por lo tanto se deduce de esa copia de demandas que se acompaña, se celebró una especie de contrato para distribuirse entre varios dueños de predios rústicos el agua procedente de terrenos superiores y de varios manantiales existentes en fincas particulares. Lo que se quiere hacer valer es la eficacia de ese contrato acordado en acto de conciliación ante el juzgado municipal de Forcarei. No parece por consiguiente tratarse de ningún interés público, en cuyo caso la administración activa debiera reclamar su conocimiento, pues solo en tales casos es dable promover competencias a los Juzgados. No se trata tampoco de una cuestión de policía; sería esta también de la competencia de la Administración. Se trata, en sentir de esta Comisión de derechos privados y en este caso no hay porque interrumpir la jurisdicción de los tribunales con inhibitorias que no puedan prosperar. Fundado pues este cuerpo provincial en las ligeras consideraciones que quedan expuestas, acuerda informar al gobernador manifestándole que a su juicio no se está en el caso de acceder a la solicitud de Manuel Gutierrez Cabada y consortes. ------ Folla: 81 11. Visto el expediente instruido por el ayuntamiento de O Campo solicitando autorización para componer arbitrios extraordinarios con el objeto de cubrir el déficit de su presupuesto; y considerando que se halla acreditada la necesidad de recurrir a los medios extraordinarios acordados por dicho Ayuntamiento para enjugar su déficit, y llenados todos los trámites que las disposiciones vigentes establecen para esta clase de asuntos; se acuerda informar al gobernador manifestándole que a juicio de esta Comisión procede cursar favorablemente a la superioridad la pretensión del Ayuntamiento de O Campo. ------ Folla: 81 12. Se dio cuenta de un proyecto para ensanche del cementerio de A Cañiza; y visto por esta Comisión que se atienden en ese proyecto las necesidades que hay que satisfacer en esos lugares sagrados; que el ensanche de dicho cementerio se impone; y que para llevarlo a cabo se han tenido en cuenta lo mismo por la Corporación municipal que por el arquitecto las prescripciones vigentes; se acuerda informar favorablemente este expediente al gobernador. ------ Folla: 81,82 13. Visto que el ayuntamiento de Barro solicita el pago, no del importe total de la subvención de 1.500 pesetas que la Diputación en sesión de 2 de abril de 1892 le concedió para expropiación de terrenos y construcción de un puente sobre el rio Balixe, construyendo un camino vecinal que comunique la carretera del Estado con los barrios de aquel distrito, sino de 1.487 pesetas a que ascenderá dicha expropiación y obras; y considerando que esa subvención fue concedida con la condición de que tales obras fuesen intervenidas por un diputado provincial, circunstancia que aún no se ha realizado; se acuerda manifestar al citado Ayuntamiento que una vez construidas y reconocidas por el facultativo que en su día designe esta Comisión, las obras de que se trata; se determinará el pago referido. ------ Folla: 82 14. Visto el presupuesto de jornales de peones auxiliares calculados por la jefatura de caminos provinciales para tomar los datos de campo necesarios con el fin de formar el expediente de expropiación de las fincas que han de ocuparse para la construcción del trozo 3º de la sección de Vilanoviña a Caldas, correspondiente al camino de Noalla a Caldas, importante 50 pesetas; se acuerda que se expida el libramiento de la cantidad indicada. ------ Folla: 82 15. Vista la comunicación del director jefe de caminos provinciales fecha 10 del que rige, en la que interesa se le manifieste si de hecho puede dárseles posesión de los respectivos destinos para los que les nombró la Diputación provincial en 4 del corriente al citado funcionario Feliciano Martínez como tal director jefe, a Teodosio Dominguez ayudante 1º a José Villar ayudante 2º y a Antonio Sanjurjo sobrestante, se acuerda que se dé posesión a los mismos, y cuyos sueldos se satisfagan con cargo a lo consignado en el presupuesto vigente para personal de caminos provinciales. ------ Folla: 82 16. Vista la nota de precios-medios a que han de satisfacerse las especies de suministros que se facilitaron a tropas del Ejército y Guardia civil durante el mes de marzo último y hallándose arreglada al estado del precio-medio que han tenido en la provincia en el mes de febrero de este año los artículos de consumo, se acuerda aprobarla y que se publique en la forma acostumbrada a los efectos correspondientes. Se levantó la sesión. ------

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