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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1894-06-16_Ordinaria. Acta de sesión 1894/06/16_Ordinaria
Acta de sesión 1894/06/16_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.009/2.1894-06-16_Ordinaria
Título Acta de sesión 1894/06/16_Ordinaria
Data(s) 1894-06-16 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 148 Señores: Otero Vicepresidente, Alfaya, Areal, Martínez Casal, Cobián, Lema. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 148,149 2. Se dio cuenta del expediente instruido por el Ayuntamiento de Vigo, solicitando autorización para imponer arbitrios extraordinarios sobre algunas especies de consumos no incluídas en la tarifa generas, con el fin de cubrir el déficit de 18.050 pesetas que le resulta en su presupuesto del año próximo, y atendiendo a que dicho expediente se halla tramitado en forma sin que se haya producido reclamación alguna contra la imposición de dichos arbitrios; se acuerda, de conformidad con lo informado por la Delegación de Hacienda, proponer al Sr. Gobernador se sirva elevarlo con su favorable censura a la resolución del Excmo Sr. Ministro de la Gobernación. ------ Folla: 149 3. Vistos de nuevo los antecedentes relativos a la presunta demencia y pobreza de Dña. Manuela Barcala Solla y el testimonio de un auto dictado por el Juzgado de Instrucción de esta Capital [Pontevedra], mandando recluir definitivamente en un manicomio en concepto de alienada a dicha enferma por cuenta de la suma que aparece tiene depositada en la sucursal del Banco de España en esta ciudad, a cuyo efecto se hace cargo dicho Juzgado de la cantidad que aquella asciende; La comisión, atendiendo a que no se trata por lo tanto de una demente pobre, y si de una que tiene recursos propios de los cuales se incauta la autoridad judicial para atender al gasto que aquella pueda ocasionar en un manicomio, siendo unicamente la misión encomendada a las Diputaciones la de sufragar los gastos que en tales establecimientos ocasionen los dementes pobres, sin que suceda esto en el caso actual; se acuerda informar en dicho sentido al Sr. Gobernador con devolución del referido testimonio a fin de que en su vista proceda a lo que estime conveniente. ------ Folla: 149 4. Vista la cuenta producida por el farmacéutico de esta Capital [Pontevedra], D. Perfecto Feijoo, importante 110 pesetas por haber facilitado a esta Comisión 100 tubos de linfa vacuna suiza, en virtud de acuerdo de 23 de Mayo último, en cuya cuenta se (se) carga el 10 % por razón de giro y cambio; se acuerda aprobarla y que se satisfaga dicha suma de 110 pesetas con cargo a lo consignado para calamidades. Se levantó la sesión. ------
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