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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1897-07-23_Ordinaria. Acta de sesión 1897/07/23_Ordinaria
Acta de sesión 1897/07/23_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/1.1897-07-23_Ordinaria
Título Acta de sesión 1897/07/23_Ordinaria
Data(s) 1897-07-23 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 117 (Sres. Fraga vicepresidente, E. Alvarez, G. Alvarez, Méndez, Lorenzo, Domínguez). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 117 2. Vistas las cuentas municipales del ayuntamiento de Crecente correspondientes al año económico de 1866-67 y el pliego de reparos que respecto a las mismas formula la Contaduría provincial que por ahora impide su aprobación, se acuerda remitir al alcalde un pliego en que se consignen dichos reparos para que en el plazo de 30 días sea contestado por los respectivos cuentadantes, a cuyo objeto se devolverá con las oportunas citaciones a los interesados. ------ Folla: 117 3. El Excelentísimo Sr. Ministro de la Gobernación excita el celo de las corporaciones locales para que contribuyan con los recursos disponibles dentro de sus presupuestos, sostenimiento del colegio de huérfanos de la Guerra; y atendiendo esta Comisión Provincial la superior indicación del Excelentísimo Sr. Ministro de la Gobernación, acuerda que de la partida asignada para imprevistos del presupuesto vigente se libre al objeto indicado la cantidad de 2,500 pts. ------ Folla: 117,118 4. Enterada esta Comisión Provincial por el extracto que publican los diarios de Vigo "La Concordia" y el "Independiente" de que en sesión celebrada por la corporación municipal de Vigo el día 21 del que rige, los concejales Sres. Santos y Perez Boullosa, al darse cuenta de la resolución adoptada por el Sr. Gobernador civil de acuerdo con lo informado por esta Comisión en el expediente de alzada de Dª Francisca Iglesias, calificaron esta resolución de injusta manifestando que la Comisión Provincial revelaba en su informe crasa ignorancia y comparándola a un corsario que pretende dar caza al pueblo de Vigo cual si fuese un barco de comercio. Considerando: que estas frases refiriéndose a una autoridad que, como la Comisión Provincial, es de orden superior a los Ayuntamientos y pronunciadas con ocasión de sus propias funciones, pueden ser constitutivas del delito definido por el art. 269 del Código Penal. Esta Comisión, cumpliendo el ineludible deber de la defensa de sus pretigios, acuerda interesar del Sr. Gobernador civil de esta provincia, la remisión al Sr. Fiscal de la Audiencia, de los referidos diarios, para las diligencias que procedan. Se levantó la sesión. ------
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