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Acta de sesión 1897/09/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/1.1897-09-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1897/09/17_Ordinaria

  • Data(s) 1897-09-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 142 (Sres. Fraga vicepresidente, E. Alvarez, G. Alvarez, Méndez, Lorenzo, Domínguez). 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 142 2. Visto el expediente instruido por el Ayuntamiento de A Guarda, en solicitud de que se reduzca el sueldo de la escuela completa de niñas de la Capital, que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. Resultando: que la maestra de dicha escuela disfruta actualmente de la asignación de 1.100 pts, correspondiéndole únicamente la de 825 conforme a lo dispuesto en el art. 191 de la Ley de 9 de septiembre de 1857, toda vez que según el censo oficial vigente la población de A Guarda es de 2716 habitantes. Resultando: que, según las resultancias del expediente, con la economía que existiría, acordada la reducción de dicho sueldo, podría crearse una en el barrio de la Marina, según propuso la Inspección de 1ª Enseñanza al girar visita en julio del año próximo pasado. Considerando: que, aunque en principio se reconoce que para tener buenos maestros es necesario se hallen bien retribuidos, esa escuela pública se halla bien pagada con al asignación de 825 pts., dado que actualmente se halla poco concurrida por existir en tal pueblo un colegio de madres Carmelitas, donde las niñas pobres reciben una educación esmerada. Considerando: que dicha reducción de sueldo es perfectamente legal en vista de las disposiciones legales citadas. Se acuerda proponer al Sr. Gobernador se está en el caso de acceder a la pretensión de dicho ayuntamiento. ------ Folla: 142 3. A solicitud de la pobre Francisca Suarez Crespo, soltera, de 36 años, vecina de Vilagarcía, que vino a ser tratada en el Instituto Antirrábico de esta capital, a consecuencia de haber sido mordida por un perro hidrófobo, y careciendo en absoluto de recursos para abonar los gastos que se le ocasionaron para su alimentación en esta capital, se acuerda concederle como socorro la cantidad de 45 pts que desde luego se libren a favor de la misma, con cargo al capítulo de imprevistos. Comuníquese al Sr. Gobernador para su conocimiento, el de la Ordenación de pagos y alcalde de Vilagarcía para que se lo haga saber a la interesada. Se levantó la sesión. ------

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