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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1897-11-22_Ordinaria. Acta de sesión 1897/11/22_Ordinaria
Acta de sesión 1897/11/22_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/1.1897-11-22_Ordinaria
Título Acta de sesión 1897/11/22_Ordinaria
Data(s) 1897-11-22 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 175 Vicepresidente Gumersindo Otero. Gustavo Álvarez, Lorenso G. Vidal, Limeses, Vázquez y Eladio de Lema. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 176 2. Visto el proyecto de ordenanzas municipales del distrito municipal de Forcarei que fueron discutidas y aprobadas por el ayuntamiento y que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión y previa declaración de urgencia en su despacho. Considerando que en su redacción no se halla infringido ningún precepto constitucional. Se acuerda proponer al Sr. Gobernador su aprobación, sin perjuicio de la responsabilidad en que puedan llegar a incurrir, bien el alcalde o el ayuntamiento, si al aplicarlas faltasen a las leyes constitutivas del Estado. ------ Folla: 176 3. Visto el expediente instruido por el ayuntamiento de Carbia para la designación de distritos escolares y señalamiento de nuevos sueldos legales y que el Sr. Gobernador presidente de la Junta Provincial de Instrucción Pública, remite a informe de esta Comisión. Resultando: que el ayuntamiento de Carbia, previo informe de la Junta Local, propone que se reduzca a 6 el número de distritos escolares creando para ellos 8 escuelas y comprimiendo 6 de las que actualmente existen. Resultando: que la Inspección del ramo emite informe favorable a tal pretensión, aunque entendiendo que la escuela pretendida establecer en Carbia, debe estar en Sabrexo, como punto más céntrico y que las dos completas de Cruces deben tener 825 ptas. y no las 625 que se le asignaron, y que las de Camanzo y Brandariz deben tener el carácter de ambos sexos, dotando la 1ª con 625 ptas. en vez de 250. Considerando: que para mejor difundir la enseñanza, es preferible tener menos escuelas y hallarse más retribuidos los maestros, puesto que, en general, sus asignaciones apenas les proporcionan medios de subsistencia. Considerando: que en la reforma que se pretende, los gastos no se aumentan, pues las 8 escuelas pretendidas establecer solo importa su sostenimiento 6.279 ptas. y las 13 establecidas ascienden a 6.302,50 ptas. Se acuerda informar al Sr. Gobernador, presidente de la Junta de Instrucción Pública, que en sentir de la Comisión procede la reforma en la forma propuesta por la Inspección del ramo, que es, en la principal, lo mismo que lo acordado por la Corporación municipal. Se levantó la sesión. ------
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