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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1897-12-14_Ordinaria. Acta de sesión 1897/12/14_Ordinaria
Acta de sesión 1897/12/14_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.011/1.1897-12-14_Ordinaria
Título Acta de sesión 1897/12/14_Ordinaria
Data(s) 1897-12-14 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 186 Vicepresidente Gumersindo Otero. Gustavo Álvarez, Lorenso G. Vidal, Limeses, Vázquez y Eladio de Lema. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 186 2. El alcalde de Pontevedra interesa de esta Comisión se le concedan en concepto de depósito los aparatos necesarios para una instalación telefónica entre el nuevo Hospital Municipal y las Casas Consistoriales; y esta Comisión, teniendo en cuenta que los aparatos que se solicitan y que forman parte de la instalación existente en las oficinas de esta Diputación, son en la práctica innecesarios, acuerda acceder a lo solicitado con la expresa condición de que se habrá de comunicar telefónicamente el nuevo Hospital Municipal con el Palacio Provincial. ------ Folla: 187 3. Vista la certificación expedida por los médicos de Vigo D. Enrique Álvarez y D. Nicolás Iglesias, visada por el Subdelegado del ramo, D. Enrique Lanzó, acreditativa de que Dª. Camila Nieto Cao, de 37 años, de Santiago, vecina de Vigo, padece una manía aguda requiriéndose la reclusión de la misma en un manicomio, lo cual informa el alcalde y se garantiza que tanto la presunta alienada como sus familiares son pobres. Se acuerda tenga lugar el ingreso de la misma, por cuenta de fondos provinciales, en el manicomio de Conxo, encargándose al Sr. Director del mismo que, en el término prefijado por el Real Decreto de 19 de mayo de 1885, remita al Sr. Juez de 1ª Instancia de Vigo, el certificado informativo por si hay méritos para acordar la reclusión definitiva. Comuníquese al Sr. Gobernador para su conocimiento, el de la Ordenación de pagos, Dirección de dicho establecimiento benéfico y de la Alcaldía de Vigo, para que pueda tener lugar el ingreso, y que en dicha Alcaldía de Vigo se instruya y remita el expediente de pobreza tanto de la demente como de sus familiares. Se levantó la sesión. ------
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