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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1900-04-30_Extraordinaria. Acta de sesión 1900/04/30_Extraordinaria
Acta de sesión 1900/04/30_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-04-30_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1900/04/30_Extraordinaria
Data(s) 1900-04-30 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 68 Señores: Martínez Vicepresidente, Fraga, Areal, Garrido, Estévez. 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. Convocados a sesión extraordinaria los Sres. designados al margen, se pusieron a despacho los asuntos siguientes: ------ Folla: 68,69 2. Visto el expediente instruido en el Gobierno Civil de esta provincia, sobre la necesidad de ocupación de fincas [expropiación] en el distrito municipal de Ponte Caldelas, para la construcción de una rampa que ha de enlazar la carretera de puente de las Poldras a Pontevedra, en el balneario de Ponte Caldelas. Visto que se ha insertado en el BOP la relación nominal de propietarios, sin que en el término prescripto por el art. 17 de la Ley de 10 de enero de 1879, se hubiese interpuesto reclamación según certifican el alcalde del pueblo y el Sr. Ingeniero Jefe de Obras públicas. Se acuerda proponer al Sr. Gobernador que procede declarar la necesidad de ocupar las fincas que comprende este expediente, para la realización de la obra proyectada. ------ Folla: 69 3. Vista la instancia dirigida al Sr. Gobernador por D. Juan Trulock Glascott, representante de la compañía The West Galicia Railvay Company Limited, explotadora del ferrocarril de Santiago y de Pontevedra a Carril, en súplica de que se declare ilegal la imposición de un real por cada carro que transite desde el muelle de Carril a la estación de la vía férrea, por cuanto recorre la carretera del Estado de Chapa a Carril, y que también es ilegal el cobro del impuesto por operaciones de carga en el muelle de dicho pueblo que se le exigen por el arrendatario del impuesto D. Gonzalo Iglesias, solicitud que, acompañada de varios documentos e informe del alcalde remite a esta Comisión el Sr. Gobernador. Considerando: que la demostración más cumplida de que tal arbitrio está ilegalmente impuesto por el Ayuntamiento de Carril, es la certificación que acompaña, expedida por el Sr. Ingeniero Jefe de Obras públicas, que terminantemente expresa que la sección de carretera que desde el punto denominado "Los Mártires", pertenecientes al distrito de Vilagarcía, que pasa frente a la estación del ferrocarril de Santiago a Carril y conduce hasta el mismo muelle del puerto, forma parte de la carretera de tercer orden de Chapa a Carril, costeando el Estado la conservación y reparación de dicha vía en toda su longitud así como la del muelle. Considerando: que si bien los ayuntamientos pueden imponer arbitrios sobre carros de transporte en el interior de las poblaciones con arreglo a las disposiciones de la ley municipal, la base de la imposición debe descansar en que el Ayuntamiento repare las aceras y alcantarillado, lo cual no sucede en el presente caso por que el Estado es quien sufraga ese gasto. Se acuerda informar al Sr. Gobernador que, estimando el recurso de queja promovido, procede que ordene al Ayuntamiento de Carril se abstenga de exigir el arbitrio de referencia. ------ Folla: 69,70 4. Visto el recurso de alzada interpuesto por D. Manuel Amoedo, contra acuerdo del Ayuntamiento de Redondela que le obliga a retirar una pieza común que tiene en su casa de la calle de Alfonso 12 de dicha villa y que el Sr. Gobernador remite a informe de esta Comisión. Considerando: que el Ayuntamiento adoptó en acuerdo en uso de las libérrimas facultades que le concede la ley municipal por reclamarlo así la higiene y el ornato público; y Considerando: que esto mismo lo viene a reconocer en su alzada el D. Manuel Amoedo al afirmar que no se hubiera ocupado del asunto por no causarle perjuicio material la medida adoptada, y que sólo lo hace por creer que los que rigen los destinos del municipio, tratan de chocar con él. Se acuerda informar al Sr. Gobernador que procede desestimar la alzada interpuesta. El Sr. Vicepresidente Martínez Casal, vota en contra del anterior acuerdo por entender que no se ha justificado la necesidad del adoptado por el Ayuntamiento. Se levantó la sesión. ------
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