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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1900-05-22_Extraordinaria. Acta de sesión 1900/05/22_Extraordinaria
Acta de sesión 1900/05/22_Extraordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.012/2.1900-05-22_Extraordinaria
Título Acta de sesión 1900/05/22_Extraordinaria
Data(s) 1900-05-22 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 85 Señores: Martínez Vicepresidente, Fraga, Garrido, Estévez. 1. Convocados por el Sr. Gobernador a sesión extraordinaria los señores vocales designados al margen, se leyó el acta de la anterior y fue aprobada. ------ Folla: 85 2. Vista la comunicación que dirige a esta Comisión el Director del Manicomio de Conxo exponiendo que con el fin de evitar innecesarios perjuicios a tal establecimiento ruega que en cada conducción desde esta ciudad al mismo haya más de un alienado. Visto que se hallan pendientes de ingreso dos, acordados recluir preventivamente, que son Juan Manuel González Araujo del Ayuntamiento de Salceda de Caselas y Manuel Rey Quinteiro del de Cotobade. Se acuerda interesar del Sr. Gobernador, que ordene a los respectivos alcaldes, dispongan sean conducidos a la cárcel de esta ciudad, para dar aviso al Sr. Director de dicho establecimiento benéfico a fin de que disponga que un empleado del mismo venga a recogerlos. ------ Folla: 85 3. Visto el proyecto presentado por D. Enrique W. Burbury, ingeniero de minas y vecino de Noia, para aprovechar 600 litros de agua por segundo del río Deza, en el distrito de Carbia, para utilizarla como fuerza motriz y lavado de los minerales de estaño y wolframio de la compañía "The San Fine Tin Minio Limited" de esta provincia. Vistos los informes emitidos por el Sr. Ingeniero encargado de la confrontación y por el Consejo Provincial de Agricultura, Industria y Comercio, que opinan no hay inconveniente en acceder a la petición con respecto al agua dedicada a fuerza motriz, más que con respecto al lavado de los minerales debe hacerse con las restricciones necesarias a fin de que los materiales que se arrastren no lleguen a cegar el umbral de la presa de Montoto, para lo cual la Compañía debe limpiarla periódicamente teniendo cuidado en que se mantenga expedito el libre curso de las aguas. Se acuerda informar al Sr. Gobernador que en tales condiciones procede conceder la autorización que se solicita. Se levantó la sesión. ------
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