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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1888-09-27_Ordinaria. Acta de sesión 1888/09/27_Ordinaria
Acta de sesión 1888/09/27_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/2.1888-09-27_Ordinaria
Título Acta de sesión 1888/09/27_Ordinaria
Data(s) 1888-09-27 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 234 (Guerra vicepresidente, Mucientes, Otero, Nine) 1. Leída el acta anterior fue aprobada. ------ Folla: 234,235 2. Vista la instancia producida por Indalecio Queimadelos, vecino de Ponteareas en la que expone, que en uso del derecho que le concede el art.º 20 de la Ley Municipal y el 24 de la Electoral de 20 de agosto de 1870, acudió varias veces a la alcaldía y secretaría del ayuntamiento, instando que se le pusiese de manifiesto el padrón vecinal para enterarse de su contenido y poder pedir en tiempo se subsanen las omisiones que en él existían en el año anterior; y con frívolos pretextos se le ha ido entreteniendo bastante tiempo y ahora se le salió con que el citado padrón lo tenía guardado otra persona bajo llave, viéndose por ello privado de su legítimo derecho por lo que acudió al alcalde con la solicitud de que acompaña copia. Vista dicha solicitud y la providencia dictada por el alcalde. Visto el art.º 24 de la Ley Electoral de 20 de agosto de 1870. Considerando que las razones en que se funda la alcaldía para no poner de manifiesto el padrón de vecindad que se reclama por Queimadelos no tiene justificación por cuanto que al hacer la confrontación del censo de población no debe salir del Ayuntamiento dicho padrón en donde a la vez se puede poner de manifiesto al que lo reclame, según tiene derecho a ello con arreglo al citado art.º 24 de la Ley Electoral el cual no puede bajo pretexto alguno limitarse a ningún vecino para hacer uso del que la misma ley le otorga; se acuerda prevenir al alcalde de Ponteareas que, sin excusa de ningún género, ponga de manifiesto a Indalecio Queimadelos Bugallo el padrón de vecindad y listas electorales a que el citada artículo se refiere, evitando de ese modo incurrir en la responsabilidad que la ley le exige si por su falta tuviera que aplicársele los efectos de la sanción penal que la misma establece. Comuníquese al alcalde y al interesado para los efectos consiguientes. Se levantó la sesión. ------
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