ATOPO
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Acta de sesión 1888/11/12_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.006/2.1888-11-12_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1888/11/12_Ordinaria

  • Data(s) 1888-11-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 278 (Aguiar vicepresidente interino, Alvarez Gimenez, Mucientes, Ruza) 1. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 278 2. Recibida por el vicepresidente de la Comisión provincial una comunicación del gobernador de esta provincia trasladando un telegrama de la misma fecha dirigido por el presidente de la Audiencia del territorio participando que en 6 del corriente se dictó sentencia declarando que a Eugenio Fraga Mascato no le son computables los votos que obtuvo para diputado provincial por el distrito de Caldas y por lo tanto le corresponde ser tal diputado por dicho distrito al del 4º lugar, Felipe Ruza García; a quien se le dio traslado del citado telegrama. ------ Folla: 278 3. Visto que no ha concurrido por hallarse enfermo Juan Goday a la sesión de hoy se le pasó comunicación al referido Ruza para que asista a la de este día como así lo ha hecho. Y hallándose en el propio caso Román Casares, diputado y vocal de la Comisión por la circunscripción de Ponteareas se convocó oficialmente al que lo es del mismo distrito, Sabino Besada quien no ha concurrido y por lo tanto hubo necesidad de llamar para el indicado objeto a Ramón Mucientes, único de aquella circunscripción que se hallaba en esta Comisión, que queda constituída con los señores del margen. ------ Folla: 278 4. Acto seguido se dio cuenta del expediente justificativo de la enfermedad que padece el pobre Manuel Rey, que remite el alcalde de A Estrada para ingresar en el Hospital dicho enfermo; y visto que el médico encargado del examen de estos expedientes, si bien afirma que aquel desgraciado padece una afección crónica de la médula espinal, se deduce no obstante de su informe ser susceptible de obtener cierta mejoría relativa en un período dado que permita al enfermo volver al seno de su familia; se acuerda el ingreso del mismo en el Hospital de Santiago en donde continúe por cuenta de los fondos provinciales hasta que los médicos de aquel establecimiento declaren de todo punto incurable dicha enfermedad. ------ Folla: 278,279 5. Se dio cuenta del expediente relativo a la alzada interpuesta por varios vecinos de Gondomar contra un acuerdo del ayuntamiento de dicho punto sobre construcción de una fuente. Resulta que dicho expediente que José Santos Peralba y otros vecinos del Ayuntamiento de Gondomar pretenden aprovechar una aguas, que aparecen sobrantes en un camino, para una fuente y abrevadero que costean de su peculio particular, cuyo presupuesto asciende a 2.226,91 pesetas. El Ayuntamiento comprendiendo la conveniencia de esa obra la subvenciona con 125. Otros vecinos se oponen a esa obra por no haberse cubierto las formalidades prescritas por la ley de obras públicas. Que es laudable el pensamiento de los que intentan construir la fuente y abrevadero, no hay para que discutirlo. Que los apelantes no justifican que se cause perjuicio al municipio, también es cierto, puesto que la subvención concedida por el Ayuntamiento es tan exígua, que no merece, ni aún la pena de mencionar, 125 pesetas. Es deber y aún obligación de los Ayuntamientos cuidar de todo lo que se refiera a la comodidad e higiene del vecindario. Que es cómodo e higiénico la realización del proyecto que intentan llevar a cabo esos vecinos, está fuera de toda duda. Pues bien, no excediendo la subvención de las 125 pesetas concedidas, no interrumpiendo servidumbre de riego legalmente establecidas, y proporcionando, como indudablemente se proporciona, un mayor bienestar público, esta Comisión entiende debe desestimarse el recurso de alzada promovido por Vicenta de la Fuente y consorte y aprobar en su consecuencia lo resuelto por el Ayuntamiento Y así acuerda manifestarlo al gobernador por vía de informe. Se levantó la sesión. ------

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