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Acta de sesión 1877/02/03_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.002/2.1877-02-03_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1877/02/03_Ordinaria

  • Data(s) 1877-02-03 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 54 (Besada, Matos, Cea) Leída el acta anterior fue aprobada. 1. Vistos los antecedentes relativos a la suspensión del secretario del ayuntamiento de Carril acordada por el alcalde cuyos antecedentes ha pasado a informe de esta Comisión el gobernador que en su sentir, procede se ordene al alcalde reúna inmediatamente al ayuntamiento y se dé cuenta de la suspensión decretada contra dicho secretario a fin de que pueda rectificarlo si lo juzga procedente, en cuyo caso elegirá el interino como de ser exclusiva competencia, sin perjuicio de lo que resulte, en su día de la causa que se instruya en el Juzgado sobre los hechos atribuidos al mismo secretario. En cuanto a la queja sobre supresión del colegio de Bamio que se le haga entender al ayuntamiento que está basada en la ley de 16 de diciembre último y que por lo mismo no ha lugar al restablecimiento del mismo colegio. ------ Folla: 54 2. Enterada esta Comisión de la denuncia producida por Luciaño Fariña Varelas y consorte sobre abusos que se dicen cometidos por el alcalde de Cambados con motivo de la confección de las listas electorales, que como el anterior pasó también el gobernador a informe de esta Corporación, se acuerda significarle que entiende 1º que no procede la declaración de nulidad de las listas electorales que aquellos soliciten ni mucho menos la suspensión de las elecciones. 2º que se prevenga al alcalde rectifique inmediatamente y publique por tanto la alteración que debe hacerse respecto al número de concejales que hay que elegir en cada Colegio de los 3 en que se halla dividido de los de Castrelo y Vilariño; y 3º que los solicitantes puede denunciar ante los Tribunales los delitos faltas y abusos de que se quejan. ------ Folla: 54 3. Visto el expediente de competencia suscitada por el gobernador al juez de 1ª Instancia de A Cañiza en el interdicto de recobrar propuesto por Benito González Villamarín contra Pedro Pino, vecino de Covelo, sobre cierre de un callejón que existe entre las casas de ambos, se acuerda informar al gobernador que en opinión de esta Comisión procede el que se deje expedita la acción de Juzgado. Con lo cual Se levantó la sesión. ------

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  • Nota

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