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Acta de sesión 1880/06/12_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.003/1.1880-06-12_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1880/06/12_Ordinaria

  • Data(s) 1880-06-12 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 109 1. Vicepresidente González Besada. Guerra, Patiño, Matos, Cea. Leída el acta de la última sesión ha sido aprobada. ------ Folla: 109 2. Dado cuenta de la alzada interpuesta por Juan Benito Gil y Telmo Spuch, contra el acuerdo del ayuntamiento de Tui, por haber rescindido el contrato que con ellos había hecho de la asistencia médica a enfermos pobres del distrito, y resultando que al tomar esta disposición el Ayuntamiento no tuvo presentes las claúsulas de la condición 13, que establece que para que sea eficaz la rescisión del contrato debe precisamente oirse a los interesados se acuerda informar con devolución al gobernador, que en sentir de esta Comisión, el acuerdo del Ayuntamiento es nulo, por que no ha precedido la audiencia de los interesados conforme con lo prescrito en la citada condición 13. Y por lo tanto se está en el caso de enterar a los facultativos del propósito de rescisión del contrato, y consideraciones que para ello tenga dicho Ayuntamiento, adoptando después la resolución que juzgue procedente la cual deberá notificárseles para que la consientan o de deduzcan lo que tengan por conveniente. ------ Folla: 109 3. Dada cuenta del expediente sobre registro de la mina de hierro denominada Desengaño que se halla en Sanxenxo, pidiendo José Poch Jover que después de tramitado se expida a su favor el correspondiente título de propiedad, se acuerda devolver dicho expediente al gobernador manifestándole que, en concepto de esta Comisión, debe pasar de nuevo al ingeniero jefe de distrito para que dé cumplimiento a la providencia de 26 de abril último [1880], por los fundamentos que expresa la minuta rubricada que obra en el expediente. ------ Folla: 109,110 4. Visto el expediente instruido a consecuencia de reclamación de Benigno Garrido, vecino de Arbo, manifestando que fallecido su padre, el que era maestro de la escuela de la capital del distrito y a quienes el ayuntamiento le quedó adeudando a su fallecimiento varias cantidades, que su padre adquiriera de la Hacienda algunas fincas, cuyos plazos no se acabaron de pagar. Y pide al gobernador se sirva disponer que dicho ayuntamiento vaya pagando a la hacienda los plazos vencidos hasta donde alcance el crédito que aquel le adeuda. La Comisión acuerda informar al gobernador, con devolución del expediente, que en su opinión procede que se estime la pretensión de Benigno Garrido y que el depositario del ayuntamiento haga los pagos a la Hacienda, documentando la cuenta municipal con los pagarés que vaya recogiendo, según los procedimientos y por las razones que se expresan en la minuta de informe que rubricada por el secretario obra en el expediente. ------ Folla: 110 5. Dado cuenta de la alzada interpuesta por José María Ruibal contra un acuerdo del ayuntamiento de Moraña que dejó sin efecto otro de fecha anterior, sobre construcción de una zanja para encauzar las aguas que obstruyen y deterioran el camino del lugar de Bouza. Vistos los antecedentes y resultando de ellos que nadie se alzó oportunamente de los primitivos acuerdos tomados dentro de las facultades que confiere la ley a los ayuntamientos, se acuerda informar al gobernador, con devolución del expediente, que no sólo procede la alzada, sino también que el acuerdo de 24 de junio de 1877 que deroga los tomados en 1872 y 1873 es nulo y estos firmes, por los fundamentos que expresa en su nota el Negociado. ------ Folla: 110 6. Vista la nota puesta por el Negociado a consecuencia del presupuesto de gastos carcelarios del partido de Pontevedra, pidiendo que previamente manifieste la contaduría, si deben abonarse las 4.311 pesetas 60 céntimos, procedentes de créditos pendientes de cobro, se acuerda volver le expediente a la Mesa para que emita dictamen, bajo el concepto de que ni existe en el presupuesto partida alguna para pago de socorros a presos pobres, ni acuerdo de la Diputación que le imponga semejante gravamen. ------ Folla: 110 7. Examinada la cuenta municipal del ayuntamiento de Oia, correspondiente al año económicio de 1869 - 1870, observa la Comisión Provincial que en las contestaciones dadas para solventar los reparos no satisface debidamente la falta que se nota de la certificación que justifique que ha sido censurada y aprobada dicha cuenta por la Junta de Asociados limitándose unicamente el ayuntamiento a manifestar que ha desaparecido el libro de actas que debían llevar el ayuntamiento y asamblea, y por lo tanto se acuerda informar al gobernador, con devolución de dicha cuenta, que procede en concepto de esta Comisión, que el repetido ayuntamiento justifique este extremo previamente. ------ Folla: 110 8. Hallandose solventados satisfactoriamente los reparos que se notaron a las cuentas municipales de los ayuntamiento que siguen, se acuerda proponer al gobernador, se sirva prestarles su aprobación: - Oia 1870-71. - A Guarda 1864-65; 1865-66; 1866-67; 1867-68; 1868-69; 1869-70; 1870-71; 1871-72; 1872-73; 1873-74; 1874-75; 1875-76 y 1876-77. - Silleda 1864-65; 1865-66; 1866-67; 1867-68. Se levantó la sesión. ------

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