ATOPO
Rexistros actuais: 1.625.388
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.762

Acta de sesión 1882/09/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.003/3.1882-09-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1882/09/30_Ordinaria

  • Data(s) 1882-09-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 163 1. Vicepresidente Romero. Fraga, Patiño. Leída el acta anterior, fue aprobada. ------ Folla: 163,164 2. La Comisión ha examinado con detenimiento el expediente de alzada interpuesta por José Amoedo de Tui, contra un acuerdo del ayuntamiento del mismo punto, sobre devolución de 20 láminas de la deuda amortizable, depositadas por aquel en garantía del arriendo de consumos en el ejercicio de 1878 a 1879. Para poder emitir con acierto su opinión en el fondo, es necesario traer ante todo al expediente, datos que si bien se están, no constan acreditados en forma y que su falta hace que ya el ayuntamiento y a José Amoedo, los expresen y aprecien en diferentes sentidos. Cree, pues, esta Comisión que ante todo debe decirse al gobernador se sirva reclamar: 1º La instancia de alzada presentada al alcalde por José Amoedo, que aquel debió haber remitido con su informe, cumpliendo lo que dispone el párrafo 2º del art. 140 de la ley municipal, de aplicación según el párrafo 4º del art. 171. 2º Certificación del acuerdo tomado por el Ayuntamiento referente a este asunto, en 5-9-1879. 3º Certificación del pliego de condiciones, bajo el que tuvo efecto el arriendo hecho a favor de Amoedo, en la parte referente a la garantía que tenía que suministrar, acuerdos tomados respecto a este punto, providencias dictadas por la alcaldía y el recibo original expedido por el depositario que se hizo cargo de las 20 láminas de que se trata o certificación del mismo. 4º Resoluciones dictadas por la superioridad con referencia a este asunto, o sea por el jefe económico, mandando que el Ayuntamiento admitiese las expresadas láminas en garantía del arriendo, y acuerdos que en su vista hubiesen tomado la alcaldía o el ayuntamiento. 5º El expediente original instruido con motivo del incendio de la casa del depositario Ramón Pérez Hermida. Esto es tanto más indispensable, cuanto que ya debiera haberlo hecho el ayuntamiento al instruir el expediente, que no contiene actualmente apenas más que las solicitudes del interesado y los informes del Ayuntamiento y la alcaldía, insuficientes para dictar resolución con aciertos. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición