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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1882-11-17_Ordinaria. Acta de sesión 1882/11/17_Ordinaria
Acta de sesión 1882/11/17_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.13.003/3.1882-11-17_Ordinaria
Título Acta de sesión 1882/11/17_Ordinaria
Data(s) 1882-11-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 183 1. Vicepresidente Romero. Fraga, Patiño. Leída el acta de la sesión anterior, ha sido aprobada. ------ Folla: 183,184 2. Pasado a informe de esta Comisión por el gobernador civil de la provincia el expediente relativo a la autorización que solicita el ayuntamiento de Pontevedra, para vender terrenos sobrantes de la zona del campo de la feria, entiende que debe manifestarse a dicho gobernador que el Ayuntamiento, cumpliendo lo que prescribe el art. 85 de la ley municipal vigente y diferentes decretos y reales órdenes que lo explican, no ha omitido nada que pueda conducir al esclarecimiento de este asunto. La enajenaciones y permutas de los bienes municipales debe estar rodeados de cuantas precauciones hagan imposible o cuando menos difíciles los manejos reprobados y las torcidas interpretaciones, que falseado un principio muy saludable, convierta en provecho de unos pocos lo que deba ser el progreso del bien público. Por esto se han dictado el Real Decreto de 28-9-1849, de 30-4-1881 y Reales Órdenes de 2-8-1861, 8-3-1865, 30-4-1875 y otros más que sería prolijo enumerar. En lo que atañe a la venta de los solares que pretende el municipios objeto único, según cree esta Comisión, por el que pide informe el gobernador, cree la misma que se observaron los trámites fijados por nuestra legislación, para realizar la venta de fincas de dicho municipio, o para impetrar la autorización que ha de prepararla. Aparecen tasados lo solares: existe acuerdo legal de los vocales del Ayuntamiento e igual número de asociados, favorable a la venta, certificación de la administración en que aparece que los solares no figuran entre los repartimientos, otra del Gobierno de provincia que acredita que en los presupuesto municipales, no resulta ningún ingreso por producto en venta de bienes pertenecientes al municipio; y que se han fijado edictos, y ninguna reclamación se ha presentado, ni contra la tasación, ni contra el acuerdo del Ayuntamiento y asociados. Por lo expuesto, consúltese al gobernador que, si lo estima conveniente, se sirva elevar con su ilustrado informe este expediente al gobernador de SM a fin de que se digne otorgar la autorización que solicita el Ayuntamiento Se levantó la sesión. ------
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Nota