ATOPO
Rexistros actuais: 1.618.514
Obxectos dixitais dispoñibles: 504.649

Acta de sesión 1935/03/06_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.161/1.1935-03-06_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1935/03/06_Ordinaria

  • Data(s) 1935-03-06 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 51 Sres. que asistieron: Presidente: Viñas. Vicepresidente: Llovo. Vocales: Quinteiro, Solla, Romero, Varela y Tapia. Presidencia del Sr. Viñas del Monte, con asistencia de los vocales Sres. Llovo Pérez, vicepresidente, Quinteiro Martínez, Solla Fontenla, Romero Fernández, Varela Castro y Tapia Seoane actuando de Secretario el que lo es de la Corporación, Sr. Ramos Cerviño. 1. Abierta la sesión a las once de la mañana, de orden de la presidencia por el Secretario autorizante, se dio lectura al acta de la anterior, que fue aprobada. Y haciendo uso de la Comisión Gestora de las facultades que le están atribuidas, adoptó los siguientes acuerdos: ------ Folla: 52 2. Señalamiento de sesiones. Fijar el número de sesiones que han de tener lugar en este mes y que además de la de esta fecha tendrán lugar los días 13, 20 y 27 a las 11. ------ Folla: 52 3. Distribución de fondos de febrero. Prestar aprobación a la distribución de fondos por capítulos para satisfacer las obligaciones del mes actual, que presenta la intervención en cuantía total de pesetas. ------ Folla: 52 4. Abono gastos locomoción de Repoblación en enero. Aprobar la cuenta de gastos de locomoción del personal técnico del Servicio de repoblación forestal correspondiente al mes de enero último, cuyo importe de mil ciento veinticinco pesetas ochenta y cinco céntimos, se declara de abono con cargo al capitulo primero, artículo once del presupuesto. ------ Folla: 52 5. Abono gastos instalación eléctrica y seguro de incendios en el vivero de Figueirido. Aprobar la cuenta de los gastos ocasionados con motivo de la instalación eléctrica y seguro de incendios en el Vivero de Figueirido, que rinde el Ingeniero Director del servicio, y cuyo importe de setecientas siete pesetas veintitrés céntimos, se declara de abono con cargo al capítulo 13, artículo 2º del presupuesto. ------ Folla: 52 6. Abono cuenta de impresión de cédulas a D. Evaristo Paredes. Aprobar la cuenta del industrial D. Evaristo Paredes Valdés por impresión de las características de las cédulas personales en 333.000 ejemplares para el año 1934, cuyo importe de mil cuarenta y ocho pesetas noventa y cinco céntimos se declara de abono con cargo al capítulo artículo del presupuesto. ------ Folla: 52 7. Resolviendo instancia de D. Alejandro Martínez sobre cédula. Vista la instancia de D. Alejandro Martínez Pérez, vecino de Vigo, reclamando contra la cédula que le fue asignada y el informe de la jefatura del servicio, se acuerda clasificarlo en la tarifa 3ª clase 10ª, con cédula de 12 pesetas. ------ Folla: 52 8. Resolviendo instancia de Dª Concepción Docet, de Vigo sobre cédula. Vista la reclamación que contra el padrón de cédulas de 1934 formula Dª Concepción Docet Filguiera, vecina de Vigo; se acuerda estimara y que se le expida cédula de la tarifa 3ª, clase 10ª, de 12 pesetas. ------ Folla: 52 9. Resolviendo instancia de D. Joaquín Meléndez de Vigo, sobre cédula. Vista la instancia de D. Joaquín Meléndez Romero, vecino de Vigo, reclamando contra la clasificación que le fue asignada en el padrón de cédulas personales de 1932 y 1933, del que solicitó ser excluido por haber satisfecho las cédulas de dichos años en Bilbao; y resultando que ha transcurrido con exceso el plazo de quince días que le fue concedido en sesión de 30 de enero y que le fue comunicado el 12 de febrero, sin que haya presentado certificación alguna de haberlas satisfecho en la Diputación de Bilbao; se acuerda que continúe sus trámites el expediente de apremio que se había iniciado para hacer efectivo el descubierto en que se encuentra. ------ Folla: 52,53 10. Escrito de Intervención sobre prórroga por 3 años del crédito con la Caja de Ahorros de Vigo. Aprobado. Diose cuenta de escrito del Sr. Interventor de Fondos provinciales que dice: "A la Excma. Comisión Gestora: El día 25 del corriente mes, vence la prórroga del contrato de préstamo hecho a esta Diputación provincial por la Caja de Ahorros y Monte de Piedad Municipal de Vigo". "El saldo por principal a favor de dicha Caja, asciende a 200.000 pesetas que esta Diputación no puede satisfacer a su vencimiento, ni aún dentro del ejercicio corriente sin grave quebranto de su economía". "Previendo esta situación y para evitar sus graves derivaciones, por orden del Sr. Presidente de la Comisión Gestora, hubo de tener el Interventor que suscribe, una conversación con representantes de la mencionada Caja, de la cual resulta la posibilidad de obtener un aplazamiento para el pago de aquellas 200.000 pesetas, de tres años según las bases siguientes": 1ª "El vencimiento de la hipoteca se aplaza por tres años, cuyo computo se entenderá iniciado el 25 de marzo próximo". 2ª "Quedar subsistentes los pactos, cláusulas y condiciones de la escritura constitucional aludida, salvo lo que a continuación se modifica". 3ª "La amortización de la cantidad de 200.000 pesetas, (saldo a favor de la Caja en el momento actual) representativa del capital e intereses habrá de hacerse en tres anualidades matemáticas de 76.210,33 pesetas cada una". 4ª "La amortización parcial de cada una de estas anualidades se ingresará en la Caja, percibiendo esta directamente de la tesorería de la Delegación de hacienda, los fondos que a la Diputación corresponden en concepto de cinco por ciento de las cuotas del tesoro de la contribución territorial sobre la riqueza rústica y pecuaria existente en la provincia o cualesquiera otros ingresos que, si en adelante se alterase el régimen tributario, vinieren a suplir o sustituir al indicado". "A tal fin la Caja deberá promover el cobro de cada anualidad, distribuyéndola en cuatro trimestres, al vencimiento de cada uno de los del año". "La Diputación deberá presentar en el acto de la escrituración, para su protocolorización unida a la de la escritura, oficio de la Delegación de Hacienda, conformándose con la retención acordada por aquella, a los efectos del cumplimiento de la que antecede, esto es, para que la caja pueda hacer efectivo el cobro directo, por trimestres de las anualidades matemáticas a que se refiere la cláusula 3ª anterior". 5ª "La Diputación declara formalmente, que los ingresos efectuados no podrán destinarse a ningún otro fin, por motivo alguno, mientras no se haya operado la total amortización". 6ª "Queda, en consecuencia, suprimida la cláusula décimo octava, y la décimo novena se estimará redactada correspondientemente en el sentido de consignar en el capítulo presupuestario a que alude, una formula análoga a la que sigue: "Para formalizar con la Caja de Ahorros y Monte de Piedad municipal de Vigo, lo que este ha de percibir en la Tesorería de la Delegación de Hacienda de esta provincia, en cumplimiento de la cláusula de la escritura de aplazamiento de marzo de 1935". 7ª "Los gastos de esta formalización, impuestos, escrituras, registro y demás que se originan, será de cargo de la Diputación". 8ª "En cumplimiento e imposibilidad de ejecutarlos por causas ajenas a la Caja, de cualquiera de los pactos u obligaciones concertadas o que ahorrase conciertan valdría como condición resolutoria de la operación y, si llegase, la Caja tendrá opción para exigir el cumplimiento en sus términos o para dar por vencida la totalidad del préstamo, pudiendo ejecutar cuantas acciones tiene reservadas y en derecho le corresponde". "Si las precedentes bases fueren aceptadas por V.E. será menester que con arreglo a ellas se solicite por V.E del Consejo de Administración de la citada Caja, el mencionado aplazamiento y al propio tiempo que se acuerde remitir certificación del acuerdo del Sr. Delegado de hacienda de esta provincia, solicitando de el el oficio a que se refiere el último párrafo de la base cuarta". "como siempre V.E. acordará lo que juzgue conveniente". "Pontevedra 1º de marzo de 1935 - El Interventor - José G. Otero" (Rubricado). La Comisión Gestora acordó resolver en conformidad. ------ Folla: 53 11. Expediente de concurso para instalación de la casa audiencia provincial. Propuesta que se visite al Ministro de Justicia, y otros particulares. Dado cuenta del expediente de concurso par adquisición de una casa destinada a instalación de la Audiencia provincial y de los informes de la Asesoría jurídica y del Sr. Interventor, por el Sr. Tapia se formuló la propuesta siguiente: Que vistos los informes del Asesor jurídico y del Interventor emitidos en la instancia presentada por el vecino de esta capital, D. José Conde, propietario habitante en la calle de "Benito Corbal" antes "Progreso", en la cual se reclama contra las condiciones del citado concurso, propone se anulen todo lo actuado y que con la máxima diligencia a fin de la decorosa instalación de la Audiencia provincial se proceda al anuncio de subasta para la construcción del edificio aludido y toda vez el próximo domingo llegará a esta ciudad el Excmo. Sr. Ministerio de Justicia, asimismo propone, que una comisión salida de la Gestora, le salude a fin de interesarle la construcción del edificio en cuestión con lo cual se consignen dos fines; el primero proporcionar trabajo a muchos obreros de esta provincia que están en paro forzoso; y segundo, dotar a la Administración de Justicia de local decoroso y propio para el alto fin social que practica. Se acuerda resolver de conformidad con la propuesta y designar de comisión a todos los Diputados que se encuentren en esta capital a la llegada del Sr. Ministro. ------ Folla: 53 12. Enterándose del citado de la cobranza de cédulas. Dado cuenta de estado demostrativo que presenta el servicio de cédulas personales expresivo de la situación en que se halla la cobranza de este impuesto; la Comisión acuerda quedar enterada. ------ Folla: 53 13. Enterándose del nombramiento de agente para los Ayuntamientos de Tui. Quedar enterada de oficio del Gestor de cédulas del Distrito de Tui, designando Agente ejecutivo para todos los ayuntamientos que lo integran a D. Francisco Peña Artime. ------ Folla: 53 14. Ingreso en la Inclusa de Fernando Rodríguez. Decretar el ingreso en la Inclusa provincial del niño Fernando Rodríguez Movillo, nacido en el Hospital municipal de Vigo el día 25 de enero último. ------ Folla: 53 15. Tomando en consideración solicitud del Ayuntamiento de Meis para construcción de un camino y pasarla a Vías y Obras. A propuesta del Sr. Llovo, se acuerda tomar en consideración la solicitud del Ayuntamiento de Meis, referente a la construcción del camino vecinal, que partiendo del lugar de Zacande atraviese los de Ramilón, Quintanes, Liñasco y Pompeán para terminar en el de la Bouza en la carretera de Noalla a la de Caldas de Reis, pasándola a la dependencia de vías y obras provinciales para informe. ------ Folla: 53 16. Moción del Sr. Tapia sobre un campo de aterrizaje en Pontevedra. Se traslada a la Alcaldía. Por el Sr. Tapia se formula la moción que dice "Que toda vez se tomo en consideración otros ruegos de este Gestor encaminados a conseguir la instalación de un campo oficial de aterrizaje para aviones en una de nuestras junqueras, y como quiera que para ello es preciso se cedan los terrenos a la Dirección General de Aeronáutica, y por lo tanto muy conveniente para conseguir al fin propuesto muy conveniente para conseguir el fin propuesto la colaboración del Ayuntamiento y fuerzas vivas de esta Capital, se dirija atenta comunicación a la Corporación municipal para que esta reuniendo a las aludidas fuerzas vivas presten su valioso concurso para conseguir el fin indicado, o sea la cesión de los terrenos procediéndose a ello con todo celo y actividad, ya que por autorizada fuente tiene conocimiento el que dice, que se esta organizando en Madrid una Comisión con el fin de estudiar el emplazamiento en Galicia de Varios Campos de aterrizaje. La Comisión acuerda aceptar la moción del Sr. Tapia Seoane y transcribirla a la Alcaldía con el ruego de que se cumpla lo que en ella se interesa. ------ Folla: 53 17. Prórroga del período de cobranza de cédulas hasta 31 de marzo actual. Se acuerda prorrogar hasta el día treinta y uno del corriente mes de marzo el período voluntario de recaudación de cédulas personales en todos los Ayuntamientos de la provincia, y que por la Presidencia se publique circular cuando lo estime oportuno. ------ Folla: 53 18. Resolviendo favorablemente reclamaciones de cédulas de Vigo. 19834 de D. Julio Pumar, D. José J. Fernández, D. Francisco González y D. José Vilas. Vistas las instancias de reclamación formuladas por los vecinos del Ayuntamiento de Vigo que se relacionan a continuación contra sus respectivas clasificaciones que se le imponen en el padrón de cédulas de 1934; se acuerda estimarlas, clasificando a los interesados con las cédulas de clase inferior respectivamente a saber: Número 19, D. Julio Pumar Valeiro, se le expedirá cédula de la tarifa 1ª, clase 10ª, de 40 pesetas. Número 20, D. José J. Fernández Rodríguez, se le asigna cédula de la clase 10ª tarifa 1ª del mismo precio de 40 ptas. Número 116. D. Francisco González Parra se le impone cédula de la tarifa 3ª, clase 7ª, de 56 pesetas; y Número 236, D. José Vilas Torres, se le expedirá cédula, de la tarifa 1ª, clase 11ª, de 32 pesetas, anulándose las clasificaciones con que cada uno figura en el padrón; y notifíqueseles separadamente este acuerdo en la forma y plazo reglamentario por mediación de la Alcaldía. Se levantó la sesión. ------

Área de notas

  • Nota

Puntos de acceso

Área de control da descrición