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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1935-11-27_Ordinaria. Acta de sesión 1935/11/27_Ordinaria
Acta de sesión 1935/11/27_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.3.13.161/1.1935-11-27_Ordinaria
Título Acta de sesión 1935/11/27_Ordinaria
Data(s) 1935-11-27 (Creación)
Volume e soporte Follas: 145 v, 148
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Reunidos en el salón de sesiones bajo la Presidencia del que ostenta la de esta Corporación D. Ramón Domínguez Ferradás los señores Llovo, Costas, Solla, Tapia, Varela y Quinteiro celebra sesión la Comisión Gestora en el día de hoy veintisiete de noviembre de mil novecientos treinta y cinco la que se abre a las once de la mañana actuando el secretario de la Corporación Sr. Posse García. Se da lectura al acta de la sesión anterior que por unanimidad es aprobada. Prestar aprobación y declarar de abono las facturas de la Casa “La Moda ideal” y Anselmo Aparicio por paño y confección de un uniforme para un ordenanza cuyo importe de ciento veintisiete pesetas con cuarenta céntimos se librará con cargo al capítulo 1º artículo 11 de la parte de gastos del presupuesto. Se entera la Comisión de resolución de los ayuntamientos de esta provincia que adeudan anualidades por el anticipo que se les concedió con cargo al empréstito de la Mancomunidad de Diputaciones para construcción de caminos vecinales según el detalel formulado por la Intervención de fondos y que a continuación se copia. Ayuntamiento Camino Vecinal Anualidades Importe de las anualidades A Estrada Nº 316 – de la C. Pontevedra a 1934 -35 4.534,84 ptas. Codeseda a Vilapouca Ídem Nº 163 – 79 Rubín a Lamas. 1º sem. 1935 1.773,82 ptas. Ídem Nº 163 – 79 Rubín a Lamas. 2º sem. 1935 4.668,37 ptas. Ídem Nº 31 -401 – Pena al límite Ayuntamiento 1935 2.372,09 ptas. Ídem Nº 31 – 401 – Pernaviva a A Lama. 2ª S 1935 2.278,91 ptas. O Grove 50 – 123 San Martiño a San Vicente 1935 2.983,93 ptas. Arbo Nº 2 – Arbo a Cabeiros – 1ª sección 1935 2.425,20 ptas. Bueu Nº 11 – Igrexa a Cela 1935 2.208,97 ptas. Cotobade Nº 47 – Iglesario Reboredo al C.V. nº 7 1935 529,44 ptas. A Lama Nº 142 – Ermitas a Xiesta 1935 2.767,90ptas. As Neves Nº 177 – As Neves a Arbo por Ribarteme 1935 3.830,93 ptas. O Porriño Nº 228 – Carretera O Porriño a Gondomar a la V. del C. 1935 1.600,54 ptas. Vilagarcía Nº 267 – Castrogudín. 1935 1.994,85 ptas. Vilanova Nº 269 – András a Baión 1935 2.414,98 ptas. Gondomar Nº 416 – Sección de Mugudáns 1935 1693, 92 ptas. Total 38.078,59 ptas. Prestar aprobación y declarar de abono la relación de jornales de apicultura de la primera quincena del mes de octubre último debiendo librarse su importe de setenta y ocho pesetas con setenta y cinco céntimos con cargo al capítulo 14 artículo 8º de la parte de gasto del presupuesto. Presta aprobación y declarar de abono la relación de jornales de trabajos topográficos del servicio de repoblación durante la primera quincena de octubre último debiendo librarse su total importe de ciento veinte pesetas con cargo al capítulo 13 artículo 1º de la parte de gastos del presupuesto. Prestar aprobación y declarar de abono las relaciones de jornales ocasionados en el vivero forestal y zonas 1ª, 2ª, 6ª y 9ª durante la primera quincena del mes de octubre último y que suman respectivamente doscientas noventa y siete pesetas con cincuenta céntimos; seiscientas catorce pesetas con cincuenta céntimos y mil doscientas ocho pesetas cuyo importe total de dos mil ciento veinte pesetas se satisfará con cargo al capítulo 13 artículo 2º de la parte de gastos del presupuesto. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta de estancias causadas en el Manicomio de Conjo durante el mes de octubre de dementes allí recluidos a cargo de esta Diputación cuyo importe de veinticinco mil setecientas ochenta pesetas se librará con cargo al capítulo 8º artículo 5º de la arte de gastos del presupuesto. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta de gastos de locomoción ocasionados por el servicio de repoblación en el vivero y zonas 1ª, 2ª, 6ª y 9ª durante el mes de octubre último cuyo importe de trescientas dos pesetas con cuarenta céntimos se librará con cargo al capítulo 1º artículo 11 de la parte de gastos del presupuesto. Conceder un socorro de cuarenta y dos pesetas con cincuenta céntimos al sometido al tratamiento antirrábico Adolfo Diéguez López, pobre y vecino de Rodeiro, debiendo librarse dicha cantidad con cargo al artículo capítulo del presupuesto de gastos. Prestar aprobación a la cuenta que rinde el Gestor del Ayuntamiento de Rodeiro D. José Calviño de cédulas y período ejecutivo del año 1934 de la que resulta una cantidad recaudada de 43,60; 175 cédulas por ausentes y 140,80 por fallidos. Se da cuenta de oficio del Gestor de cédulas del distrito de Tui proponiendo la cesantía como Agente ejecutivo de D. Braulio Rodríguez que lo era de los Ayuntamientos de Tomiño, A Guarda, O Rosal y Oia y de D. José Álvarez Giráldez como agente recaudador por haber sido nombrado para el ayuntamiento de Oia; La Comisión se da por enterada. Se da cuenta de oficio del Gestor de cédulas del distrito de Tui proponiendo el nombramiento de D. Graciano Cambeses Cal y como auxiliar suyo de don Enrique Outerelo Pazos para ejercer el cargo de agente ejecutivo de cédulas personales del distrito de Tui que representa el señor Álvarez. La Comisión se da por enterada aceptando la propuesta. Diose cuenta de pliego duplicado que envía el gestor de cédulas del Distrito de Pontevedra proponiendo modificaciones en el Padrón de cédulas de esta capital correspondiente a 1935 las que suponen una baja en el cargo de dos mil setenta y cinco pesetas con treinta y ocho céntimos y que el servicio de cédulas propone se aprueben como justas, debiendo quedar clasificados los contribuyentes en la forma que dichos pliegos determinando y es la siguiente: Luis Sánchez Vaqueiro 32,00 ptas. Manuel Fernández 6,40 ptas. Felisa Rosa Sáez Álvarez 96,00 ptas. Cesárea Abal Chao 6,40 ptas. Severino Lage Varela 12,50 ptas. Concepción Fernández 3,75 ptas. Carlos Feijoo Méndez 41,60 ptas. Víctor Lis Quibén 5,50 ptas. Luis Fonseca 56,00 ptas. Bernardina Roldán 7,50 ptas. Remigio Ilevia 12,50 ptas. Carlos Jaudenes 1,50 ptas. Anotnio Iglesias 40,00 ptas. Mariano Recuero 5,60 ptas. Antonio Losada 12,50 ptas. José Abilleira 12,50 ptas. José María Ilermo Fidalgo 2,40 ptas. Antonia Vázquez 6,40 ptas. José Acuña Lamas 5,50 ptas. Consuelo Martínez 1,50 ptas. Sebastiana Vidal 2,40 ptas. Segundo Eiras 6,40 ptas. María del Carmen Lorenzo Otilia Cachafeiro 44,00 ptas. Celso Lage 12,00 ptas. Teresa Fernández 44,00 ptas. Manuel Vilela 44,00 ptas. Bernardo López 32,00 ptas. Manuel García 28,00 ptas. José Viña Aubiña 40,00 ptas. Alberto González Díaz 7,50 ptas. Jacinto Rodríguez 2,40 ptas. María Luisa Fernández 12,50 ptas. Pedro Castiñeiras 96,00 ptas. Celestino Fontoira 12,50 ptas. Ramón Dios 2,40 ptas. Ramón Vázquez Garza 40,00 ptas. Laureano Julio Muíños 41,60 ptas. Miguel Muíños 1,50 ptas. Justo Hermida 54,00 ptas. Eduardo Castedo 134,40 ptas. Ramón Iguenza Lima 50,40 ptas. Eulogio González 6,40 ptas. José Aboal Núñez 2,40 ptas. Federico Selgas 28,00 ptas. José Bragas Valles 1,50 ptas. Cipriano Ochoa 1,50 ptas. Guillermo Sáez Montero 44,00 ptas. Sandalia Nieto 2,40 ptas. Carlota Abal 2,40 ptas. Luis García Trebón 1,50 ptas. Benito García 2,40 ptas. Luis González Orduña 12,50 ptas. José Torres Gómez 2,40 ptas. María Dolores Rodríguez 12,50 ptas. Amador Villar 1,50 ptas. Manuel López García 1,50 ptas. Benito Lomba 12,50 ptas. Rafael Juanes Díaz Santos 50,40 ptas. Josefa Blanco Sánchez 2,40 ptas. Eduardo Fernández 2,40 ptas. Nicasio Fernández Francisco Tenorio 2,40 ptas. Claudio Gutiérrez 6,40 ptas. Maximino Otero 6,40 ptas. Alejandro Martín 12,50 ptas. Claudio Magdalena 6,40 ptas. José María Álvarez Gallego 6,40 ptas. Lucía Picó Vázquez 1,50 ptas. Antonio Dobarro 12,50 ptas. Concepción Dobarro Isolino Vilaverde La Comisión acuerda aprobar tales modificaciones. Vista la reclamación formulada por Dª María González, vecina de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda desestimar la presente reclamación, y confirmar la clasificación del padrón. Vista la reclamación formulada por D. Antonio Carrero Verges, vecino de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda desestimar la presente reclamación, y confirmar la clasificación del padrón. Vista la reclamación formulada por D. Manuel Martínez Ares, vecino de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda desestimar la presente reclamación, y confirmar la clasificación del padrón. Vista la reclamación formulada por D. David Bouzán Vázquez, vecino de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda estimar la presente reclamación, anular la cédula que se le asigna en el padrón y expedirle cédula con arreglo a la base de contribuciones de 364 ptas. O sea de la tarifa 2ª clase 11ª de 13,60 pesetas. Vista la reclamación formulada por D. Vicente López López vecino de Vigo contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del servicio se acuerda desestimar la presente reclamación, y confirmar la clasificación del padrón. Vista la reclamación formulada por D. Antonio Grobas Lago, vecino de Vigo contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda estimar la presente reclamación, anular la cédula que se le asigna en el padrón y que se le expida de la tarifa 3ª clase 8ª de 40 ptas. Vista la reclamación formulada por D. Alfonso Chamochín Puga, vecino de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento, para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del servicio se acuerda desestimar la presente reclamación, y confirmar la clasificación del padrón o sea que se le expida cédula de la tarifa 3ª clase 6ª de 80 ptas. Vista la reclamación formulada pro Dª Amalia Curbera Fernández, vecina de Vigo, contra su clasificación el en padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento, para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda estimar la presente reclamación, anular la clasificación del padrón respecto a este interesado y que se le expida cédula de la tarifa 2ª clase 7ª. Vista la reclamación formulada por D. Gerardo Fernández Borrajo, vecino de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del servicios e acuerda desestimar la presente reclamación, y se confirme la clasificación del padrón. Vista la reclamación formulada por D. Manuel Garrido Álvarez vecino de Vigo, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho Ayuntamiento, para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda estimar en parte la presente reclamación, y que se anule la cédula que se le asigna en el padrón y que se le expida de la tarifa 3ª clase 11ª de 5,60 pesetas. Vista la reclamación formulada por Dª Peregrina Riono Pérez, vecina de Bueu, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento, para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del Servicio se acuerda estimar la presente reclamación, anular su actual clasificación y que se le expida cédula de la tarifa 1ª clase 12ª de 12,50 ptas. Sin perjuicio de que al formar el padrón para 1936 se proceda con respecto a este interesado a fijar de una manera positiva cierta la cuantía del alquiler que satisface, cosa que no puede ofrecer dificultad alguna en esa localidad. Vista la reclamación formulada por D. Tomás Bolivar Masso, vecino de Bueu, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del servicio se acuerda modificar la presente reclamación, de este interesado fijándole cédula de la tarifa 3ª clase 8ª de 40 pesetas. Vista la reclamación formulada por doña Francisca Lois Pazos, vecina de O Grove, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho Ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del servicio se acuerda estimar en parte la presente reclamación, y clasificar a este interesado en la tarifa 3ª clase 11ª de 5,60 pesetas. Vista la reclamación formulada por D. Ventura Ferrer Barges, vecino de O Grove, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la jefatura del servicio se acuerda estimar en parte la presente reclamación, y fijarle cédula de la tarifa 2ª clase 12 de 6,40 pesetas. Vista la reclamación formulada por D. Eugenio Lois Deira, vecino de O Grove, contra su clasificación en el padrón de cédulas personales de dicho ayuntamiento para el año 1935. De conformidad con la Jefatura del servicio se acuerda estimar la presente reclamación, anular la cédula que se le asigna ene l padrón de cédulas y que se le expida de tarifa 2ª clase 12ª de 6,40 pesetas. Prestar aprobación y declarar de abono las cuentas de gastos ocasionados con motivo del entierro del fallecido Presidente de esta Diputación D. José Viñas del Monte según facturas que producen la Funeraria La Fe, Hijos de Estévez, la Editorial “El Pueblo Gallego” y “La tarde” y los Diarios “Faro de Vigo”, “Progreso”, El País, y Diario de Pontevedra, debiendo librarse el total importe de dichos gastos que asciende a pesetas 4.009,85 con cargo al capítulo artículo del presupuesto de gastos. Aprobar la cuenta de cédulas del período voluntario del año 1934 correspondiente al Ayuntamiento de Moraña que rinde D. Manuel Alonso y de la que resulta una cantidad recaudada de seis mil doscientas treinta y cinco pesetas con sesenta céntimos estando debidamente justificadas las partidas de ausente y cédulas pendientes de cobro. A propuesta del Gestor Señor Quinteiro, se acuerda conceder una subvención de doscientas cincuenta pesetas para un lavadero en la parroquia de Guláns del ayuntamiento de Ponteareas. Se acuerda unificar los socorros que disfrutan en el presupuesto de 1936 los comprendidos en la siguiente relación que los percibirán de 75 pesetas: Concepción Escarpizo de Pontevedra. María Rubio Palseras y hermanas e Pontevedra. Herminia Conde Fariña de Vigo. José Benito Pérez Dios lo disfrutará solamente de 40 pesetas mensuales. La Diputación provincial para desarrollar con desahogo y amplitud los servicios que le son propios y emprender el planteamiento de otros nuevos, se vio en la necesidad de buscar otros recurso, que los que un marco limitado constituían su fuente de ingresos y por ello pensó en el aprovechamiento de las grandes posibilidades, que el clima y el suelo de su provincia, ofrecen para crear extensas masas de arbolado, que en un mañana no lejano pudieran constituir una saneada fuente de ingresos. En los años 1924 y 1925 se planeó y empezó a desarrollar esta idea buscando el acuerdo con los ayuntamientos dueños de los montes y después de publicarse el Real decreto de 26 de julio de 1926 la Diputación por si propia y en representación de los ayuntamientos elevó el Ministerio de Fomento el pase general para repoblar 30.000 hectáreas y el proyecto especial de la zona 1. Uno y otro fueron aprobados por Real decreto de 12 de diciembre del mismo año y su aprobación significa la unión de los esfuerzos del Estado, los de la provincia y de los municipios en una verdadera cooperativa de producción. Quedó así establecido un doble consorcio, uno, entre el estado y Diputación, pro virtud del cual ambas pagarán por partes iguales, los gastos de repoblar los montes, que a la segunda entreguen los Ayuntamientos, y otro entre estos y la Diputación, referente a la distribución también por mitad de los productos de entresacas, aclareos, podas y demás aprovechamientos secundarios y de los productos de la explotación maderable. Respetando el espíritu contenido en los referidos consorcios se aprobaron en abril de 1928 los proyectos relativos a las zonas II, VI y IX que junto con la primera, son las que la Diputación llevó a cabo repoblando en junto más de 5.000 hectáreas que forman hoy su patrimonio más preciado constituido por masas forestales de millones de árboles en pleno vigor y desarrollo. La repoblación ha creado dentro de Pontevedra a un de Galicia un ambiente propicio y son muchos ayuntamientos de la provincia que piden se repueblen los montes de su término. Estas peticiones han hecho que la Diputación haya redactado los proyectos de las zonas V y XI con una superficie comprendida entre 3.000 y 4.000 hectáreas. Felizmente se halla ya vigente la Ley de Patrimonio Forestal de España el Consejo nombrado para desarrollarla y espera será justamente estima la labor por ella realizada, llevando con su ayuda a una plena realización lo que en la provincia falta por ejecutar, con arreglo al plan aprobado. Además de los proyectos de las zonas V y XI redactados, lo está igualmente el de restauración de las hectáreas quemadas en la zona I y los proyectos de dos caminos forestales. Por todo ello se congratula la Diputación de que su primer escrito al Consejo del Patrimonio Forestal de España sea para a la vez que ofrecer sus respectos, interesar: 1º Que se continúe hasta su más pronta terminación la repoblación comenzada en la provincia de Pontevedra, con arreglo al plan general aprobado en diciembre de 1926. 2º Que por tener ya celebrados los necesarios consorcios los respectivos ayuntamientos puede de modo inmediato, ejecutarse la repoblación de las zonas V y XI. 3º Que los proyectos a ellas correspondientes se hallan en condiciones de ser remitidos para su aprobación a ese Consejo tan pronto lo interese. 4º Que es de conveniente necesidad construir caminos forestales en las zonas I y IX ya repoblados, así como restaurar la zona en lotes arrasados por incendios en ella habidos. 5º Que los proyectos correspondientes a estos caminos, así como el de la restauración de la zona se hallan ya terminados: solo expresan orden para su remisión a ese Consejo. Quiere por último que quede constancia de su deseo de seguir prestando a la obra redentora de la repoblación en esta provincia igual colaboración y los mismos entusiasmos con que hasta hoy la ha asistido. Estos es lo que la Excma. Diputación provincial de Pontevedra a instancia de la Junta del Consorcio, acordó en su sesión de hoy significar al Consejo del Patrimonio Forestal de España. Demostrada plenamente la necesidad de la permanencia del personal que hoy presta sus servicios en la intervención de esta Diputación con carácter temporal, esta Comisión, en uso de sus facultades acuerda: confirmar en el cargo de oficial de Intervención a D. Manuel Portas quien por traslado acordado por la Comisión Gestora en sesión de ocho de octubre de mil novecientos treinta y uno, viene desempeñando dicho cargo en la Intervención desde la mencionada fecha o sea durante cuatro años cumplidos, cubriendo una de las dos plazas de oficial de plantilla vacantes en el momento presente y dotadas con el haber anual de cinco mil pesetas. Hallándose prestando servicio como auxiliar temporero en la Intervención de fondos de esta Diputación desde 16 de enero del corriente año D. Francisco Barrio se acuerda por estimar necesaria su continuación en las funciones que desempeña nombrarle auxiliar interino de dicha dependencia cubriendo con este carácter la plaza de auxiliar de plantilla vacante y dotada con el haber anual de tres mil pesetas que disfrutará el designado. En reconocimiento a la eficacia de los servicios que con toda actividad viene prestando como subalterno don Cándido Agis, hospiciano, procedente de la inclusa provincial, cargo que desempeña sin remuneración alguna desde noviembre jefes; la Comisión acuerda, teniendo en cuenta además el reducido número de individuos que constituyen el cuerpo de subalternos, nombrarle ordenanza en propiedad de esta Diputación con el haber anual de mil pesetas que se consignarán en el presupuesto de 1936. Designada por la Presidencia de esta Comisión Gestora, en primero de noviembre de 1934. Doña María Aurora Pérez Candendo, taquimecanógrafa de la intervención de fondos de esta Diputación cuya función viene desempeñando desde la mencionada fecha sin remuneración alguna; esta Comisión en atención a su probada competencia y asiduidad en el cometido que realiza acuerda asignarle la gratificación anual de mil pesetas que percibirá con cargo al sobrante de consignación existente en el artículo primero del capítulo sexto de la sección de gastos del presupuesto provincial, gratificación esta que comenzará a devengar desde primero de diciembre próximo. Declarar de abono la cuenta de gastos de locomoción causados por la Presidencia con motivo de la asistencia diaria para el despacho de los asuntos correspondientes a la misma y cuya cantidad de ciento cuarenta y cuatro pesetas con cincuenta céntimos se librarán con cargo al Capítulo artículo de la parte de gastos del presupuesto provincial vigente. Prestar aprobación y declarar de abono la cuenta de gastos de locomoción producida por el Garaje Ramos por servicios prestados al Vicepresidente Sr. Llovo y cuyo importe de doscientas veintinueve pesetas con doce céntimos se satisfará con cargo al capítulo artículo de la parte de gastos del presupuesto vigente. Se levantó la sesión.
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