Fondos
-
4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
-
13.002/2. Libro de actas da Comisión Asociada (04-01-1877/18-11-1877)
1877-06-11_Ordinaria. Acta de sesión 1877/06/11_Ordinaria
Acta de sesión 1877/06/11_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.11.13.002/2.1877-06-11_Ordinaria
Título Acta de sesión 1877/06/11_Ordinaria
Data(s) 1877-06-11 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 104 (Gonzalez Besada vicepresidente, Matos, Cea, Alvarez Builla, Sanmartín, Quiroga, Romero, Landa, Guerra) Leída el acta de la sesión última ha sido aprobada. 1. Vista la distribución de fondos para el mes próximo de julio se aprueba. ------ Folla: 104 3. Vista una instancia de Manuel Quintana, oficial de contaduría, pidiendo licencia para atender a su salud, se acuerda concedersela por el término de 30 días, debiendo participar a esta Comisión el día que principia a usarla. ------ Folla: 104 4. Enterada de las reclamaciones de varios operarios que trabajaron en el puente de Barcia de Mera en el distrito de Covelo reclamando del contratista 6.114 reales que dicen estarles adeudando; y no perteneciendo la resolución de este asunto a esta Comisión, la misma cuerda que se remitan las obligaciones que produjeron dichos interesados al alcalde de Covelo, para que se los entrgue, advirtiéndoles que pueden acudir a donde vieren convenirles. ------ Folla: 104,105 5. Visto que al tratar de expedir el libramiento en suspenso para ejecutar un caño que conduzca las aguas de Porto a través del trozo 3º del camino de A Estrada a Ponte Vea a fin de dar paso a las aguas para riego de terrenos de propiedad de José Tanoira y otros, según lo acordado por esta Comisión en 20 de abril último, se ofrecieron dudas a la contaduría, toda vez que ha notado existe otro expediente también del mismo Tanoira, las que aclaró el negociado; y por lo tanto, se acuerda que vuelva a la contaduría para que expida el correspondiente libramiento por 492 pesetas 46 céntimos. ------ Folla: 105 6. Llamó la atención como no podía menos,de esta Corporación el proyecto de ley que el ministro de Hacienda presentó a las Cortes y se halla inserto en la Gaceta del viernes 8 del corriente sobre el pago de las carreteras del Estado subastadas, y las que están sujetas a nuevas subastas, por cuando en el artículo 2º de dicho proyecto se impone a las provincias, la obligación de pagar una 3ª parte de un importe repartiéndolo entre los pueblos interesados, lo cual es muy difícil cuando no imposible de ejecutar en esta provincia que con mucho trabajo y grandes privaciones puede allegar recursos para hacer frente a las contribuciones e impuestos. Y en su virtud acuerda elevar una reverente exposición a las Cortes suplicándoles se sirvan modificar el sobredicho proyecto en cuanto por el se obliga a los pueblos a pagar la 3ª parte del importe de dichas carreteras. ------ Folla: 105,106 7. Dado cuenta de la Real Orden de 29 de mayo último comunicada por el gobernador de la provincia por la que se manda adicionar al presupuesto formado para el próximo año económico de 1877 a 1878, la cantidad necesaria para pago del personal y material de la secretaría de la Junta Provincial de Beneficencia. Teniendo presente que este importante servicio de la administración pública no ha de ocasionar a la secretaría de dicha Junta trabajos ni gastos de consideración, mediante que solo existe en la provincia un establecimiento con el carácter de provincial, que es la casa de expósitos, puesto que las demás obligaciones de la provincia en el ramo de beneficencia se realizan: 1º sosteniendo los dementes pobres de la provincia en el Manicomio de San Baudilio de Llobregat. 2º satisfaciendo al Gran Hospital de Santiago las estancias que devenguen a razón de 6 reales una, los enfermos pobres de la provincia que concurran al mismo. 3º dando una subvención de 1.500 pesetas a la Inclusa del propio establecimiento por los expósitos que a ella sean llevados y procedan de los partidos judiciales de A Estrada y Lalín y de algunos pueblos del de Caldas que distan menos de Santiago que de Pontevedra. 4º subvencionando con 6.000 pesetas anuales la Casa de Caridad de Vigo y con 5.000 cada uno a los establecimientos siguientes: Hospital de Pontevedra, Hospicio de Pontevedra, Hospital de Tui; con 1.000 pesetas anuales al de Baiona y con 750 al de los Baños de Cuntis cuyos establecimientos regidos por los ayuntamientos respectivos, excepto al Hospicio de la capital, que corre a cargo de una Asociación Benéfica de Señoras, se sostienen unos con rentas propias y con subvenciones oficiales y otros con limosnas y subvenciones provinciales y municipales. Teniendo pues en cuenta lo expuesto, la Comisión Asociada de los diputados residentes en Pontevedra acuerda se adicionen al presupuesto del próximo ejercicio las cantidades siguientes: haber anual de un secretario de la Junta de Beneficencia 250 pesetas. Gastos de material 125. Gratificación para depositario y para material al mismo 125. Total 500 pesetas. ------ Folla: 106 8. Hallándose en poder del secretario de esta Corporación los ejemplares, por que se ha suscrito la Diputación, de las obras: Diccionario gallego y Viaje a Jerusalén, se acuerda que se pasen a la Bibioteca Provincial 6 ejemplares de cada obra, y que se entregue uno a cada diputado, secretario, contador y depositario, reservándose los sobrantes para disponer de ellos la Diputación provincial. En este estado y siendo hora avanzada Se levantó la sesión. ------ Folla: 104 2. Dado cuenta de una comunicación de la señora Francisca Santa Marta, directora y administradora de la Casa Inclusa Provincial renunciando al cargo de administradora. Y, teniendo en consideración la Comisión, que este asunto es urgente y sin perjuicio de dar cuenta a la Diputación, acuerda. 1º que se le den las gracias a aquella señora por los importantes servicios que viene prestando durante el período de su administración y significándole que se acepta con gusto el ofrecimiento que hace de vigilar para que se halle aseado el edificio y los niños bien cuidados, rogándole que de cualquiere falta que note se sirva dar conocimiento a esta Diputación. 2º crear una plaza de administrador dotada con 1.500 pesetas anuales y con la fianza de 5.000 pesetas en metálico o títulos de la deuda al precio de cotización. Desintiendo Guerra en cuanto a la fijación de sueldo del administrador que propuso fuese el de 1.250 pesetas en atención a que no existe partida consignada en el presupuesto para satisfacer ese aumento, ni menos la parte proporcional de descuento que se abona a los empleados por los fondos de la provincia por lo cual no cree está autorizada la Comisión y diputados asociados para aumentar consignación sobre todo estando señalada en el presupuesto y no tratándose de la creación de una nueva plaza. 3º se suprime la plaza de interventor que viene desempeñando Francisco Pastor. Y 4º que en consideración a los servicios que viene prestando el mismo, se le nombre interinamente administrador con prevención de que en el plazo improrrogable de 15 días ha de prestar la fianza designada; entendiéndose que si transcurren a contar desde la fecha en que se le comunique el nombramiento, queda renunciado el cargo. ------
Ãrea de notas
Nota