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Acta de sesión 1837/06/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.12.996/1.1837-06-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1837/06/30_Ordinaria

  • Data(s) 1837-06-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Sesión del 30 de junio de 1837 Folla: 273 1. Despacho de varios oficios de curso ordinario, de que se acordó acusar recibo, y que se unan al expediente. ------ Folla: 273 2. Se dio cuenta de una Real Orden comunicada por el Ministerio de la Gobernación con el carácter de reservada, previniendo informe la Corporación sin ninguna clase de consideración personal, acerca de los empleados que por su poca capacidad y celo, falta de aplicación a la adhesión al Trono de Isabel II e instituciones que nos rigen, no merezcan continuar en sus destinos. Y se acordó quedar enterada y que se dé cuenta a la Diputación luego que se reúna. ------ Folla: 274 3. Se leyó oficio del Sr. jefe político de 28 de junio, trasladando el que en 13 de junio le dirige el Sr. contador del Ministerio de la Gobernación, insertando una Real Orden comunicada con la misma fecha al colector general del Fondo Pío Beneficial, por la que SM ha tenido a bien resolver que la recaudación de los referidos productos del fondo pío beneficial en cada diócesis se verifique por la Colectoria General; pero que su importe se ponga inmediatamente, mientras no se regularice la centralización de los fondos públicos, en las Comisiones de la pagaduría de dicho Ministerio, establecidas en cada uno de los Gobiernos Políticos para los efectos que en la misma se expresan. Y se acordó se acuse el recibo manifestando se dará el debido cumplimiento en la parte que corresponda a esta Corporación cuando llegue el caso. ------ Folla: 274 4. Se dio cuenta de comunicación de la Diputación Provincial de A Coruña, manifestando que cuando la facción del rebelde Sanz amenazó invadir Galicia [1ª Guerra Carlista], concurrieron a la ciudad de Santiago en clase de movilizados los Nacionales de Caldas y Tabeirós, Vilagarcía, Cambados, Campo y Fragas, dependientes de esta provincia a quienes se les abonó entonces su haber por cuenta de los impuestos extraordinarios establecidos por la Comisión de Armamento y Defensa de aquella, hasta la cantidad de 11.809 reales y 12 maravedís. Y solicitando que esta Corporación disponga se le reintegre con la mayor brevedad, se acordó se le conteste que esta Diputación no se cree en el caso de mandar pagar los gastos ocasionados por los Nacionales de su provincia movilizados para ir a Santiago puesto que las autoridades que los llamaron sin contar con su conformidad, habrán al mismo tiempo contado con los medios de proveer a la subsistencia de los mismos con arreglo a las órdenes vigentes. Igual contestación deberá darse a todas las peticiones de esta clase, inclusive las del Excmo. Sr. Capitán General, transmitiendo la del intendente. ------ Folla: 274 5. Se dio cuenta de oficio del Ayuntamiento de Vigo evacuando el informe que se le pidió por esta Diputación en 13 de junio, acerca de los terrenos destinados al depósito de alga y otros materiales propios para estiércol cerca del cementerio de aquella ciudad. Y se acordó se una el expediente y se dé cuenta con extracto así que se reciban las contestaciones que faltan y se halle reunida la Diputación. ------ Folla: 274 6. Se dio cuenta de oficio del Ayuntamiento de Vigo recordando que, con fecha 10 de mayo, pidió se le sirviese esta Corporación reformar su providencia de 17 de abril en asunto de D. Antonio Martínez Taboada, cabo de la Sección de Caballería de la Milicia Nacional y que se diese a aquella municipalidad la satisfacción a que era acreedora, sin que hasta ahora hubiese tenido la menor resolución. Se acordó quedar enterada y que se una a los antecedentes para dar cuenta a la Diputación así que se reúna. ------ Folla: 274 7. Se dio cuenta de comunicación del Sr. inspector de la Milicia Nacional, trasladando lo que con fecha 20 del actual le dice el Sr. Marqués de Valverde, como encargado por SM la Reina Gobernadora, de dar en su nombre y en el de su excelsa hija las más expresivas gracias a la Milicia Nacional de Madrid por los distinguidos obsequios que ha dedicado a ésta con motivo del solemne auto de la jura de la nueva Constitución. Y se acordó se remita un ejemplar al Sr. presidente para que se circule a la provincia, con una resolución afectuosa y análoga al objeto. ------ Folla: 274,275 8. Se leyó oficio de 23 de junio del Sr. director general de Aduanas y Resguardos, recordando otro del 26 de mayo, pidiendo informes acerca de varios oficiales del Cuerpo de Carabineros de Galicia. Y se acordó unirse a los antecedentes, previniendo al secretario bajo su responsabilidad, que no se suspendan las contestaciones un solo correo intermedio después del acuerdo. ------ Folla: 275 9. Se dio cuenta de oficio del Ayuntamiento de Tomiño remitiendo a la aprobación de esta Diputación un pequeño presupuesto de los gastos que piensa hacer para celebrar la promulgación de la nueva Constitución; y se acordó aprobarlo y que se le diga que antes de proceder al reparto de su importe procure usando de toda influencia hacer efectiva la cantidad a que asciende por medio de donativos o suscripción voluntaria, dando cuenta del resultado en uno u otro caso. ------ Folla: 275 10. Se di cuenta de oficio del Ayuntamiento de A Cañiza remitiendo una copia de la lista gradual de lo que deben pagar los individuos que comprende como exentos del servicio de la Milicia Nacional, en aquel distrito y manifestando haber adoptado la medida que contribuyan igualmente con 5 reales cada mes, los que se ausenten por temporadas y no se encuentren en la clase de jornaleros. Se acordó se le acuse recibo y se le diga que la Diputación no puede aprobar que los Nacionales satisfagan cantidad alguna cuando salgan temporalmente del distrito, respecto a que a la obligación de este servicio no es incompatible con que cualquiera pueda dedicarse a ganar su vida del modo que más le acomode. ------ Folla: 275 11. Quedó enterada la Diputación de comunicación del Sr. intendente, participándole el nombramiento de los individuos elegidos para componer el Juzgado de Rentas en esta provincia. ------ Folla: 275 12. Se leyó oficio del Ayuntamiento de Redondela, manifestando haber dado sus órdenes para que los individuos del Ayuntamiento de 1836 paguen mancomunadamente los 770 reales que deben rebajarse a los pueblos del repartimiento hecho del suministro de bagajes correspondiente al último tercio de 1836, y al mismo tiempo que la excusa de no haberse comprendido en el repartimiento aquella villa, en el que con motivo de sufrir continuos alojamientos y hallarse libres de igual cargo las aldeas de la comprensión del distrito, se han convenido las mismas en esta especie de pequeña indemnización; se acordó conformarse con lo que propone el Ayuntamiento mediante la avenencia de los demás pueblos contribuyentes y que se le advierta liquide los suministros de bagajes y alojamientos y solicite su reintegro por la Hacienda Militar. ------

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