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4. COMISIÓN PERMANENTE. COMISIÓN DE GOBERNO. XUNTA DE GOBERNO
1837-07-17_Ordinaria. Acta de sesión 1837/07/17_Ordinaria
Acta de sesión 1837/07/17_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.12.996/1.1837-07-17_Ordinaria
Título Acta de sesión 1837/07/17_Ordinaria
Data(s) 1837-07-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Sesión del 17 de julio de 1837 Folla: 283 (Jefe político: Gutiérrez y Caviedes. Diputados: Gayoso, Amado, González y Espinosa) 1. Se dio cuenta de instancia de Benito Padín, de Castrelo, solicitando se excluya de la paga mensual a 2 hijos inútiles para el servicio de la Milicia Nacional a quienes se les impuso como reales mensuales. Y se acordó que, habiéndose fijado la base de riqueza que debe regir para la imposición gradual en circular de 18 de junio BOP nº 47, y mediante los hijos de familia no heredados carecen de capital o bienes en que fundar la imposición como sucede a los del que expone, se declaran exentos de contribuir estando inútiles pero harán el servicio personal en otro caso. ------ Folla: 283,284 2. Se dio cuenta de oficio de fecha 14 de D. Bernardo Cobián, Depositario interino de los fondos de la Diputación, contestando al que se le pasó en 12, en el que manifiesta está pronto a otorgar las fianzas de la Depositaría con bienes propios y de su esposa, pero sin testigos de abono y otra fianza alguna. Se acordó que no pudiendo prescindir la Diputación de que la escritura de fianza se otorgue en los términos que se le previno no se admite según lo propone. ------ Folla: 284 3. En vista de lo manifestado por D. Bernardo Cobián, el Sr. González propuso como sujeto de bastante arraigo y suficiente abono a D. Juan Francisco Salgueiro, que aceptará la Depositaría bajo las mismas seguridades con que se le propuso a Cobián. En su consecuencia se acordó ofrecerle para que otorgue la correspondiente escritura de fianza hasta la cantidad de cien mil reales en dinero o ciento cincuenta mil en físicas, sin más condición que en caso de invasión de fuerza enemiga u otra ocurrencia peligrosa salvará su responsabilidad uniendo la caja de los fondos de la Diputación a la de la Hacienda Nacional a cargo suyo o de persona de su confianza. ------ Folla: 284 4. Se dio cuenta de oficio del comisionado de Inventario de Alhajas del Ayuntamiento de Vilagarcía, quejándose del cura de Rubiáns por no presentar las cuentas de la fábrica y cofradías para su examen y liquidación. Se acordó que la Junta consiguiente a la circular debe liquidar las cuentas en el estado actual que tengan los libros de contribuyentes al efecto en la parroquia por cuenta de ella misma. ------ Folla: 284 5. Se dio cuenta de oficio de la Junta para preparar el arreglo de los Tribunales y Juzgados del Reino, pidiendo informe de la conducta moral y política de adhesión a la Reina de D. José Paz y Rodríguez, Regente que fue de la jurisdicción de Melide y Deza en los años 1833 y 1834. Se acordó que habiendo desempeñado la judicatura de 1ª Instancia de esta capital [Pontevedra] en los años del 1820 al 1823, por cuya razón y conocimiento que tienen de su persona los Sres. González y Amado así como el Sr. Espinosa mientras desempeñó la Regencia de la jurisdicción de Deza, se informe con satisfacción tanto de su conducta moral y política como de su pureza e integridad. ------ Folla: 284 6. Se despacharon varias instancias de quintas concediendo suspensión de apremio para acreditar la ausencia de algunos quintos sin saberse su paradero y presentar certificados de haber entrado en suerte en otras provincias donde se hallan viviendo. ------
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Nota