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Acta de sesión 1837/10/23_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.4.1.12.996/1.1837-10-23_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1837/10/23_Ordinaria

  • Data(s) 1837-10-23 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 328 (Gayoso, Amado, Salgado, Bravo y Fontano) 1. Se leyeron los acuerdos celebrados por la Comisión de la Diputación los días 10, 11, 12, 13, 14 y 17 del mes de octubre, así como las sesiones de la Corporación reunidas en los días 9, 19, 20 y 21 de octubre que no pudieron ser aprobadas por no haber concurrido el Sr. Diputado González. ------ Folla: 328 2. Se leyó oficio del Sr. Intendente incluyendo una exposición de D. Juan Fontenla, cura de Ouzande, quejándose de que por el Alcalde ordinario de Cereixo y Juez de 1ª Instancia de Tabeirós se permite que los vecinos de algunas parroquias se nieguen a satisfacer los derechos de estola y las caridades de las cofradías, que no sean apremiados, sin embargo de las reclamaciones de los curas párrocos. Y se acordó que, por medio de circular, se haga saber la obligación de pagar unos y otros derechos y que las autoridades locales compelen al que se resista. ------ Folla: 328 3. Se dio cuenta de manifestación del Doctor D. Pedro María Fernández Villaverde y los ofrecimientos que hace a esta Corporación en obsequio de la provincia y de los vocales de aquella en particular en el encargo de Diputado a Cortes para que acaba de ser nombrado. Y se acordó que se le conteste se oyó con agrado y satisfacción la demostración de sus sentimientos hacia esta provincia y que se publique en el BOP, así como la Constitución para su satisfacción. ------ Folla: 328 4. Se acordó expedir a buena cuenta para gastos de Secretaría un libramiento de 1.000 reales. ------ Folla: 328,329 5. Se leyó la siguiente moción: "Los individuos que suscriben han visto con disgusto que a consecuencia de una reclamación dirigida a Vuestra Excelencia para que no solo se declare el destino de oficial 1º de esta Secretaría que desempeña D. José Urrutia, incompatible con la Fiscalía de Rentas, sino por puesto o separado por ofrecerse a servirlo el interesado por la 3ª parte menos de su dotación. Habiéndose resuelto por la Comisión ser incompatible fundándose en la Real Orden de 25 de julio de 1836 los que suscriben, creyendo inaplicable el espíritu de dicha disposición al caso de D. José Urrutia, y fundados en que dicha reclamación tiene el origen de una animosidad poco decorosas que no es la base de la elección para su destino la puja de su dotación, sino los méritos personales; y por último que esta Corporación no debe proceder por excitaciones de igual origen y naturaleza, cuando la Secretaría o su Jefe nada reclama contra el oficial 1º, proponen a VE se digne dejar sin efecto la resolución de la Comisión ó resolver lo que vea mas arreglado como acostumbra". Pontevedra, 23 de octubre de 1837. Admitida se acordó que en al 1ª reunión de Sres. Diputados que formen Corporación se dé cuenta. ------

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