Fondos
1836-03-09_Ordinaria. Acta de sesión 1836/03/09_Ordinaria
Acta de sesión 1836/03/09_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-03-09_Ordinaria
Título Acta de sesión 1836/03/09_Ordinaria
Data(s) 1836-03-09 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 23 Subdivisión de varios Partidos Judiciales. 1. Se leyó por el Secretario un oficio del Gobernador civil fecha de ayer a que acompaña dos legajos marcados con los números 1º y 2º, comprensivo aquel de once expedientes formados de otros tantos partidos judiciales con objeto de subdividir cada uno de ellos en Ayuntamientos de cierta estimación y número de vecinos entre los cuales pueda hallarse con mas facilidad personas, actas para ser elegidos concejales a fin de proporcionar todas las ventajas que pueda producir la mejor organización de estas Corporaciones o Cuerpos, salvando los inconvenientes que ofrecía de llevar a efecto la primera parte del art. 4º del Real Decreto de 23 de julio último, y el segundo del varias exposiciones de diferentes pueblos de esta provincia solicitando que en atención a reunir los cien vecinos conforme al Real Decreto indicado se les concede la formalización de un Ayuntamiento particular y enterada la Diputación acordó que cada uno de los Sres. Diputados recoja el expediente de su respectivo partido y examinados con detención informe acerca de la subdivisión de Ayuntamientos que en cada uno de ellos se haya designado por las Comisiones nombradas anteriormente por el Sr. Gobernador civil al efecto, así como acerca del número de vecinos de que conste cada pueblo. ------ Folla: 23,24 Elaboración de Censo exacto para la subdivisión de varios partidos judiciales. 1. Siendo necesaria la elaboración de un censo exacto para determinar el número de vecinos de que conste los pueblos, trabajo de que deberá ser entregado por los Ayuntamientos al Sr. Diputado del respectivo partido, a quien se autoriza para que, valiéndose de los medios mas oportunos que le sugiera su ilustración y celo, procure rectificarlo y presentar en la segunda apertura de las sesiones que deben comenzar en el mes de julio próximo el resultado de sus trabajos: que se de conocimiento de esta determinación al Sr. Gobernador civil y que respecto los Srs. Diputados por los partidos de Lalín, A Lama, Caldas y Redondela no se hallan presentes se oficie al mismo Sr. Gobernador para que se sirva disponer, se verifique su presentación antes del día 20 del corriente, o la de sus suplentes en caso de legítima imposibilidad de aquellos. ------
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Nota