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Acta de sesión 1836/06/17_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-06-17_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1836/06/17_Ordinaria

  • Data(s) 1836-06-17 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 53 1. Se leyó por el Secretario un oficio del Sr. D. Manuel Rubín, Diputado por el partido de Redondela, fecha de ayer en que contestando al de convocatoria que se le pasó por el Sr. Gobernador Civil manifiesta la imposibilidad de concurrir por ahora a esta capital según se le previene por subsistir aun la causa física que le obligó a retirarse a su casa antes de concluir el primer período de sesiones de esta corporación, pero que vendrá gustoso a desempeñar el encargo con que le ha honrado aquel partido al punto que logre algún alivio según se lo dictan sus sentimientos y celo por el bien público y convencida la Excma. Diputación la vecindad y certeza de cuanto expone dicho Sr. Diputado, acordó se oficie al Sr. Gobernador Civil para que se sirva convocar al suplente por el mismo partido con la brevedad posible. ------ Folla: 53,54 2. Manifestó el Sr. Presidente no haber recibido contestación alguna del Sr. Vocal por el partido de Caldas de Reis, D. Lorenzo Varela y Sarmiento, al oficio de convocatoria de fecha 7 del corriente que se le había pasado y persuadida la Excma. Diputación que esta falta, así como la de la presentación de dicho Sr. Diputado, habrá pendido tal vez de algún trastorno o atraso en el recibo de dicha convocatoria, acordó se le oficie nuevamente por duplicado con dirección a la Villa de Caldas, lugar de la Buzaca en donde tiene su casa y es vecino y a la ciudad de Santiago en donde, por noticias particulares, se sabe permanecía hace poco, excitando su celo para que con la urgencia posible concurra a tomar parte en los graves trabajos que pesan en el día sobre esta corporación. ------ Folla: 54 3. El Gobernador Civil Presidente manifestó haber adoptado preventivamente varias medidas para facilitar el mejor cumplimiento de la Real convocatoria a Cortes de 24 de mayo último y Real Decreto de 28 del mismo, relativas a la formación de listas de mayores contribuyentes por la Juntas de partido y notándose no haberse prevenido a dichas Juntas incluyesen en el pago de contribuciones lo que los pueblos satisfacen en todo o en parte por encabezamiento cuando sus arbitrios no alcanzan a cubrir lo estipulado con la Real Hacienda, acordó la Diputación se haga saber a las indicadas Juntas de partido que deben tomar en consideración para la formación de las referidas listas además de lo que cada vecino pague por razón de utensilios, recargo frutos civiles, subsidio industrial, lo que satisfaga también por aquel concepto con cuya adicción quedaron aprobadas por la misma las indicadas medidas circulares en el BOP nº 46, dándose inmediatamente por propio conocimiento de esta resolución a las expresadas Juntas. ------

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