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Acta de sesión 1836/07/28_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1836-07-28_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1836/07/28_Ordinaria

  • Data(s) 1836-07-28 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 97 1. Examen del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de CODESEDA que asciende a 835 reales. La Diputación acordó manifestar por dictamen puesto a su continuación que no halla reparo en que se aprueben las cantidades que comprenden la inversión en los objetos a que se estiman, ni menos que dicho Ayuntamiento proceda a repartirlas en los pueblos de su compuesto, justificando su inversión en las cuentas generales que remita a fin de año. ------ Folla: 97 2. Examinado el presupuesto de gastos del Coto de O VISO, importante 1.425 reales y 10 maravedís, acordó la Diputación que podría aprobarse rebajando la partida de 640 reales que en los gastos ordinarios se señalan para dotación de secretario a 600 y la partida 12 de 190 reales. Que en los extraordinarios se designan para peones. volantes rebajarla también a 90 reales, con lo que queda reducida y la suma citada de 1.425 reales y 10 maravedís a 1.285 reales y 10 maravedís que podrá repartirse, debiendo justificarse su inversión a debido tiempo. ------ Folla: 98 3. Revisado el presupuesto de gastos del Ayuntamiento de PETÁN y lo que en su virtud ha informado por la Contaduría de Propios en 30 de junio de último, acordó la Diputación que puede aprobarse y repartir el Ayuntamiento la cantidad de 590 reales a que asciende justificando la inversión según corresponde. ------ Folla: 98 4. Visto el [presupuesto de gastos] formado por el Ayuntamiento de A CAÑIZA en 19 del mes pasado y hecha cargo la Diputación de los reparos que ofrece la Contaduría de Propios, acordó atendiendo a que son solo dos parroquias las que comprende dicho Ayuntamiento y a lo gravoso que le sería sufrir un reparto como el de 7.530 reales que se presuponen, reducirlo a 1.800 reales y 4 maravedís rebajando las partidas siguientes: en los gastos ordinarios señalar solo 1.100 reales para dotación de secretario; en los extraordinarios: 100 reales para correspondencia de oficio, otros 100 para libros de acuerdos, nacidos, casados y muertos; 50 reales para estante o archivo, 60 reales para dos mesas, 20 para un banco y dos sillas y 60 para papel común y de oficio, luz, tinta, arenilla y obleas. Con estas modificaciones suman las cantidades aprobables, 1.800 reales y 4 maravedís que podrán repartirse justificando su inversión en la forma y tiempo oportuno. ------ Folla: 98 5. Acordó la Diputación respecto al presupuesto [se gastos] del Ayuntamiento de CRECENTE que podía aprobarse rebajando solo a 160 reales los 200 que se piden para correspondencia oficial, quedando por consiguiente reducida la suma de 3.365 reales y 22 maravedís que se presuponen a 3.325 reales y 22 maravedís, que podrán repartirse y acreditar su inversión en la forma acordada. ------ Folla: 98 6. Acuerdo de la Diputación respecto del presupuesto [de gastos] formado por el Ayuntamiento de San TOME DO MAR, que se halla arreglado podía aprobarse rebajando solo a 1.100 reales los 2.196 que se marcan para dotación de Secretario. Igualmente se ha enterado la Diputación de un oficio separado fecha 11 del actual en que el Presidente del referido Ayuntamiento de San Tomé do Mar pregunta como debe ser satisfecho el Secretario de su dotación del año último al respecto de 5 reales diarios y el de 6 lo que va corrido del presente. Acordó la Comisión prevenir a dicho presidente que dirija esta pretensión por expediente separado y que manifieste la autoridad que en el año anterior concedió los cinco reales diarios al Secretario con lo mas que se consecuente a acreditar la legitimidad del crédito. ------ Folla: 98,99 7. Revisión del presupuesto de gastos del Ayuntamiento de SAXAMONDE, importando a 2.318 reales y 24 maravedís. Debe rebajarse a 1.261 reales y 24 maravedís, aprobándole como más indispensables y para los objetos que se marcan las cantidades siguientes: por gastos ordinarios 300 reales para dotación del Secretario, 100 para alquiler de casa y 39 reales y 10 maravedís para los Boletines Oficiales y correo. Por los extraordinarios se le señalarán 166 reales y 14 maravedís para libros de nacidos, casados, muertos y expósitos, 100 reales para papel blanco y de oficio, tinta, arenilla y oblea, y 200 reales para la construcción de barracas de abrigo de las guardias establecidas en varios puntos, quedando dicho presupuesto como poco necesarios por ahora, pudiendo desde luego el Ayuntamiento proceder al reparto de los expresados 1.261 reales y 24 maravedís a que asciende la suma de las aprobadas, acreditando bajo toda responsabilidad su legítima inversión al remesar las cuentas generales de fin de año. ------ Folla: 99 8. Examen del presupuesto de gastos de O PORRIÑO para el presente año y el informe de la Contaduría de Propios. Acordó la Diputación declarar excesivas las más de las partidas en proporción al miramiento a que son acreedores los pueblos para minorar en lo posible todo repartimiento y de consiguiente que deben reformarse dichos gastos a lo siguiente: gastos ordinarios para dotación del Secretario 2.200 reales, para la de Alguacil Portero 365 reales, por cuidar el reloj 160 reales y para BOP 550 reales, según presupone. Gastos extraordinarios, para correspondencia de oficio 200 reales, para libros de acuerdos, nacidos, casados y muertos 160, para papel común y de oficio, luz , tinta, plumas, arenilla y oblea 200 reales, quedan reducidos los 6.370 reales que pide el Ayuntamiento a 3.835 reales que podrá repartir entre los pueblos de su conjunto si carece de otros arbitrios, documentando su inversión a la remesa de cuenta general del fin de año. Adviértase a dicho Ayuntamiento que con respecto a los 360 reales que dice necesitar para la composición y reparos de la Cárcel y Sala Consistorial, debe formar expediente separado en que conste la necesidad de estas obras, su importe y mas que corresponde y de hecho, remitirlo para la correspondiente aprobación. ------ Folla: 99,100 9. Examen del presupuesto del Ayuntamiento de CEDEIRA y acordó la Diputación podría aprobar en la forma siguiente gastos ordinarios, rebajar la 1ª partida de 720 reales para dotación de Secretario a 300 reales, aprobar la 2ª de 120 reales para alquiler de casa, la 3ª de 40 reales para Alguacil Portero y la 5ª de 55 reales y 2 maravedís para el Boletín Oficial, suprimiéndose la 4º de 70 reales para dotación de sacristán. Gastos extraordinarios: son aprobables la 1ª partida de 75 reales para correspondencia oficial y la 2ª de 60 para libros de acuerdos, nacidos, casados y muertos, se suprimirá la 3ª de 100 reales para un estante o armario y reducirá la 4ª de 130 reales para papel común y de oficio, tinta, plumas, arenilla y obleas a 100 reales. No es de abono la última de 120 reales para socorro de un preso pues deben satisfacerse de los fondos generales de gastos de Justicia o penas de Cámara, según previene la Real Orden de 19 de julio de 1832. Componen las partidas aprobables 750 reales y 2 maravedís que el Ayuntamiento de Cedeira podrá repartir acreditando su inversión a fin de año. ------ Folla: 100 10. Examen del presupuesto del Ayuntamiento de Vilavella de REDONDELA y acordó la Diputación podría aprobar los gastos ordinarios según se expresan y suprimirse en los extraordinarios las cuatro últimas partidas a saber: la de 24 reales y 17 maravedís para pago de cinco por ciento a la Real Hacienda por arbitrios municipales, respecto a que en su caso deberá figurar en las cuentas de cargo y data; la de 1.040 reales para composición de calles y fuentes por no estar justificada su necesidad y más requisitos; la de 72 reales para la lactancia de un expósito; y la de 1.295 reales para cubrir la cuota del encabezado de aguardiente para cuyo abono podrá el Ayuntamiento formar expediente y dirigirse a quien corresponde. Importan las cantidades aprobables 507 reales y 4 maravedís que podrán repartirse entre los vecinos del compuesto del Ayuntamiento si carece de otro arbitrio y justificar la inversión en la forma acordada. ------ Folla: 100 11. Reconocimiento de una relación de gastos municipales del Ayuntamiento de PRIEGUE y PANXÓN, aunque sin fecha ni más autorización que haberla remesado el Sr. Gobernador Civil entre otras con oficio de 5 del corriente y acordó la Diputación que la suma total de 1.663 reales que en aquella aparece debe reducirse a la de 993 señalando en los gastos ordinarios 600 reales para dotación de Secretario; 60 reales para alquiler de Casa Consistorial,y 33 reales para el BO. Los gastos extraordinarios 100 reales para correspondencia de oficio, 100 para libros de acuerdos, nacidos, casados y muertos, y otros 100 reales para papel común y de oficio y más que expresa, cuyo total expresado de 993 reales podrá repartirse y justificar su inversión en la forma acordada con respecto a los demás Ayuntamientos . ------ Folla: 100 12. Acuerdo de que se oficie al Ayuntamiento de esta ciudad [Pontevedra] para que se sirva franquear el salón de la Casa Consistorial para la celebración en el día de mañana el escrutinio de las elecciones para Procuradores a Cortes. ------

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