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1837-06-07_Ordinaria. Acta de sesión 1837/06/07_Ordinaria
Acta de sesión 1837/06/07_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/1.1837-06-07_Ordinaria
Título Acta de sesión 1837/06/07_Ordinaria
Data(s) 1837-06-07 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 174,175 1. Reunidos los Sres. (Jefe Político Gutiérrez de Caviedes, Intendente Sainz ? y los Diputados: Cadabal, Gayoso, Orrea, Amado, Salgado, Villa y González) se dio cuenta con preferencia a todo asunto urgente que espera el acuerdo de la Diputación de la Real Orden de 30 de mayo, por la que S.M. recordando la de 15 de abril, aclaratoria del decreto de 6 de octubre del año 1836, sobre inventarios de alhajas de oro y plata de las iglesias e intervención de sus rentas, prevenía su cumplimiento en el término de un mes, y habiendo transcurrido el plazo sin haber manifestado la ejecución de lo dispuesto por las Diputaciones ni expresado las causas, manda S.M. que a vuelta de correo den cuenta las Corporaciones del estado de este trabajo o lo remitan si estuviese concluido, exponiendo en aquel caso los motivos de la demora y que el Sr. Jefe Político manifieste lo que juzgare oportuno para conocimiento de quien principalmente haya contribuido a ello. En su vista enterada la Diputación acordó que se conteste al Sr. Jefe Político para que lo eleve a S.M., que habiéndose verificado tan luego se recibió el precitado Real Decreto de 6 de octubre por comisionados nombrados por la Diputación y Junta de Armamento extinguida, los inventarios de alhajas de todas las Iglesias de la Provincia y faltando en algunas la liquidación de sus rentas, así como de la Cofradías, se ocupa la Corporación en dar cumplimiento a la RO aclaratoria de 5 de abril, que por haber suspendido sus sesiones la Diputación no pudo tener efecto, pero la ultimará con preferencia a los asuntos numerosos que pesan sobre su cuidado. Lectura de los dictámenes de los Sres. Gayoso y Cadabal, presentados para el exacto cumplimiento de la citada RO de 5 de abril y como en su artículo 3º se disponga nombrar una Comisión para determinar lo necesario para el culto, mantenimiento de sus ministros, a la que debe pertenecer un comisionado por la Diputación, se acordó que aquella sea por distritos municipales y que los Sres. presentes designen el sujeto que ha de comisionar la Corporación cuyo nombramiento deberá quedar hecho en la sesión de mañana para acordar lo más que sea consiguiente a ultimar tan recomendado asunto por S.M. ------ Folla: 175 2. Se dio cuenta de Real Orden de 27 de mayo que traslada el Sr. Jefe Político en 6 del actual, incluyendo un ejemplar del reglamento interino de las escuelas normales, siendo la voluntad de SM que la Diputación verifique a la mayor brevedad si no lo hizo ya el nombramiento de dichos dos alumnos que han de concurrir a dicho establecimiento remitiendo nota de ellos a la Secretaría de la Gobernación. ACORDÓ la Diputación quedar enterada y, a fin de proceder al nombramiento de dichos 2 alumnos con las circunstancias que se requieren, se circule si no se ha hecho ya la RO de 8 de mayo que lo previene, les invite a los jóvenes de esta provincia que se hallen adornados de las cualidades que prescribe, dirijan sus solicitudes a esta Diputación francas de porte, en el improrrogable término de ocho días, a fin de cumplir lo mas que dispone SM sobre el particular. ------ Folla: 175 3. Quedó enterada la Corporación de Real Orden de 19 de mayo, que traslada el Excmo. Sr. Capitán General en 31, por lo que SM no ha tenido a bien acceder a la solicitud de D. Evaristo Taboada, natural de esta ciudad de Pontevedra pidiendo la exención de la suerte de soldado que le ha cabido por Nacional movilizado. ------ Folla: 175 4. Quedó enterada la Corporación de Real orden de 18 de mayo que traslada el Sr. jefe político en 1 de junio, determinando SM, en virtud de exposición del Ayuntamiento de Madrid, que la presidencia de las funciones del Corpus o en cualquiera otra pública la presida el Sr. Jefe Político, y no habiéndolo propietario ó interino con nombramiento Real y asistiendo la Diputación corresponde al Intendente como vicepresidente de la Corporación. ------ Folla: 175 5. Acordó la Diputación pasar a la Comisión de Quintas para que exponga en su vista acerca de la Real Orden de 27 de marzo último que traslada el Ayudante militar de Marina de Pontevedra, declarando SM que los matriculados que se hallen en próximo turno para el servicio de mar, deben ser exceptuados del servicio de quinta por la suerte que les haya correspondido, pidiendo en su consecuencia el referido Ayudante de Marina de esta capital la persona del grumete Ignacio Antonio da Pena, quinto por la villa de Marín, a que no tuvo a bien la Corporación acceder por su reclamación de 6 de diciembre último. ------ Folla: 175,176 6. Acordó la Diputación que la Secretaria dé cumplimiento a la Real Orden de 26 de marzo, haciendo extensivo el Real Decreto de 19 de septiembre de 1936, sobre el descuento gradual de sueldos desde el 1 de octubre del mismo años a las Diputaciones provinciales, pidiendo en su consecuencia que el Sr. Jefe Político que en el término de ocho días se remitan las listas nominales de los dependientes de la Diputación, y a la Comisión de pagaduría el importe de los descuentos desde la citada fecha de 1 de octubre, de los que excedan de 4.000 reales. ------ Folla: 176 7. Se dio cuenta de Real Orden de 8 de marzo,en la que previene S.M. el reintegro a los fondos de la carretera de Vigo a Castilla por las Diputaciones y Juntas de Armamento de Ourense y esta provincia, de que hayan usado con motivo de las urgencias de la movilización de la Milicia Nacional, en virtud de queja de la Junta directiva de dicha carretera, así como del oficio de esta de 28 de mayo que traslada el Sr. Jefe Político en 5 del actual, excitándola para que contribuya a la recaudación del descubierto en que se hallan los fondos señalados, por los Partidos de Pontevedra, Tabeirós y Lalín, a fin de poder emplearlos en la roturación y satisfacer los terrenos por donde tiene que pasar, recomendando con esta motivo la utilidad general de la conclusión de dicha obra. Aprobó la Corporación que la referida RO y oficio trasladado de la Junta directiva pase a la Comisión especial compuesta por los Sres. Gayoso y González, a la que se agregará el Sr. Cadabal para que con presencia de una y otra, como igualmente de los antecedentes sobre esta asunto presenten su dictamen. ------ Folla: 176,177 8. Se leyó dictamen de los Sres. Gayoso y González, sobre el camino de Pontevedra al puerto de Marín, siendo de opinión que se den las disposiciones convenientes para la apertura de dicho camino, hasta los molinos de Muíños, hasta cuyo punto convienen los trazados que los ingenieros a cuyo examen se ha concluido la obra por diferentes reales órdenes. Acordando la Diputación: 1º Proceder en la mayor brevedad posible a ejecutar dicha apertura hasta el punto indicado. 2º que se empleen en dicha obra los fondos recaudados de los arbitrios impuestos hasta el 1 de noviembre de 1836, desde cuya fecha hasta otra igual del corriente están destinados en equivalencia de los arbitrios extraordinarios para las urgencias del Estado, cuya cuenta cuidan al Depositario de esta Corporación dentro de ocho días, precedida liquidación por una Comisión de la misma compuesta de los Sres. Amado y Salgado, entregando lo que resulte hasta el día los que sean de los de Marín, conforme a lo acordado por la Junta de Armamento y Defensa al establecerlos. 3º Que se satisfagan los terrenos a los dueños de los que se hagan uso de ellos para esta obra, estando convencidos y conformes en el precio, ejecutando en caso contrario los dispuesto en la Ley de Expropiación. ------
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