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Acta de sesión 1838/01/08_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/2.1838-01-08_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1838/01/08_Ordinaria

  • Data(s) 1838-01-08 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 1 1. En la ciudad de Pontevedra, en la sala de sesiones de la Diputación se reunieron: Joaquín Pardo, Secretario del Gobierno Político; Sebastián Cuestas, José Andrés Gayoso, Eugenio de Torres Moreno, Pablo Rovira, Juan Caballero, Atanasio Fontano, Benito Espinosa Varela, Lorenzo Varela [y Sarmiento] y José Araujo Alcalde, Diputados provinciales electos. El encargado del Gobierno Político manifestó su satisfacción por hallarse reunidos los representantes de esta provincia y los beneficios que la misma se promete de la ilustración, celo y patriotismo que distingue a tan dignos individuos esperando dedicar sus trabajos para hacer conocer a sus representados las mejoras del Gobierno que nos rige bajo la Ley fundamental sancionada por SM en la Constitución de 1837. El Sr. Cuesta usó de la palabra para manifestar los principios de orden, paz, justicia y unión que animan a todos los individuos electos para formar la Diputación para dedicar a personas y pueblos la felicidad de la provincia. Presentada las propuesta y principios portados los Diputados, continuo el Sr. Cuesta que, verificada la reunión de los Sres. que la forman en cuerpo provincial, debía ser primera atención nombrar su cabeza que es el Presidente, ya por que desgracia carecía la provincia de los 2 Jefes político y administrativos marcados por la ley que in ánimo de dirigirse hacia las personas, sino por el lugar que deban ocupar había meditado sobre el particular y diría que no estando determinada la presidencia de la Diputación en el artículo 1º del Decreto del 13 de septiembre último, sino tan solo las personas de que deban componerse la corporación, era indispensable observas las leyes y decretos anteriores según los dispone el 7º. Por el artículo 248 de la ley de 3 de febrero de 1823 y el 332 de la constitución de 1812, no obstante que por aquel , el secretario del Gobierno Político, hace las veces de Jefe en vacante no habiendo Intendente en propiedad y por este faltando los dos antedichos se dispone que presida la Diputación el vocal primer nombrado, se marca en el caso presente bien claramente el que debe presidir actualmente esta Diputación por ser el mismo que explican los dos artículos citados de la ley se 3 de febrero y Constitución de 1812; por tanto opina que no crea autorizado para presidir la Diputación el encargado del Gobierno político, ni el de la Intendencia por no ser Jefes en propiedad sino por el 1º diputado nombrado, pero si asistir a las sesiones como agentes del Gobierno, y como por la lección directa no pueda saberse cual de los Diputados haya sido nombrado primeramente como sucedía en la indirecta al de mayor edad según se observa en tales casos debía corresponderle la presidencia. Fue apoyad esta opinión por Varela añadiendo otras razones en su comprobación. contestó el encargado del Gobierno político, que como secretario no pertenecía a la Diputación. La Ley le reconoce como Jefe en ausencia del nombrado; por consiguiente desempeñando las funciones de este en la actualidad le correspondía la presidencia de la Diputación provincial. Después de varias contestaciones entre los señores diputados y encargado del gobierno político, se acordó por aquellos que el de mayor edad presidiese, y que este podía asistir como uno de los señalados en el artículo 1º del Decreto de 13 de septiembre precitado. Habiendo resultado en el diputado de mayor edad José Andrés Gayoso, se resolvía corresponderle la presidencia. ------ Folla: 2 2. También se acordó igualmente para los casos que puedan ocurrir se clasifiquen por edad todos los diputados presentes y se verificó del modo siguiente: Gayoso, Cuesta, Torres Moreno, Rovira, Caballero, Espinosa, Fontano, Varela, Araujo y Alcalde. ------ Folla: 2 3. Cuesta volvió a tomar la palabra haciendo presente que sólo han concurrido 9 diputados para instalar la Diputación debiendo verificarlo 11 igual al de partidos judiciales de que se compone la provincia, y pedía que se dijese la causa de esta falta. ------ Folla: 2 4. El encargado del Gobierno Político contestó no se habían convocado los diputados de Pontevedra y Tabeirós, el 1º a causa de la protesta pendiente sobre quien debe ser el nombrado entre Claudio González y Fernando Sarabia de cuyo incidente se diera conocimiento por el gobierno político al de SM; y el 2º por que la junta general de escrutinio de partido tenía consultado a la Diputación y por no haber deliberado se ignoraba quien fuese electo. En vista de esta contestación se acordó que por el Jefe político se oficie de que prevenga al alcalde de Cereixo, reúna la junta de escrutinio general del partido y conforme a la ley electoral decida la duda que se le ofrece sobre la elección de diputado provincial, presentándose con la correspondiente credencial el que haya declarado representante de dicho partido. Y con respecto al de Procurador así mismo oficie para que se presente igualmente el que la junta de escrutinio general del partido le declaró diputado. ------ Folla: 2 5. El encargado del gobierno político manifestó que según el expreso de la modificación 11ª de la Real Orden de 6-11-1837, para que los diputados entraran a ejercer su cargo debían prestar el juramento presentó en el Real Decreto de 19 de junio del año 1837. Conformes los señores, poniendo la mano derecha sobre los Santos Evangelios juraron, guardar y hacer guardar la Constitución de 1837 y ser fieles a la Reina. ------ Folla: 2 6. Por el encargado del Gobierno político se propuso el examen de las actas de elecciones en conformidad de lo dispuesto en la ? modificación 12ª de la Real Orden precitado de 6 de noviembre; pero atendiendo a que no se halla presente el diputado por Pontevedra y que concurriera a la sesión de mañana en virtud de lo acordado, se suspendió el sorteo de los 3 individuos que han de formar la comisión, de cuya operación se ocupará la Corporación el día de mañana a cuyo fin acordaron reunirse a las 9 de aquella y Se levantó la sesión. ------

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