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Acta de sesión 1838/08/30_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/3.1838-08-30_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1838/08/30_Ordinaria

  • Data(s) 1838-08-30 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 5,6 1. Oficio de D. Francisco Javier Bravo y D. José la Riva, dos de los comisionados nombrados para asistir en representación de los comerciantes e industriales de esta provincia al dividendo del cupo cargado al comercio e industria de Galicia en la contribución extraordinaria de guerra, acompañando copia del voto particular presentado por el primero en la Junta Consular de A Coruña, al que se adhirió el segundo y D. Juan Godoy, otro de los individuos también del comercio de esta provincia, manifestando los motivos que tuvieron los tres para no esperar ni conformarse en las bases en que aquella junta proyectaba en las sesiones que al efecto tuvieron, fundar el expresado dividendo a fin de que tenga conocimiento de sus operaciones esta Diputación, la que acordó nombra una comisión compuesta de los Sres. Rovira, Rubín y Fontano para que expongan su dictamen en vista del mencionado oficio y documentos que le acompañan, mencionando oficio y documentos que le acompañan. Sin perjuicio y para mayor conocimiento acerca del particular que se oficie al Sr. Intendente de A Coruña para que se sirva remitir copia certificada del acta de repartimiento celebrado para la Junta Consular, así como del que en conformidad del Real Decreto de 22 de noviembre de 1825 sobre el subsidio de comercio se celebró en febrero de 1826 con asistencia de los comerciantes en representación de los partidos administrativos de que entonces de componía Galicia. ------ Folla: 6 2. Para verificación por la Diputación el repartimiento del cupo que corresponda para la contribución extraordinaria de guerra del comercio e industria de la provincia, acordó proceder al nombramiento de los seis asociados que en conformidad de lo que previene el artículo 15 de la ley de 30 de junio; en su consecuencia por unanimidad se nombraron por la clase de comercio: D. Francisco Javier Bravo, del comercio de Pontevedra; D. Ramón Torres de Caldas; D. José Portela de Tui. Por la industria material a D. Vicente de Vicente, de Vigo y a D. Juan Godoy, de Vilanova de Arousa. Por industria intelectual al Licenciado D. José María Maquieira, de Ponteareas. ------ Folla: 6 3. Dación de cuenta a petición del Sr. Fontano de la Real Orden de 20 de julio por la que Su Majestad entre otras cosas dispone que se reorganice la Junta Directiva de Caminos establecida en Ourense, componiéndose en lo sucesivo de dos individuos nombrados por esta Diputación provincial y otros dos por la de Ourense y del Jefe Político presidente, pidiendo que se proceda a dar cumplimiento a lo que SM dispone. En su consecuencia se acordó por unanimidad nombrar al Sr. D. Lorenzo Varela [y Sarmiento], individuo de esta Corporación y D. Manuel Bárcena, del comercio de Vigo, a quienes se le oficie, como igualmente a los Sres. Jefe Político de esta provincia y de la de Ourense para su conocimiento. ------ Folla: 6 4. Propuesta del Sr. Intendente, y a fin de concluir el expediente sobre la distribución de este edificio y de su interior, se acordó nombrar al Sr. Espinosa para que en unión de Su Señoría el Sr. Jefe Político se ocupen de este trabajo. ------ Folla: 6 5. Expedición de cuenta para gastos de Secretaría por la cantidad de 2.500 reales. ------ Folla: 7 6. Dación de cuenta por la Comisión de Propios del expediente de propuesta de arbitrios para el Ayuntamiento de Ponteareas para dotar una plaza de médico para la villa, dos maestros de primera educación para niños de ambos sexos, conservación del reloj y reparación de calles y fuentes; en conformidad de su dictamen y de las facultades que los artículos 96 y 97 de la ley de 3 de febrero de 1823 concede a las Diputaciones, acordó ésta la imposición de una sisa de dos onzas al cuartillo de vino que se venda al por menor en los puestos públicos de dicha villa de Ponteareas; que el Ayuntamiento proceda a su arriendo por los meses que restan del presente año, verificando igual cooperación por el mes de noviembre para el año próximo, remitiendo a la aprobación los expedientes originales antes del otorgamiento de la secretaría; que así mismo por medio del correspondiente expediente con la debida publicidad a fin de provistar las plazas de médico y maestro. Y por último como resolución interina y según previene el artículo 98 de la expresada ley, diríjase el expediente original, quedando copia al Gobierno de SM para su aprobación. ------ Folla: 7 7. Se dio cuenta por la Comisión de Fomento de su dictamen acerca de la copia de exposición del Ayuntamiento de Redondela, pidiendo a Su Majestad se habilite aquel puerto para el comercio de cabotaje, que dirige el Sr. Intendente para que esta Corporación le manifieste respecto a dicha pretensión lo que se le ofrezca y parezca, a fin de evacuar el informe que le pide la dirección general de aduanas y resguardos; conforme la Diputación con el dictamen de la Comisión, acordó que se apoye la pretensión del Ayuntamiento de Redondela. ------ Folla: 7 8. Exposición del Sr. Fontano, de que por el presidente del Ayuntamiento de Baiona se mandaron derramar unos frondosos robles que hay en el Campo de A Palma de dicha villa, ignorándose la inversión del producto y acordó se oficie al Ayuntamiento para que manifieste si se ha formado expediente par a dicha derrama, con que autorización y el producto que haya dado. ------ Folla: 7 9. Real Orden que traslada el Sr. Intendente para que, oyendo a esta Diputación, informe acerca de una exposición del Ayuntamiento de Vigo dirigida a Su Majestad, pidiendo el restablecimiento de las Subdelegación de Rentas, y se declare cabeza de partido. Para evacuarlo se acordó que la Comisión de negocio general presente su dictamen. ------ Folla: 7 10. Expediente instruido a solicitud de D. Antonio María Barrera, de la villa de Fefiñáns, pidiendo se le rebaje la retribución mensual como exceptuado de la Milicia Nacional, con presencia de lo que informa el Ayuntamiento y el dictamen de la Comisión, se acordó rebajar dicha imposición a la cantidad de cinco reales y 26 maravedís. ------ Folla: 7,8 11. Expediente instruido por el Ayuntamiento de Bouzas estableciendo los arbitrios siguientes: medio real sobre cada carro de abono de mar que salga cargado de la villa. 8 maravedís sobre el que entre, salga o transite con cualquier carga. Dos maravedís al que lo haga sin carga alguna. Dos reales por cada vaca de peso de doce arrobas que se mate y venda en la villa, cuyo producto ascenderá a la cantidad de trescientos dos reales y veinte maravedís; a fin de recomponer la calle principal ,y conforme la Diputación con el dictamen de la Comisión, se acordó que se devuelva dicho expediente al Ayuntamiento para que se exponga al público los arbitrios que se solicitan, remitiendo certificado con su devolución de haberlo efectuado sin perjuicio de lo cual lleve a debido efecto lo acordado, rindiendo cuentas de su inversión. ------ Folla: 8 12. Solicitud de D. Manuel López y otros varios vecinos de la parroquia de O Rosal, solicitando se les faculte para formar un afanegado, la que dirige el Ayuntamiento de A Guarda para resolución conveniente; y se acordó en conformidad del dictamen de la Comisión acceder a lo que solicitan los vecinos de O Rosal a cuyo fin se le comuniquen las prevenciones generales sobre el particular. ------ Folla: 8 13. Oficios del Sr. Jefe Político relativos a la lactancia de los niños expósitos que le Ayuntamiento de Redondela tiene ajustado con varias nodrizas, a fin de que la Diputación resuelva si estando acordado en cuanto a Juana Casal para que se pague mensualmente de los fondos de propios, deberá entenderse con respecto a las demás que se hallen en igual caso, y se acordó que se les satisfaga a las demás lo mismo que a ésta, puntualmente sus mensualidades. ------ Folla: 8 14. Traslación al Sr. Comandante General el oficio del Alcalde de Baiona, quejándose del Gobernador por que no permite extraer la piedra de los edificios de propiedad particular arruinados dentro del castillo. ------ Folla: 8 15. Unión al listado de la contribución de subsidio industrial y comercio el oficio del Sr. Administrador de Rentas de la provincia que traslada el Sr. Intendente por el que manifiesta la equivocación por deuda en la cantidad de 10.000 reales menos con que aparece la ciudad de Pontevedra. ------

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