Fondos
1839-02-06_Ordinaria. Acta de sesión 1839/02/06_Ordinaria
Acta de sesión 1839/02/06_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.996/3.1839-02-06_Ordinaria
Título Acta de sesión 1839/02/06_Ordinaria
Data(s) 1839-02-06 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 36 1. Oficio del Sr. Jefe Político, para que esta Corporación se sirva informarle acerca de la moralidad, aptitud y demás circunstancias de D. Antonio Portela, abogado de Tui; y se acordó manifestarle que no solo ejercita su profesión con buen concepto, sino que se halla altamente comprometido por las actuales instituciones. ------ Folla: 36 2. Oficio del Ayuntamiento de Tui, manifestando que los nacionales de aquella ciudad, de quienes dispuso el Sr. Gobernador militar la noche del 8 de diciembre para obrar en unión con alguna fuerza del Provincial de Monterrei contra el cabecilla Guisande fuera del distrito, reclaman su haber, consultando de donde ha de satisfacerles respecto el fondo de retribuciones apenas alcanza para las atenciones comunes; y la Corporación acordó que el Ayuntamiento se arregle a lo dispuesto en el Decreto inserto en el BOP nº 38 del año 1837, satisfaciendo previamente el fondo de exceptuados de Milicia Nacional los haberes indicados, después de practicadas las formalidades oportunas, cuyo fondo será reintegrado de las contribuciones en que se abonan las cartas de pago expedidas por la Hacienda Militar. ------ Folla: 36 3. Oficio de José Oitavén, hijo de Manuel, vecino de la parroquia de San Martiño de Coia, pidiendo que se prevenga al Ayuntamiento de Bouzas reforme el alistamiento y sorteo de la expresada parroquia y con vista de lo expuesto por el Ayuntamiento en el particular, se acordó declarar no hallarse comprendido este interesado en la exención del artículo 34 de la ley de reemplazos, que aquella municipalidad proceda a verificar el sorteo supletorio con arreglo a la misma en la edad que le corresponda, previniéndole que en lo sucesivo sea más circunspecto y cuidadoso al verificar el alistamiento, teniendo presente lo que dispone el artículo 9 de aquella. ------ Folla: 36 4. Oficio del Excmo. Sr. Capitán General de Galicia, fecha de 6 de febrero, trasladando una Real Orden en la que Su Majestad ha llegado ha entender que en el uso del derecho de institución que la ley de reemplazos concede a aquellos a quienes llama la suerte al servicio militar en las quintas para el reemplazo del ejército, las combinaciones del interés privado han podido introducir abusos que puedan comprometer su buena moralidad y disciplina, presentando en sus filas como aptos para el servicio a algunos sustitutos destituidos de las cualidades físicas y morales, y que para prevenir los resultados del abuso en esta parte y frustrar las miras de un mal disfrazado interés, se ha servido SM resolver que los Capitanes Generales y las Diputaciones provinciales, los Inspectores y Directores de las armas e institutos, redoblen su celo y vigilancia para impedir se admita como sustitutos a personas en quienes no concurran las circunstancias que para serlo se preserven en la ley de reemplazos de 2 de noviembre de 1837 y su adición de 1 de mayo de 1838 , y la corporación quedó enterada y que se tenga presente para los casos que ocurran, acusando recibo a Su Excelencia. ------ Folla: 36 5. Oficio del Excmo. Sr. Capitán General de fecha 5 de febrero, trasladando la Real Orden de 28 de enero, por la que se declara que le mozo cuyo padre tenga otro hijo sirviendo de cirujano en el ejército, no está exceptuado del servicio, y que el soltero que mantiene a sus hermanos menores con las circunstancias y condiciones prefijadas en el párrafo 13 de la ley de reemplazos, está exento del sorteo y la corporación quedó enterada, acordando se acuse el recibo y se traslade al Sr. Jefe Político para que se sirva disponer su publicación en el BOP. ------ Folla: 36 6. Por el Sr. Caballero se dio cuenta del expediente instruido a consecuencia de solicitud elevada a esta Diputación por Manuel Regueira y otros interesados, vecinos de la parroquia de S. Salvador de Padróns [Ayuntamiento de Ponteareas], impugnando la exención de Manuel Lorenzo y Alberto de Soto, vecinos de la misma parroquia para eximirse de la suerte que les cupo en la actual quinta, a título de hallarse matriculados e inscritos en la lista de hombres de mar con anterioridad a la fecha del alistamiento, y en vista de lo que arroja el expediente y de lo manifestado por el expresado Sr. Caballero, se acordó conformarse con la 1ª parte del dictamen del mismo y que se saque certificado literal del expediente y se dirija con oficio al Sr. Comandante del Tercio Naval de Vigo, para que en fuerza de lo que de él resulta se sirva disponer se borre de la matrícula a los dos expresados y se digne avisar su resolución, de la que se dé cuenta a la corporación para la providencia que juzgue conveniente. ------
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