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Acta de sesión 1840/01/10_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/1.1840-01-10_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1840/01/10_Ordinaria

  • Data(s) 1840-01-10 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 7 1. Constituidos en Sesión pública los Señores que al margen se expresan, en este día último para oír las reclamaciones sobre inclusión o exclusión de electores de la lista electoral, después de leerse y aprobarse el acta anterior, se dio cuenta de expedientes del Ayuntamiento de Vigo, remitiendo una exposición de Manuel Parallés a que era adjunta otra para esta Diputación con una lista de electores de la parroquia de Coia, Ayuntamiento de Bouzas, suscrita por el Mayordomo y mayores contribuyentes formada como rectificación de la que hicieran en virtud de la circular de 5 de Octubre último, y en conformidad de las diligencias practicadas por el Sr. presidente y declaración que presentó el Mayordomo y vecinos con Manuel Parallés ante esta Corporación, acordó la misma declarar eliminados de la lista electoral a los que mencionan no reúnen las circunstancias de la ley para gozar este derecho. ------ Folla: 7 2. Se dio cuenta del papel de arriendo remitido por don Juan Hebia para justificar que está en posesión desde un año antes de los derechos de ser incluido en las listas de electores, en el caso 4º en la ciudad de Pontevedra: Acordó Diputación no acceder a ello por tratarse del arriendo de una tienda, no de una vivienda no pudiendo ser elector. ------ Folla: 7 3. El señor Rubín como elector solicita que se incluya en las listas de electores a don José Veiga, de Redondela, en el caso 2º por tener una renta que le produce mas de 1500 reales y constando por notoriedad que es efectiva la renta y mucho más que le da el mayorazgo que posee. Se acordó declararlo elector por el caso 2º. ------ Folla: 7,8 4. Se dio cuenta del oficio del presidente del ayuntamiento de Caldevergazo, acompañando una lista de sujetos que durante la publicación de las listas electorales reclamaban su inclusión en las listas de electores por hallarse dentro de los casos contemplados por la ley. Acordó Diputación declararlos incluidos como electores. ------ Folla: 8 5. El señor Gómez solicita la exclusión del elector don Ramón Eugenio Carbón inscrito en la parroquia de Portela del ayuntamiento de Barro, por el caso 1º fundado en que no pudiendo pagar contribución de provinciales por ser forastero a la parroquia de Paradela, y no satisfaciendo sino 3 reales y 8 maravedís en cada año de frutos civiles en el Ayuntamiento de Cereixo siendo por lo mismo imposible el que contribuya con el resto hasta 200 reales por utensilios cuando en el único concepto por que debe ser comprendido considera suplantado el certificado en que se apoya, y pide que se reclame al Ayuntamiento de Barro en donde se presentó dicho Carbón para los efectos que puedan importar y que en consecuencia de lo expuesto se le eliminase de la lista electoral como indebidamente inscrito en el caso en que está. Persuadida la Diputación de estas razones y otras que manifestó en comprobación como natural y residente en el país a que se contrae la cuota de los 200 reales por contribuciones directas , acordó la exclusión de la lista electoral por el caso 1º a Ramón Eugenio Carbón. ------ Folla: 8 6. Se dio cuenta de una exposición de son Julian Rodríguez del Valle, vecino de Pontevedra, manifestando que excluido de la lista electoral sin tener presente que no sólo debe ser elector por el caso 4º sino como adornado de las circunstancias del caso 2º, lo primero por la notoriedad de haber habitado años antes sin interrupción hasta el mayo último casa valorada en mas de 400 reales, y en el día una casa alquilada en 100 reales como lo acredita por el recibo que presenta, sin que se evite el haber vivido desde junio anterior hasta el 19 de noviembre en las habitaciones ocupadas hoy por el Jefe Político, pagando sólo a razón de 236 r. anuales. Tiene además la renta líquida anual de que habla el caso 2º procedente de predios rústicos y urbanos y de ganados vacuno y lanar propios sin echar mano de que ejerce del modo compatible con la Secretaría del Gobierno político de esta provincia su noble profesión de abogado, bajo cuya consideración fue declarado elector en Lugo en el año 1837 según lo demuestra las listas que exhibe para que se le devuelvan, y en confirmación de lo expuesto ofrece presentar testimonio del Ayuntamiento en donde radican las fincas, pero que no le será posible hacerlo antes de las elecciones. Sin embargo pide que se le declare elector aunque sea haciendo la acumulación de la ley. SE acordó que justificando cualquiera de las circunstancias que manifiesta se providenciará. Los Srs. jefe Político y Fontano son de voto que se le declare elector en el caso 2º, porque previniendo la ley que las Diputaciones formen la lista electoral oyendo a los ayuntamientos y valiéndose de cuantos medios estimen convenientes, habiendo oído a los Sres. González y Gómez que Rodríguez del Valle por su mujer posee renta que pasa de 1.500 r. en su juicio es lo suficiente para formar la convección de que reúne las circunstancias sin necesidad de otros documentos. ------ Folla: 8 7. Visto informe el ayuntamiento de Portas al oficio que se le envió por la reclamación del cura de Lantaño, se acordó eliminar de la lista a los tres individuos solicitados, e incluir a los restantes que Diputación considera con derecho. ------ Folla: 8 8. Visto los informes del ayuntamiento de Portas a la solicitud de reclamación de los curas de Portas y Lantaño,din Joaquín Gutiérrez Piñeiro y don Pedro María Lourido, y del presbítero don José Joaquín María Alfonsín, de Portas. Acordó Diputación incluirlos en la lista de electores. ------ Folla: 8 9. Se dio cuenta del oficio del presidente del ayuntamiento de Lalín remitiendo la lista de los electores que deben ser excluidos e incluidos en las listas provinciales, acordando la Diputación aprobar lo expuesto en dichas listas. ------

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