Fondos
1841-11-25_Ordinaria. Acta de sesión 1841/11/25_Ordinaria
Acta de sesión 1841/11/25_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/2.1841-11-25_Ordinaria
Título Acta de sesión 1841/11/25_Ordinaria
Data(s) 1841-11-25 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 121 1. Con objeto de economizar el premio del dinero que por diferentes conceptos administra la Diputación y en consideración a que en la sesión de ayer, se nombró depositario de los pertenecientes a los gastos de esta corporación a D. Máximo Martínez, a fin de que bajo la responsabilidad de uno solo estén los fondos de portazgos y de la carretera de Vigo á Castilla, se acordó nombrarle al mismo tiempo depositario de estos últimos, quedando satisfecha la Diputación del buen desempeño de D. José Antonio Larriba, a cuyo cargo estaban, a quien se le manifieste así para su inteligencia. ------ Folla: 121 2. La comisión que examinó los documentos que presentó Diego Simóns, para acreditar su verdadera vecindad. Presentó su dictamen a deliberación y en su conformidad acordó la Diputación que habiendo hecho constar que desde el año de 1839, se halla dicho interesado empadronado y cumplir con las cargas de vecindad en Crecente, que se le tenga por vecino de este ayuntamiento y no del de A Cañiza, por no ser justo que se halle sujeto a dos distinto a un tiempo. ------ Folla: 121 3. Se dio cuenta de una exposición de D. Pedro Vicente de la Devesa Romero por si y a nombre de otros Cerbatos comerciantes residentes temporalmente en Porriño, reproduciendo las que elevara al mismo ayuntamiento con objeto de que se les exima de contribuir para la dotación de culto y clero. Con vista del dictamen de la comisión se acordó que, en consideración, principalmente a lo que previene la ley e instrucción de la expresada contribución y mediante se halla justificado que los exponentes no son vecinos del Porriño, se les exima de contribuir por dicho concepto y se le prevenga al ayuntamiento que no los comprenda en los repartos. Pero en atención a que al distrito del Porriño se le graduó su riqueza comercial en el concepto de que habrán de contribuir los expresados Cerbatos a lo menos para esta contribución de Culto y Clero de que no están comprendidos; que se rebaje a dicho distrito 600 reales distribuyéndolos de la forma siguiente; al ayuntamiento de Tui 200; al de A Guarda 100; al de Salceda 100, y al de Tomiño 200; de cuya reforma se de conocimiento al Sr. Intendente para los correspondientes cargos, y al mismo fin se comunique a los expresados ayuntamientos. ------ Folla: 121 4. Se dio cuenta de la comunicación de la Audiencia Territorial pidiendo informe acerca de varios hechos y conducta de D. Dámaso Rivera de A Cañiza; y en conformidad a lo que sobre los particulares a que se refiere, manifiesta el Diputado del partido, se acordó que se evacue el informe según expresa añadiendo que la Diputación entiende que los delitos que se denuncian deberán acreditarse de un modo público por que público ha de ser el castigo de los delincuentes para que surta efecto el escarmiento. ------ Folla: 122 5. Se dio cuenta del expediente de prófugo formado por el alcalde de Cotobade a Gregorio do Gando nº 16 de la primera edad en el reemplazo de 1839. Y conforme al dictamen de la comisión, se acordó declararlo absuelto de la calificación de prófugo por no resultar méritos en la quinta a que se refiere. ------ Folla: 122 6. Se dio cuenta del reparto de bagajes con la cuenta correspondiente por los 6 meses últimos del año 1840, correspondiente al Partido de Ponteareas, así como el de los dos primeros tercios del corriente año; y en conformidad al dictamen de la comisión se acordó aprobarlos. ------
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Nota