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1842-10-10_Ordinaria. Acta de sesión 1842/10/10_Ordinaria
Acta de sesión 1842/10/10_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/3.1842-10-10_Ordinaria
Título Acta de sesión 1842/10/10_Ordinaria
Data(s) 1842-10-10 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 85 1. Se dio cuenta de un oficio del Comandante de la Caja de Quintos, negándose a recibir en la misma a Juan Pereira nº 10 de Salcedo, cuyo ingreso se acordara por no estar confirmada la tiña, según certificaron los facultativos, manifestando que con esta enfermedad no podía ser admitido sino después de curada, y en tal estado sería responsable de las dietas que ocasionase. Para resolver en este particular se acordó que los facultativos que le reconocieron en el día de ingreso, se presenten en la sesión de esta noche para que conforme el reglamento actual declaren terminantemente acerca de su utilidad o inutilidad. ------ Folla: 86 2. Reconociendo la Corporación los perjuicios que se originan de la falta de formación de presupuestos en el término prevenido por la ley de 3 de febrero 1823, de cuya omisión procede el que los ayuntamientos carezcan de los fondos necesarios para sus atenciones, se acuerda que se les haga saber por circular la obligación que tienen de formarlos y remitirlos a la Diputación en todo el mes de octubre de cada año en conformidad del artículo 30 de la citada ley. Igualmente se les recordará la falta de presentación de cuentas en que están descubiertos varios de la provincia y su deber en exigirlas y remitirlas para su examen en todo el mes de enero de cada año como se dispone en los artículos 40, 41, 42 y 43. Con la advertencia de que se conmina con la multa irremisible de 1.000 reales al ayuntamiento que en todo el mes actual no forme y remita el presupuesto de sus gastos para el próximo años 1843; y al mismo tiempo las cuentas en que esté descubierto, con prevención de que en todo el próximo enero formen y remitan las correspondientes al año actual, sobre cuya omisión no se guardará consideración alguna. ------ Folla: 86 3. Se leyeron las sesiones de la comisión de los días 12, 13, 20, 22, 23 de septiembre y 7 del actual y quedaron aprobadas. ------ Folla: 86 4. Visto el expediente de subasta de bagajes del partido de A Lama, verificada para el corriente año, de que resulta que no sólo dejó de presentarse a la aprobación a su debido tiempo, sino que se ha hecho el remate por ajuste alzado, contra el orden prevenido por circular de 6 de febrero de 1838 BOP nº 12. Se acordó anular dicho remate y prevenir al ayuntamiento lo verifique con arreglo a dicha circular por el resto del presente año y el siguiente de 1843, señalando los precios de Caballerías y Carros por tránsitos, y que satisfagan inmediatamente los que se hayan suministrado desde 1º de enero hasta la fecha, a justa tasación de los procuradores generales que deben formar la cuenta, y los sucesivos que se hagan por no entorpecer tan interesante servicio, al mismo respecto ínterin no se haga el remate prevenido y recaiga la aprobación de esta superioridad. ------ Folla: 86 5. así mismo se dio cuenta de las 2 instancias de José María Pérez y David García, ambas relativas a que se les satisfagan al 1º el haber de 107 días, y el 2º de 70, en que han hecho el suministro de bagajes del partido de Caldas de Reis en el corriente año, ínterin no se hizo el remate de dicho suministro por tránsitos; y se acordó que ambos interesados se les satisfaga su respectivo al respecto de 11.000 reales anuales incluyendo dicha cantidad en la cuenta y repartimiento de los demás bagajes. ------
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Nota