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1842-03-18_Nocturna. Acta de sesión 1842/03/18_Nocturna
Acta de sesión 1842/03/18_Nocturna
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/3.1842-03-18_Nocturna
Título Acta de sesión 1842/03/18_Nocturna
Data(s) 1842-03-18 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 34 1. Se dio cuenta del presupuesto de gastos del culto, conservación y reparación de la Iglesia colegiata de Baiona que remite el presidente del Cabildo de la misma en conformidad de la circular del Ministerio de Gracia y Justicia de 30 de septiembre y 3 de octubre 1841, para su examen y dirección al Gobierno. Importa dicho presupuesto la cantidad de 7.922 reales; y se acordó con la rebaja de 400 reales. ------ Folla: 34 2. Se dio cuenta de una comunicación del Subinspector de Milicia Nacional de la provincia, trasladando otra del Excmo. Inspector de la propia arma, en la que inserta la Real Orden de 19 de febrero último, por la que SA aprueba el nombramientos de las personas que se designaron para formar en esta provincia la Junta que ha de calificar a los individuos que se consideren acreedores a la cruz de distinción concedida a los nacionales movilizados, y que de acuerdo con esta corporación se instale desde luego la expresada Junta, bajo la presidencia de la persona designada en primer lugar. en su consecuencia se acordó que se traslade al Jefe político, para que como presidente proceda a la instalación de la Junta, acompañando copia de la orden circular que transcribe dicho Subinspector, así como de los designados para constituir aquella. ------ Folla: 34 3. Se dio cuenta de un oficio del ayuntamiento de Nigrán, consultando si los forasteros han de contribuir por sus rentas en cada parroquia para la contribución del culto, o los colonos solamente, a cuyo favor se hicieron los foros, pues cuando estos tuvieron efecto se les rebajó la décima de la producción por razón de diezmo. Se acordó; que no pudiendo detenerse la cobranza de esta contribución en la que están todos comprendidos en proporción a sus haberes, que satisfagan los forasteros conforme al que representen en cada parroquia. ------ Folla: 34 4. Se dio cuenta de una consulta del ayuntamiento de Cangas sobre si los bienes eclesiásticos que gozaban del derecho canónico como adquiridos antes del Concordato de 1737 exceptuados de las contribuciones ordinarias por el artículo 2º de la Instrucción de 1842, se hallan ahora en el mismo caso de excepción. Se acordó negativamente. ------ Folla: 35 5. Se dio cuenta de una comunicación del apoderado de la liquidación de suministros en A Coruña, reclamando los 1.500 reales del año que venció en septiembre de 1841. Y se acordó, con presencia de cuanto se le dijo en marzo del mismo año, que se le satisfaga hasta septiembre los 1.500 reales y cesa desde entonces toda retribución, remitiendo nota de las liquidaciones pendientes para gobierno de la corporación. ------ Folla: 35 6. Se dio cuenta de una exposición de José Aballe y Carrera, pidiendo que se revoque el acuerdo último de esta Diputación, aprobando la separación de la plaza de Médico de Baiona, acordada por aquel ayuntamientos y se el satisfaga su dotación, mientras no recae la resolución del Tribunal de Justicia en que pende. Se acordó que el ayuntamiento pague la dotación que se le adeude hasta su separación, conforme a lo acordado últimamente. ------ Folla: 35 7. Se dio cuenta de una solicitud de Ramón José Crespo, secretario suspenso del ayuntamientos de Lalín, pidiendo se revoquen la providencia dictada en 22 de febrero último, multándose en 1.000 reales y privándolo de poder ejercer la secretaría de ayuntamiento, a consecuencia de hacer aparecido en el testimonio de el expediente de sorteo José Gil excluso por corto, y según certificado que presentará Francisco Varela de la parroquia de Erbo, librado por el secretario interino Domingo Antonio Gutiérrez, resultaba que dicho José Gil en el expediente original no constaba su exclusión. Pero habiéndose presentado en este día el expuesto Gil como se previno en la indicada fecha se comprobó la equivocación padecida al sacar la copia por cuanto no dio la talla de de ordenanza. En su vista se acordó que no tenga efecto la citada providencia de 2 de febrero último como lo solicita; y en cuanto a la reposición que pide de la secretaría, ser reserva la resolución. ------ Folla: 35 8. Se dio cuenta igualmente de una exposición de los individuos suspensos del ayuntamiento de Lalín suscrita por el secretario Ramón José Crespo, en la que manifiestan que ninguna culpabilidad tuvieron en alistar a Fernando de Mato y Pérez, de la parroquia Méixome en la edad de 22 años, pues para ellos se arreglaron al padrón general de vecinos que original precisan para comprobar la exactitud con que obraron, pidiendo se les releve de la multa de los 1.000 reales que se les impuso por haber resultado posteriormente que no tenía mas que 19 años, y debiera ser alistado en la primera edad. En su consecuencia atendiendo al documento original que presentan se acordó relevar a los individuos de dicho ayuntamientos de la multa de los 1.000 reales la que satisfarán los que inscribieron el padrón, haciéndola efectiva dentro de 6 días, así como el resto que adeudan los expresados concejales. ------ Folla: 35 9. Atendiendo a la falta de regularidad y método que se observa en los presupuestos para el culto y reparación de Iglesias, se acuerda que se impriman modelos que se dirijan a los ayuntamientos para que los cubran y remitan para su examen. ------
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Nota