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Acta de sesión 1843/02/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/4.1843-02-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1843/02/19_Ordinaria

  • Data(s) 1843-02-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 17 1. Se dio cuenta de una moción del Sr. Areal pidiendo que se prevenga al ayuntamiento de Tui cumpla en acordada sobre que los carros que entren o transiten por la carretera lleven llanta ancha y clavo embutido, para evitar el daño escandaloso que causan en el firme recientemente hecho con la llanta estrecha y clavo de resalta. Admitida y puesta a disensión se estimó en todas sus partes,y acordó que como medida general se circule en el boletín autorizando a todos los Sres. Diputados para que vigilen su cumplimiento en sus respectivos partidos, y dicten las providencias que crean conducentes para su observancia en las carreteras generales y sus ramales. ------ Folla: 17 2. Se dio cuenta de una comunicación que dirigiera al Sr. Fontenla el cura de Olives para que excitase esta corporación a fin de que previniese a los alcaldes no interrumpan la cobranza de de Pascuas; con cuyo motivo pidió dicho Sr. que se publicase la consulta que elevará al Gobierno esta Diputación y la Real Orden que recayera según se acordara en sesión de 9 del corriente. En su virtud se acordó que se publique en el BOP la consulta y orden resolviéndola para conocimiento de los ayuntamientos. ------ Folla: 17 3. Se dio cuenta de un oficio del Sr. D. Valentín Suárez Diputado por A Lama denunciando el abuso de ley en los ayuntamientos del partido de cuyas contribuciones son depositarios los procuradores síndicos, pidiendo una providencia para que cese semejante desorden. En su consecuencia se acordó oficiar a dichos ayuntamientos para que procedan en primera sesión a nombrar depositarios, y den cuenta de haberlo cumplido. ------ Folla: 17 4. Se dio cuenta de una solicitud de D. Manuel Gregorio vecino de Vigo, pidiendo que se inscriban en la lista electoral los sujetos que relaciona por hallarse en el caso cuarto de la ley: conforme al dictamen del Diputado del partido se acordó concederles el derecho. ------ Folla: 17 5. Se dio cuenta de otra solicitud de D. Antonio de Santiago de Vigo, pidiendo la inclusión en la lista electoral de los sujetos que relaciona; y conforme al dictamen del Diputado del partido así se estimó. ------ Folla: 17 6. Se dio cuenta de unas comunicaciones del ayuntamiento de Sanxenxo manifestando que a pesar de los oficios que pasara al ayuntamiento de Meaño para que José Benito Agís se presentase para dar la justificación de que se dedica a las faenas de la mar, como matriculado, no fuera posible conseguirlo. En su consecuencia se acordó, que si en el término de 8 días no acredita su exención que el ayuntamiento remita filiado para cubrir la plaza de quintos. ------ Folla: 17 7. Se dio cuenta del dictamen de la mayoría de la comisión nombrada para informar acerca de la proposición que presentó en la sesión de ayer el Sr. Carbón, pidiendo que en observancia del art. 73 de la Constitución, se de orden a todos los ayuntamientos de la provincia para que bajo su responsabilidad no procedan a cobrar ni repartir las contribuciones públicas del presente año por no hallarse aprobadas por las Cortes ni autorizadas por la ley de presupuestos ni otro especial. Seguidamente se leyó el de la minoría. Se puso este a disensión primeramente, y después de haberlo apoyado su actor el Sr. Carbón, tomaron la palabra en contra los Sres. Jefe político en Intendente, reproduciendo más extensamente las razones que expusieron en la sesión de ayer. Discutido ya, y teniéndose en consideración que en lo sustancial exima misma idea la que domina en los dos dictámenes, se acordó que, aunque es laudable y patriótico el objeto de la moción presentada por el Sr. Carbón, por cuanto hasta después de Abril no comienzan a cobrarse las contribuciones de este año, más oportuno que todo pasado ahora es el silencio sobre este particular. Pero en el caso inesperado de que en todo el mes expresado no estuviese autorizado el Gobierno para cobrar los impuestos públicos, que en el primer boletín del mes siguiente, se insertara el art. 73 de la Constitución del Estado, excitando a los ayuntamientos y pueblos de la provincia para que resistan para cuantos medios estén a su alcance su cobranza. Los Sres. Jefe político e Intendente protestan contra esta resolución, ahora, y para cuando en su caso haya de llevarse a efecto este acuerdo, y piden que se les expida certificado íntegro de el así como del anterior en cuanto a este mismo particular. ------

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