Fondos
1843-03-15_Ordinaria. Acta de sesión 1843/03/15_Ordinaria
Acta de sesión 1843/03/15_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/4.1843-03-15_Ordinaria
Título Acta de sesión 1843/03/15_Ordinaria
Data(s) 1843-03-15 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 30 1. El Sr. Presidente manifestó que eran las diez, hora señalada para el examen de los opositores a la plaza vacante en la secretaría. En su vista se acordó, que el portero a quien se le dio orden al efecto, franquease la entrada al público. Presentose D. Sergio Valladares, y se le mandó pasar la barra y sentarse. Seguidamente el Sr. Presidente le dio orden para que leyese, y puesto en pie así lo hizo. Concluida la disertación el mismo Sr. Presidente excitó a los Sres. para que hiciesen las preguntas que tuviesen por conveniente. Habiendo manifestado que estaban satisfechos, se mandó despejar y cerrar las puertas. Procediose a calificar el ejercicio; y después de un detenido examen convinieron en que merece la nota de sobresaliente, disponiendo que de esta censura pueda el presente secretaría dar certificación, con el visto bueno del Presidente. Procediose a provistar la plaza, y en consideración al mérito de D. Sergio Valladares, por unanimidad se acordó nombrarle oficial de la secretaría de esta corporación con la dotación de 5.000 reales, disponiendo que se le oficie lo conveniente para que tome posesión, y desde ella se le incluya en nómina. ------ Folla: 30 2. Acto continuo se leyó la solicitud de D. Francisco Meijueiro, en la que pedía que caso no se le agraciase con la plaza vacante se le aumentase el sueldo. En su virtud se acordó concederle un real más diario, y otro a D. Francisco Cousiño. ------ Folla: 30 3. Se dio cuenta de varias exposiciones presentadas por Francisco Rivas, y otros vecinos de la ciudad de Tui, solicitando la supresión de los arbitrios concedidos a dicha ciudad por Real orden de 22 de mayo de 1835; en su consecuencia, y teniendo a la vista el razonado informe evacuado por el ayuntamiento de la misma, y en conformidad al dictamen de la comisión, se acordó desestimar dichas reclamaciones, y que así se le haga entender a los interesados por el ayuntamiento. ------ Folla: 30 4. Se dio cuenta de una instancia de D. Manuel Gómez cura párroco de Santa María de Olives y Santa Eulalia de Pardemarín del ayuntamiento de A Estrada, exponiendo que en el atrio de la iglesia de esta última existe una caseta destinada para cuadra de las caballerías de los sacerdotes que asisten a las funciones y en el año de 1827 de vecinos en misión con el párroco la levantaron para formar un piso destinado para escuela de primeras letras, como tuvo efecto. Unos cuantos feligreses mal avenidos con el maestro ocurrieron al alcalde pidiéndole los alquileres de 15 años; y aun cuando fue absuelto de la demanda, receloso de que vuelvan a reproducirla abandonó la escuela siguiéndose de esto graves perjuicios a la parroquia: por lo que pide, que la Diputación declare la expresada casa escuela de la parroquia. En su vista en conformidad del dictamen de la comisión, se acordó acceder a la solicitud del párroco. ------ Folla: 31 5. Se dio cuenta de un expediente instruido por el Juez de primera instancia de Tui, sobre pertenencia de los montes comunes de Sta. Columba de Ribadelouro, y conforme al dictamen de la comisión, se acordó devolverlo para que lo sustancie con arreglo a derecho. ------ Folla: 31 6. Quedó enterada la Diputación del nombramiento de secretario hecho por el ayuntamiento de Ribadumia del que dio conocimiento el Presidente por medio de certificado. ------ Folla: 31 7. Se dio cuenta de una instancia de Francisco García vecino de A Franqueira ayuntamiento de A Cañiza, quejándose del mismo por que habiéndole hecho ver que es pobre sexagenario y achacoso se empeña en que ha de continuar siendo colector de contribuciones para que le han nombrado; y pide, que la Diputación le exonere en atención a tan justas causales. La Diputación convencida de la exactitud de las exenciones que se exponen, acordó declararlo exonerado. ------
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Nota