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1843-11-11_Constitutiva. Acta de sesión 1843/11/11_Constitutiva
Acta de sesión 1843/11/11_Constitutiva
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/5.1843-11-11_Constitutiva
Título Acta de sesión 1843/11/11_Constitutiva
Data(s) 1843-11-11 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 2,3 1. En la Ciudad de Pontevedra a once de noviembre de mil ochocientos cuarenta y tres: reunidos en el salón de sesiones bajo la presidencia del Sr. D. Vicente García Intendente de esta provincia, Vicepresidente de la Excma. Diputación los Señores D. José María Pardo, Diputado provincial electo por el partido de Lalín, D. José Mosquera, por el de Cambados, D. Manuel Ocampo por el de Ponteareas, D. Lorenzo Varela por el de Caldas, D. José Andújar, por el de Tabeirós, y D. Manuel Araujo y Alcalde, por el de A Lama. Se leyó el acta del día primero de que quedaron enterados. Seguidamente SS mandó leer el Decreto de 26 de agosto último para la renovación de Diputaciones provinciales, y de verificada la lectura por mi secretario, dijo SS el Sr. Vicepresidente: que a todos los Sres. constaban las causas por que no pudiera instalarse la Diputación en el día señalado por la ley, según estaba consignado en el acta que acababa de leerse; y aunque hace tres días se reunieron los mismos Sres. presentes no podían ignorar que el Sr. Jefe Político tuviera que ausentarse llamado por el estado de insurrección en que se hallaba Vigo, y no pudiendo fijar su regreso mucho más cuando hay noticias de hoy, de haberse sofocado la rebelión, recibiera aviso para que reuniendo los Sres. Diputados electos de provincia procediese a constituir la Diputación. Para que este acto pueda tener lugar en conformidad del Decreto que también acaba de leerse procede el que antes se verifiquen las credenciales de los Sres. concurrentes sacando a la suerte la Comisión de los 3 individuos que han de examinar e informar acerca de las actas y capacidad legal de los elegidos. Escritos los nombres de los 6 Sres. Diputados en otras tantas papeletas, se introdujeron enrolladas en otras tantas bolas en una bolsa y previo acuerdo de los mismos que los tres primeros nombres que saliesen, formasen la Comisión de examen, se procedió a la extracción dando el resultado siguiente. Sr. D. Manuel Ocampo, Sr. D. José María. Pardo y Sr. D. José Mosquera. ------ Folla: 3 3. En su consecuencia se leyeron los certificados de las actas de elección de Ponteareas, Lalín y Cambados, acerca de cuyas operaciones ninguno de los Sres. tuvo que oponer, y acordaron aprobar las elecciones, declarando aptos para desempeñar sus cargos a los nombrados por las Juntas de escrutinio de los respectivos partidos D. Manuel Ocampo, D. José María. Pardo y D. José Mosquera. ------ Folla: 3 4. Acto continuo la comisión de examen [de actas de elecciones] informó verbalmente acerca de la elección de Tabeirós, sobre la que ninguna objeción se le ofrecía, opinando que debía aprobarse y declararse Diputado por dicho partido al nombrado por la Junta de escrutinio del mismo D. José Andújar, con cuyo dictamen se conforma quedando en su virtud admitido como Diputado el expresado Sr. Andújar. ------ Folla: 3 2. El Sr. Varela, propuso y se estimó que en atención a que el Decreto citado de 26 de agosto previene que las credenciales de los Sres. que la suerte designe para formar la comisión de examen de actas [de elecciones], se examinen previamente por la Diputación que se proceda a su lectura para que acreditados competentemente informen acerca de las de los demás señores. ------ Folla: 3 5. Pasó en seguida dicha comisión [de actas de lecciones] a informar sobre la elección de A Lama, acerca de la que expuso de palabra que el que resultaba con mayoría de votos y la Junta de escrutinio declarara Diputado [Provincial], era D. Manuel Nogueira Malvar. Pero este sujeto como capitán efectivo de carabineros de Hacienda Pública estaba legalmente incapacitado de ser votado para ejercer el cargo de Diputado provincial; y tanto por este causal, como por que así de público como oficialmente consta que tomó parte en la rebelión de Vigo, opina que está inhabilitado para desempeñar dicho cargo, y en el caso de la ley para que se declare al suplente D. Manuel Araujo y Alcalde Diputado para dicho partido, con cuyo dictamen se conformó quedando admitido como Diputado por A Lama el expresado Sr. Araujo. ------ Folla: 3 6. Continuó la comisión informando acerca de la elección de Caldas, y expuso que aún cuando por el acta resulta nombrado D. Ramón Eugenio Carbón, por haber votado en los distritos designado al Diputado y suplente y la Junta de escrutinio ateniéndose a la votación lo declaró tal Diputado, no obstante a que obtuvo menos votos que el suplente; y como tal fue llamado por el Sr. Jefe Político, habiendo renunciado el encargo mediante goza de la exención por haber sido reelegido; la comisión prescindiendo de estos antecedentes, y ateniéndose al acta de elección, opina que el Diputado para el partido de Caldas es el que reunió mayor votación, y estando esta en favor del Sr. D. Lorenzo Varela, debe declarársele legalmente para este encargo; con cuyo dictamen se conformó, y acordó admitir como Diputado por el partido de Caldas al Sr. Varela. ------ Folla: 3,4 7. El Sr. Presidente (intendente Vicente García), manifestó que estando acreditadas las credenciales, y admitidos como Diputados los Sres. presentes, se estaba en el caso de prestar juramento como la ley previene. En su consecuencia puestos alrededor de la mesa de la presidencia, en la que estaba un crucifijo y los Santos Evangelios, los seis Sres. Diputados puestas las manos sobre estos, prestaron juramento de guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, ser fieles a la Reina y cumplir bien y lealmente las obligaciones de su cargo. ------ Folla: 4 8. Vueltos a sus respectivos asientos los Sres. Diputados, el Sr. Vicepresidente declaró instalada la Diputación, y esta acordó que se ponga en conocimiento del Sr. Jefe político. ------ Folla: 4 9. Se dio cuenta de la Real Orden de 20 de octubre último para que en el momento que se instale las nuevas Diputaciones nombren éstas el individuo de su seno que ha de formar parte de la Comisión de Instrucción Primaria de la provincia y presenten las dos ternas al Jefe político para que éste nombre las dos personas que igualmente deben ser individuos de la expresada comisión. Enterada, acordó que pase a una comisión a fin de que proponga lo que crea conveniente, y se nombró a los Sres. Pardo y Mosquera. ------
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