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Acta de sesión 1844/04/19_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/5.1844-04-19_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1844/04/19_Ordinaria

  • Data(s) 1844-04-19 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 56 1. Se dio cuenta de un proporción de los Sres. Monje, Andújar y Cea, individuos de la Comisión de Carretera, pidiendo en las cinco de que consta, el reintegro de 8.000 reales que de los fondos de la carretera se facilitaron a la Diputación, así como el de 252.351 reales y 27 maravedís de arbitrios recaudados por la Hacienda que pertenecen a los mismos fondos, y una manifestación a la provincia acerca del estado de la subasta de las obras con otras medidas para evitar los abusos que se cometen por los ayuntamientos distrayendo los fondos a negociaciones particulares, demorando las entregas en depositaría. Admitida y puesta a discusión quedó aprobarla. ------ Folla: 56 2. La comisión especial nombrada para examinar y proponer las reglas que convenga adoptar a fin de que la Diputación pueda cumplir en la parte que le toca el decreto de 9 del actual sobre libertad de imprenta presentó su dictamen; y en su conformidad, la Diputación acordó que se oficie al ayuntamiento de esta capital pidiéndole la lista de los mayores contribuyentes con arreglo a los artículos del citado Decreto. ------ Folla: 56,57 3. Los Sres. Pardo y Troncoso individuos de la Comisión de Gobierno Interior y Visita presentan con su informe el expediente que han formado para la reforma de los empleados de la secretaría de la Diputación y de la Comisión de Carretera, según a la letra sigue. Excmo. Sr. La Comisión de Visita y Gobierno Interior, nombrada por la Diputación para el efecto en desempeño de uno de sus encargos, ha examinado el estado de la secretaría de VE, tanto en la parte personal, como en la de dotaciones de su respectiva consigna. Este trabajo se estudió a la investigación comparativa de las operaciones materiales, que había que ejecutar mientras la Corporación se rigió por las disposiciones de la Ley de 3 de febrero 1823 y las a que se reduce actualmente por virtud de la promulgación de la nueva Ley de Ayuntamientos. No halló ciertamente tanto alivio en la parte de servicio que precisamente requiere determinado número de brazos útiles, como parece debiera esperarse de las buenas doctrinas de administración en que está basada aquella pues para el trabajo personal poco importa que al extenderse un escrito, sea en sentido deliberativo, o solamente aparezca en el consultivo, a cuyo trámite están sometidas las resoluciones finales del gobierno político en todos los expedientes, que proceden de la elección, administración y contabilidad de los nuevos ayuntamientos. En este caso, solo la consideración de los ahogos de la provincia, y el deseo de aliviarla en algún tanto, son causas que estimulan a la comisión, a proponer algunas reducciones en la parte de destinos y su dotación, de las dependencias que comprende la secretaría de VE, en la que por otra parte nunca existió un exceso de ambas cosas, que fuese notoriamente remarcable. También cree la comisión que las reformas en estos casos deben ser meditadas y prudentes, dejando de llevarlas a cabo de una vez enteramente, esperando a que la experiencia acredite la exactitud de los cálculos, que sobre posibilidad física e intelectual se forman en tales momentos. Por lo mismo tiene el honor de ofrecer a VE un estado, en que se demuestra la planta actual de la secretaría; la que como reforma propone a la deliberación de VE, y por último la diferencia que a favor del presupuesto provincial resulta de un cotejo exacto siendo lo más notable la supresión de la mesa cuarta encargada del negociado de propios, cuyo examen pasó al Gobierno político. Para que VE pudiese juzgar con más acierto del mérito particular del personal de la secretaría, procuró la comisión reunir en el expediente las hojas de servicio y más comprobantes que acreditan las circunstancias de los individuos actuales y la clase de negocios puestos a cuidado de las respectivas mesas que servían aquellos. La comisión cree que se satisfarán con medianía los deseos de los Sres. Diputados, si se sirven dirigir sus oportunas observaciones sobre el documento citado. Sin embargo la Diputación acordará como siempre lo que crea más justo. Pontevedra abril 19, 1844. Pardo. Troncoso. Secretaría de la Diputación provincial Planta actual Planta que se propone Dif. en favor del Destinos Dotación Destinos Dotación presupuesto Notas Un Srio.con 12.000 Un Srio. con 12.000 " " El Portero y Un ofic. 1º con 8.000 Un oficial 1º 6.600 1.400 mozo de Un ofic.2º 6.000 Un oficial 2º 5.500 500 oficiosípres- Otro idem 3º 5.000 Otro idem 3º 4.400 600 tan su asís- Otro idem 4º 5.000 Se suprime " 5.000 tencia y ser- Otro id.auxiliar 3.650 Se suprime " 3.650 vicios a la Un Escrib.1ºcon 3.650 Un escrib.1ºcon 2.500 1.150 corporación Otro id.2º 3.285 Otro id. 2º 2.200 1.085 secretaria y Otro id.3º 1.460 Otro id. 3º 1.460 " " sección de Un Portero 2.555 Un Portero 2.200 355 caminos. Un mozo de of. 1.825 Un mozo de ofi. 1.825 " " Totales 52.425 38.685 13.740 Sección de Caminos Dif. en favor del Destinos Dotación Destinos Dotación presupuesto Notas 1Srio.de com. 1Srio. de com y contador con 8.000 y 1 contador 6.600 1.400 Parece no- Un escrib.1º 2.880 Un escrib.1º 2.200 680 table de ex - Otro id.2º 2.200 Otro id. 2º 1.460 740 ceso la dot. 1ing.Dir. facul. 12.000 1ing. Dir.facul. 12.000 " " del celador 1celad.facul. 8.760 1celador facul. 8.760 " " facult. Debe 3 peones 3.660 3 peones 3.660 " " pedirse su Totales 37.500 34.680 2.820 reduc. a 69r. Totales generales 89.928 73.325 16.560 Leído y discutido acordó la Diputación aprobarlo para que tenga efecto desde primero de mayo próximo y que al oficial que queda cesante se le manifieste oficialmente que la Corporación queda satisfecha de su inteligencia, celo y laboriosidad en el desempeño de su destino y buen concepto que le merece, teniendo necesidad de suprimir la plaza por la razón de economía en atención a que por la ley actual de ayuntamientos disminuyeron los trabajos de Secretaría y no es justo gravar a la provincia con más gastos que los puramente indispensables. ------ Folla: 57 4. La comisión de la mesa 2ª presentó su informe en el expediente instruido sobre el establecimiento de un Juzgado en la villa de Cangas, y en conformidad de su dictamen, acordó la Diputación que atendiendo a que por orden de 20 de septiembre último denegó el Gobierno a Baiona igual pretensión de la Junta de Baiona, por estar pendiente el arreglo general de división del territorial Español, que en el mismo caso se halla la de Cangas. ------ Folla: 57 5. Se dio cuenta del expediente de división municipal del partido de Tabeirós, sobre el que comunica el Sr. Jefe político una Real Orden para que, con arreglo a la ley actual de ayuntamientos, se instruyan las diligencias necesarias. Y la Diputación conforme al dictamen de la comisión de la mesa 2ª, acordó que pase al Sr. Diputado del partido para que se sirva satisfacer los particulares de la Real Orden y más noticias que solicita el Sr. Jefe político al comunicarla. ------ Folla: 57 6. El Sr. Pardo presentó una proposición en la que después de hacer las consideraciones convenientes para demostrar la necesidad de un ramal a Santiago que parta del que va de esta capital a Ourense, como comprendido en la concesión para abrir la carretera de Vigo á Castilla, pide; que la Diputación consigue que reconoce dicho ramal como parte de la disposición primitiva por Real Orden de 30 de marzo de 1833. Y en su consecuencia que si hasta ahora no se tomó en consideración se declare que se ocupará de este trabajo a fin de obtener cuando menos que se trace por el ingeniero de dirección bajo el supuesto que se ha de utilizar el puente Ulla, levantando los planos y formando presupuesto dirigiéndolos a la aprobación de la Dirección General de Caminos, para que la obra se ejecute cuando los recursos lo permitan. Y a fin de que para este caso estén orilladas todas las dificultades, que se nombre una comisión que poniéndose de acuerdo con la Diputación de Ourense dé unión se verifique el reconocimiento por los ingenieros de ambas provincias con el objeto de combinar esta operación con los intereses de los pueblos que han de utilizarse en tal proyecto. Tomada en consideración se acordó admitir la proposición y nombrar al Diputado que la suscribe para indagar en donde se hallen los trabajos que sobre este ramal hizo el ingeniero D. Alejo Andrade, autorizándole además para las gestiones que sean necesarias con la Excma. Diputación de Ourense, dando cuenta de lo que resulte de sus investigaciones para la resolución correspondiente. ------ Folla: 58 7. Los Sres. Ocampo, Troncoso y Vieites hicieron moción para que la Diputación dicte lo que tenga por conveniente a fin de que se abra un ramal de camino desde Redondela a Ponteareas para evitar el peligro e intransitable paso del Galleiro. Se tomó en consideración. ------

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