Fondos
1844-04-20_Ordinaria. Acta de sesión 1844/04/20_Ordinaria
Acta de sesión 1844/04/20_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.997/5.1844-04-20_Ordinaria
Título Acta de sesión 1844/04/20_Ordinaria
Data(s) 1844-04-20 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 58 1. La comisión especial nombrada para dar su dictamen acerca de la citación que por auto del juez de Vigo se mandó hacer a esta Diputación en el expediente de desfalco de los caudales de la carretera de Vigo á Castilla en la Depositaría de aquella ciudad a cargo de D. José Díaz Prado, presentó su informe. La corporación conforme a las razones que emite, acordó que participando de la naturaleza de fondos públicos los de la carretera, mediante que los pueblos de la provincia son los que satisfacen esta contribución, debe entenderse la citación con el promotor fiscal del juzgado de Vigo, verdadero representante de la causa pública, máxima estando reconocida ya la necesidad de su intervención en las diligencias que anteriormente se han practicado, y por esta razón innecesaria la citación proveída por el juez de Vigo a quien por medio del de esta capital exhortado para que un escribano de número de la misma practicase las diligencias se le manifestara oficialmente las consideraciones que tuvo la Corporación para no admitirla. Así mismo acordó comisionar al Sr. Pardo para que tome las noticias conducentes con objeto de nombrar una persona que como agente confidencial active este procedimiento. ------ Folla: 59 2. La comisión especial nombrada presentó con su informe el expediente instruido sobre la enajenación del terreno común nombrado A Xunqueira de Cesantes en el ayuntamiento de Redondela. Conforme la Diputación con su dictamen, acordó que se dirija al Sr. Jefe político para que en uso de las facultades que le concede la ley de ayuntamientos y las más como asunto de baldío pueda declarar rescindido el contrato hecho por D. Leodegario Rubín, exento este del pago del canon de 125 reales a propios, en posesión libre los vecinos para usar los pastos y demás beneficios que le reporte; y si los perfectos que haya hecho Rubín fuesen de mejora en el todo, forme el ayuntamiento expediente con audiencia de los interesados y se le abonen los que resulten en su beneficio; y si el expresado Rubín insistiese en su pretensión que la entable nuevamente con las formalidades que previene el caso noveno del art. 63 y el 109 de la Ley de Ayuntamientos y las que estén puestas en costumbre por la Excma Diputación en casos de igual naturaleza y estén en armonía con las actuales disposiciones. ------ Folla: 59 4. La comisión de la mesa 2ª informa igualmente en el expediente que remitió el Sr. Jefe político para la resolución de la Diputación sobre la queja de D. José Rodríguez Carbajal, cura de Sta. Cruz de Castrelo, contra el alcalde de Cambados sobre la rendición de cuentas de la iglesia. Conforme la Diputación con su dictamen, acordó que se prevenga al actual alcalde haga cesar a los fiscales nombrados por su antecesor dejando independiente al párroco para tomar las cuentas que están en las atribuciones de su ministerio, con arreglo a las sinodales y actas de visita. ------ Folla: 59 3. La comisión de la mesa 4ª presentó su informe acerca de una solicitud de Julián de Alcalde y José de Caride, contratista de bagajes del partido de Vigo, reclamando el abono de los que suministraron durante la rebelión de aquella plaza. Conformándose la Diputación con su dictamen, acordó que el ayuntamiento reúna la junta de representantes de los del partido y proceda a la liquidación de los bagajes prestados durante la sublevación, formalizando el repartimiento sin perjuicio de los que el Gobierno resuelva. ------ Folla: 59 5. Andrés Ferreiro y otros vecinos de la parroquia del Campo, se quejan de agravio en la cuota que se les impuso para la contribución del culto y clero. En vista de lo que informa la comisión 2ª, la Diputación acordó que, con arreglo a la Real Orden de 20 de enero último, el ayuntamiento amalgame las cuotas; pero si estuviese satisfecha la que tocó en el repartimiento a los que representan, en tal caso que se les subsanen el perjuicio en los sucesivos. ------ Folla: 59 6. La comisión 2ª presenta su informe en el expediente instruido a solicitud de D. Diego Araujo y Alcalde, presidente de la iglesia parroquial colegial de Crecente en queja del ayuntamiento por no haber satisfecho completamente la asígnación para su culto. Conforme al dictamen acordó la Diputación que se prevenga al ayuntamiento actual que en el más breve término realice el pago, en el concepto de que se dictaran convenientes medidas de rigor si volviese a verse con escándalo desatendida tan sagrada obligación. ------ Folla: 59 7. D. Manuel Mellado, vecino de Vigo, se queja del ayuntamiento por haberle incluido en un reparto del déficit por extraordinaria de guerra haciéndole satisfacer 217 reales con 32 maravedís cuando que el descubierto procedía del año de 1839 en que no era vecino de dicha ciudad y si de A Coruña, en donde pagó la mencionada contribución. La Diputación conformándose con el dictamen de la comisión 2ª, acordó declararle mal comprendido y que se le reintegre de los que indebidamente satisfizo en las demás contribuciones. ------ Folla: 59 8. La misma comisión 2ª presentó su informe acerca de la queja de D. Claudio González por haberle incluido indebidamente en la contribución extraordinaria de guerra. En conformidad de su dictamen acordó la Diputación, que se le rebaje la cuota hasta la mitad, haciendo el reintegro de la otra mitad que satisfizo en contribuciones sucesivas. ------ Folla: 60 9. D. Ramón Caballero, exclaustrado, se queja del ayuntamiento de Sanxenxo por haberle impuesto 9 reales para la contribución del culto y clero. Con el dictamen de la comisión 2ª, acordó declararle exento de contribuir por cuanto acredita y el mismo ayuntamiento manifiesta que no posee bienes algunos. ------ Folla: 60 10. La comisión 2ª informa también acerca de una comunicación del comandante general que por Decreto marginal del Sr. Jefe político la remite a esta Diputación para que resuelva. Acompaña las licencias absolutas de Manuel Antonio Salgueiro, y otros licenciados del ejército pidiendo se les guarden las exenciones que por las leyes vigentes están concedidas a los de su clase. En conformidad de su dictamen acordó la Diputación que, estando prevenido por órdenes recientemente publicadas que se guarden las preeminencias correspondientes a los que gozan fuero militar, que se devuelvan al Sr. Jefe político las licencias para que las remita a quien se las dirigió. ------ Folla: 60 11. El ayuntamiento de Ribadumia consulta si los curas párrocos por sus iglesias pueden ser comprendidos en las contribuciones. Conforme la Diputación con el dictamen de la mesa 2ª acordó resolver la consulta negativamente. ------ Folla: 60 12. Se dio cuenta de los expedientes instruidos en virtud de las solicitudes del cura ecónomo de A Franqueira, el párroco de Prado da Canda, el de Borraxeiros y varios vecinos de la parroquia de Cabeiro, pidiendo que se le abone la dotación con arreglo a su clase, y se acordó que la resolución de estas pretensiones corresponde al ayuntamiento para los demás asuntos de igual naturaleza. ------ Folla: 60 13. Se dio cuenta de los expedientes instruidos sobre la agregación de los ayuntamientos de Alba, Salcedo y Mourente al de esta capital [Pontevedra], y se acordó que el último se archive por cuanto las parroquias manifestaron en las actas parroquiales celebradas al intento, que deseaban continuar en ayuntamiento separado como están actualmente; y respecto de los otros dos que se dirijan al Sr. Jefe político para los efectos prevenidos en la Ley vigente de Ayuntamientos. ------ Folla: 60 14. En virtud de una moción del Sr. Español, se acordó que se pida a la Intendencia una noticia de las fincas nacionales enajenadas en esta provincia, pueblos en que radican, sujetos y épocas en que las adquirieron. ------ Folla: 60 15. A consecuencia de otra moción del Sr. Varela, se acordó excitar al Regente de la Audiencia para que el Tribunal disponga el que se aumenten los oficios de procuradores al número de 6 por cada sala ordinaria según fijan las ordenanzas, o que subsistan los agentes como lo exige la conveniencia pública. ------
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