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Acta de sesión 1851/03/20_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.998/1.1851-03-20_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1851/03/20_Ordinaria

  • Data(s) 1851-03-20 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 99 1. Se dio cuenta del proyecto para el establecimiento en esta capital [Pontevedra] de un Hospital Provincial que remite el gobernador a esta Corporación para que la misma acuerde lo conveniente y se dispuso que los señores Montenegro, Amores, Villar, Mosquera y Coto Montes emitiesen sobre tan interesante ramo su opinión. ------ Folla: 99 2. La Diputación acordó se inserten literalmente los dictámenes de las comisiónes en las actas de las sesiones en que se dén cuenta de ellos. ------ Folla: 99 3. La comisión encargada de dar su dictamen sobre el nombramiento de artistas que concurran a la exposición de Londres presentó y se leyó el que a la letra dice así: La comisión encargada de emitir su dictamen acerca de la invitaciones que en Real Orden de 17 de febrero tuvo a bien SM hacer a las diputaciones provinciales y demás corporaciones encargadas de mirar por los intereses del país no ha podido menos de convencerse de la utilidad que podría reportar el que una persona adornada de los talentos y suficiencia necesarias pasasen a la ciudad de Londres no sólo para admirar las portentosas creaciones del ingenio humano sino para con la vista de los objetos nuevos y extraordinarios que allí se han de presentar, los métodos hasta ahora desconocidos de fabricación, cultivo y producción, sino principalmente para que viendo y palpando las ventajas y utilidades que de la introducción de máquinas, semillas y sistemas de labor pueden seguirse a un país tan feraz como el que habitamos. La provincia de Pontevedra ocupa indudablemente un suelo privilegiado, su clima es tan benigno que no hay planta por exótica que sea que en él no se aclimate, carece enteramente de fábricas arregladas a los nuevos métodos van ventajosamente en muchas partes establecidos; la tierra se cultiva del mismo modo y con los propios instrumentos que se hacía 2.000 años ha; después de la introducción del maíz que tantos beneficios trajo a las gentes y tan útiles hizo a los campos, ninguna nueva planta de utilidad común se ha ensayado, finalmente la provincia de Pontevedra es una de las más atrasadas en agricultura y presestándose su suelo a toda clase de ensayos no se sacan las ventajas que una dirección mejor entendida podría reportar; se ha gastado mucho dinero en cosas de dudosa utilidad y cuando la Europa o mejor dicho todo el mundo se reúne en un punto para aprender y enseñar sería una omisión muy culpable dejar de aprovecharse de la única ocasión que de esta importancia se le ha proporcionado al género humano. No cree la comisión que deba arredar en este propósito un hombre de talento de cualquiera profesión que sea podrá adquirir conocimiento, podrá asociarse a personas peritas y competentes de quienes aprenderá y podrá traernos muchas ventajas. Una sola semilla de utilidad general, un método más fácil que los reconocidos para cultivar la tierra, un instrumento que se pueda aplicar a la mejor fabricación valdrán más que la cantidad que en esto se puede invertir; cree por tanto la comisión que la diputación abundando en los sentimientos que el Gobierno de SM manifiesta conformes con la convicción de todos los gobiernos y personas ilustradas de Europa y del mundo entero, comisiones 1 o 2 personas adornadas de las circunstancias expresadas que poniéndose de acuerdo con la junta creada por el gobierno, vaya a Londres encargada de traer una memoria de los objetos y cosas que a este país puedan convenir. Pontevedra, 19 de marzo de 1851, Montenegro, Amores, Villar, Coto y Montes. La diputación acordó aprobar este dictamen encargando a la propia comisión designe las personas entre las cuales pueda elegir la corporación. ------ Folla: 100 4. Diose cuenta del expediente a que se refiere la proposición por la empresa del camino provincial de Vigo a Cesures que remite el Gobernador para conocimiento de esta Corporación referente a aquella a la composición que ofrece de la cuesta del Viso por cuenta suya con medio firme y por una carrilada de 10 pies de ancho, con tal que se le entreguen los 200.000 reales que se recaudaron en el año último para la rehabilitación total de dicha carretera. Acordó la Diputación nombrar a los señores: Montenegro, Maceira, Torrado, Villar y Mosquera para que sobre ello emitan su parecer. ------ Folla: 101 5. La comisión nombrada para dar su dictamen en la reclamación que hace el Ingeniero de caminos de un escribiente auxiliar, le evacúa en los términos siguientes: La comisión encargada de informar a VE sobre la reclamación que hace el Ingeniero de caminos de la provincia de un escribiente auxiliar para el despacho de los muchos trabajos que exigen las obras del ramo ha examinado el expediente de su referencia y encuentra la providencia dictada por el gobernador de 14 de diciembre último en que suprime dicho escribiente por las justas y tan atendibles razones en que se funda. Esto no obstante como desde entonces pudieron acrecerse las atenciones que se hayan cometido a dicho ingeniero y por tanto hacerse conveniente y necesario en la actualidad o en lo sucesivo para el pronto despacho de dichas atenciones, se le facilite el auxilio que aquel reclama, opina la comisión se manifieste al gobernador que cuando lo juzgue conveniente le facilite dicho escribiente satisfaciéndolo sus haberes con cargo a gastos imprevistos, cuando no haya artículo designado. VE no obstante con sus superiores luces se deginará acordar lo que estimó más acertado. Pontevedra 18 de Marzo de 1851, Antonio Mª Montenegro, Manuel Coto y Montes, Angel Amores, Ramón Villar, Juan Gregorio Maceira. La diputación conforme con lo expuesto acordó aprobarlo. ------ Folla: 101 6. La comisión encargada de dar su parecer en la pretensión del empresario de la carretera de esta capital [Pontevedra] a Ourense dio cuenta de su dictamen en la forma que a la letra dice así: "Enterada la comisión encargada de examinar la pretensión del representante de la empresa de Ferreiro Cid para que que se le de por cuanta de la obligación que la provincia tiene, la cantidad posible por cuenta de la asignación del corriente año y atrasos que resultan de la liquidación de la obra de la carretera de Vigo a Castilla y sus ramales atendiendo, a que las obras se harán con mas celeridad si los empresarios reciben dinero, a que la provincia ahorra el rédito que está devengando y finalmente considerando que el dinero existente en caja nada produce, y no deja de tener exposición, como una triste experiencia lo ha demostrado en esta provincia; es de sentir, que se le hará un beneficio entregando la mayor cantidad posible a los empresarios que en esta época propia para los trabajos se apresurarán a aumentarlos. Pontevedra 18 de marzo de 1851, Montenegro, Amores, Coto y Montes, Maceira, Villar". La Diputación acordó aprobarlo y que así se manifieste al gobernador. ------ Folla: 101 7. La comisión encargada de emitir su opinión en el expediente que sobre bagajes remite el gobernador, le presenta en los términos siguientes: "La comisión encargada de informar a VE respecto de la solicitud promovida por el ayuntamiento de Caldas referente a lo que se le sobrecarga por razón del servicio de bagajes en proporción a otros pueblos de la provincia ha examinado el expediente referente a dicho servicio. Por el se convence la comisión que este pesa de modo muy gravoso y perjudicial sobre algunos pueblos situados sobre caminos de tránsito marcados de etapa a las tropas que cruzan la provincia en diferentes direcciones, mientras que otros están sumamente aliviados de esta prestación; reuniéndose además la consideración que sobre los primeros pesa así bien la carga no menos molesta y onerosa de los frecuentes alojamientos de dichas tropas. Por tanto nada parece mas justo y equitativo Excmo. Sr. que se comparta proporcionalmente a todos los ayuntamientos de la provincia la cantidad total en que se remató dicho servicio de bagajes, pues aunque este no pueda considerarse como una contribución en la aceptación de la palabra, es si una atención tan justa como otras de las que figuran en los gustos provinciales. Mas como lo que sirvió de base a graduar el tipo de la subasta que se celebró, lo fueron las cantidades presupuestadas por cada ayuntamiento y estas son indudablemente excesivas a juicio de la comisión como lo comprueba la rebaja del 15% que se obtuvo en la licitación hecha para dicho servicio en el presente año y es de esperar se obtenga otra mayor en el próximo venidero, es de parecer la comisión: 1º que se fije la cantidad alzada de 70.000 reales por el servicio general de bagajes de la provincia. 2º que esta cantidad se comprenda en el presupuesto provincial del año próximo de 1852 con lo que gravaría sobre todos los pueblos y clases de la sociedad en justa proporción, y desaparecerían de los presupuestos municipales las sumas que figuran en ellos con tan enorme como injusta desproporción. Y 3º que habida consideración a que una vez hecha la subasta para el servicio del año corriente bajo la base de las cantidades designadas por los ayuntamientos no se puede acceder a la pretensión de el de Caldas, por mas justa que aparezca por no hallar medios hábiles de alterar dichas bases sin aventurarse a cometer muchos involuntarios perjuicios con los cuales se daría margen a otras infinitas quejas de agravio, y en atención también a que se le ha rebajado a dicho pueblo el 15% de la cantidad que había presupuestado para dicho objeto. Tal es el sentir de la comisión que somete al examen de VE a fin de que con sus superiores luces se digne acordar como siempre lo que considere más justo y acertado. Pontevedra 19 de marzo de 1851, Montenegro, Amores, Maceira, Coto y Montes, Villar. La diputación conforme con cuanto comprende acordó aprobarle y que s adicione al presupuesto provincial la partida de su referencia. ------ Folla: 102 8. La comisión encargada de emitir su dictamen en el expediente que remite a informe el gobernador sobre arreglo de dotaciones de los secretarios de ayuntamientos lo presentó en los términos que dicen así: "La comisión encargada de presentar su dictamen en el expediente que el gobernador de la provincia ha dispuesto instruir por la sección de contabilidad y sobre el que se sirve pedir informe a VE referente al arreglo de dotaciones de los secretarios de ayuntamiento bajo un tipo marcado, ha visto con agrado a idea que se propuso aquella celosa autoridad y los principios sobre que ha girado lo expuesto por dicha sección, todo con precaria de tales funcionarios indispensables en la órbita de la administración local y con tales motivos mejore el desempeño de sus deberes. Es una verdad de todos conocida que los secretarios de ayuntamiento son el libro de consulta y guía de las municipalidades por su calidad de permanentes, ellos tienen a su cuidado no sólo los trabajos especiales de estas corporaciones locales sino los de los alcaldes. Ellos deben estar al alcance de todas las leyes y disposiciones a que deban atenerse los ayuntamientos y los alcaldes, deben en fin esta adornados de conocimientos administrativos y de un celo, inteligencia y actividad especiales y sobre todo de una moralidad indudable, pues que los ayuntamientos compuestos en su mayor parte de labradores depositan en sus secretarios toda su confianza. Es justo pues y el buen sentido dicta que estas consideraciones estén recíprocamente compensadas con una dotación que sirva de estímulo y de cierto decoro a estos brazos de la administración que en muchos pueblos por su cultura y civilización tienen que desempeñar misiones importantes. Pero si la comisión conoce todas esta razones y otras más que no se ocultan al ilustrado criterio de VE, no puede prescindir de una reforma radical que la imperiosa ley de la necesidad reclama en el excesivo nº de distritos municipales. Procedida esta operación que cada vez se hace más urgente, debe tener lugar entonces el arreglo de que se trata y se aprovecharían entonces los mejores brazos para ocupar las secretarías. VE ha reconocido el principio de la reforma indicada y expuso antes de ahora al gobierno de SM los males que resultaban de la continuación de tantos ayuntamientos en su mayor parte establecidos en poblaciones rurales que crecen de los trazos necesarios para desempeñar los cargos de concejales por que a VE no se oculta hasta donde llegan los conocimientos de los labradores. De aquí el que la administración se halle muchas veces embarazada en la realización de tantas medidas encaminadas a la prosperidad del país. Si pues como es de esperar mereciese favorable acogida el objeto que VE se propuso en la solicitud indicada pudiera así procederse al arreglo de las dotaciones de los secretarios de ayuntamientos bajo las consideraciones arriba reseñadas. Mientras cree la comisión que por muy digno que sea el pensamiento del gobernador no es aún llegado el caso de plantearle tanto más cuanto que es la referida exposición hizo VE mérito de los gastos que ocasionaba la multiplicidad de ayuntamientos y llevaría hoy envuelto un contra principio si opinase por el aumento de los presupuestos municipales como así resultaría del aumento de las dotaciones. Por todo ello cree la comisión que podrá informarse al gobernador en el sentido que queda manifestado sin que esto pueda optar a que SS en su esclarecida rectitud se sirviese determinar atendibles aquellas reclamaciones que perentoriamente mereciesen su acogida. Y que a fin de que pueda resolverse pronto la exposición citada cree también la comisión muy oportuno se dirijan copias con carta atenta a los señores diputados que representan esta provincia en el Congreso, para que se sirvan acercarse al Ministerio del ramo y gestionar la superior decisión. Con esta ocasión se atreve la comisión a proponer a VE se sirva hacerlo al gobernador, la necesidad de que por de pronto se supriman aquellas municipalidades cuyo establecimiento carezca de la Real aprobación. VE podrá sin embargo acordar como siempre lo más justo. Pontevedra 19 de marzo de 1851, Torrado, Mosquera, Araujo". La Corporación conforme en un todo con los extremos que este dictamen abraza acordó aprobarle y que se reproduzca la exposición que en el se indica remitiéndose copiar a los señores diputados a Cortes para que se sirvan obtener del gobierno, favorable decisión por lo que en ello tanto se interesa la buena administración local de esta provincia. ------ Folla: 104 9. Seguidamente se leyó el dictamen que dice así: "La comisión encargada de informar sobre el contenido del oficio del presidente de la comisión central de indemnizaciones de 25 de febrero último para la diputación en cumplimiento de lo prevenido en la ley de 9 de abril de 1842 y demás superiores disposiciones emita su dictamen acerca de la formalidad con que están dispuestas los expedientes de daños causados por los facciosos [guerra carlista] en esta provincia, y en que están interesados Andrés Mugide, de A Estrada; Felipe Constenla, de Tabeirós; Manuel Otero y José Vila el Pino, halla que en 20 de septiembre de 1848, manifestó ya esta Corporación su dictamen reducido a que por el conocimiento que sus individuos tenían, los reclamantes no poseían tanto como aseguran les habían robado, que los peritos que tasaron los efectos robados que los peritos que tasaron los efectos robados o distraídos no lo hicieron con presencia de los mismos ni con exacto conocimiento de su calidad o valor, y y finalmente que los testigos no pudieron declarar con entera libertad por que sus declaraciones fueron exigidas en época de turbulencias en que los interesados dominaban el país, y aún las personas; y habiéndose aumentado la certeza moral de la diputación, no puede esta sin contradecirse decir otra cosa que el gobierno de SM podrá si lo halla conveniente aprobar estos expedientes que la conciencia de la diputación, siempre rehusará por las razones expresadas. Pontevedra 19 de marzo de 1851, Amores, Coto y Montes, Maceira". La Diputación en su vista acordó aprobar cuanto manifiesta la comisión y en su conformidad se remitan al gobernador los expedientes que se hallan aún pendientes de informe de esta DP con oficio expresivo de lo que expone la comisión. ------

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