Fondos
1853-06-29_Ordinaria. Acta de sesión 1853/06/29_Ordinaria
Acta de sesión 1853/06/29_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.998/2.1853-06-29_Ordinaria
Título Acta de sesión 1853/06/29_Ordinaria
Data(s) 1853-06-29 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 67,68 1. Dada cuenta de los informes de la comisión de anticipo, procedióse a la lectura del que en la misma propone que el millón designado a esta provincia por Real Decreto de 10 del actual se distribuya por iguales partes a las tres juntas especiales de caridad establecidas en los distritos de Pontevedra, A Estrada y Tui del modo siguiente deducida antes la cantidad de 53,000 reales de que dispuso para la perentoria necesidad de las siembras y la de 10,000 reales más para auxiliar la obra de la escalinata acordada construir a la salida de este palacio provincial: Pontevedra con sus partidos de Pontevedra, Cambados, Caldas y los pueblos de Ponte Caldelas, pertenecientes al arzobispado, una 3ª parte con encargo de dar alguna cantidad a la casa de beneficencia de la capital. A Estrada con las partidas de Tabeirós y Lalín, otra 3ª parte libre de toda carga.Y Tui, que comprende toda la parte del obispado que está dentro de los límites de la provincia. Otra 3ª parte con encargo de algún socorro a las casas de beneficencia de las ciudades de Tui y Vigo. ------ Folla: 68 2. Propone además la comisión que los 20,000 ferrados acopiados de maíz se distribuyan proporcionalmente y los reciban las respectivas juntas [de caridad] por el valor en que se compraron como dinero efectivo, procurando evitar en obsequio de la economía costosos transportes cuanto sea posible, debiendo la junta de A Estrada convenirse con la de Pontevedra sobre el medio de percibir la mitad de las que en la capital se han acopiado y quedando a la de Tui los 5,000 ferrados que con acuerdo del sr.gobernador de la provincia tenía ya comprados. Aprobado en todas sus partes el anterior informe, lo fue igualmente el que propone para reintegro del referido millón anticipado la 6ª parte de la contribución territorial que la ley permite perdonar a los pueblos por calamidades sufridas para lo cual ha cumplido la Diputación con las prevenciones establecidas formalizando sus reclamaciones en los expedientes legalmente hechos, añadiendo, caso de no bastar dicha 6ª parte, la deuda reconocida del Estado por suplementos y adelantos que ha hecho la provincia para la carretera de Vigo a Castilla y sus ramales. ------ Folla: 68,71 3. Aprobóse así bien el informe en que la comisión de donativos distribuye los 726,946 reales designados a ésta provincia bajo el tipo de la contribución territorial sin recargos, de la manera siguiente: partidas repartimiento corresponde Caldas 600,382 72,850......6 Pontevedra 696,132 84,468......4 Redondela 412,296 50,027.....16 Ponte Caldelas 320,599 38,901.....30 Vigo 586,570 71,174.....16 Cambados 578,907 70,244.....16 Tui 715,746 86,848......16 Lalín 544,130 66,024......16 A Cañiza 406,414 49,314......26 A Estrada 516,882 62,718......28 Ponteareas 612,942 74,374......10 _______ ______ ___ 5,991,000 726,946 " Igual aprobación merece la inversión que la misma comisión propone de los enunciados 726,946 reales según a continuación se expresa: - Que cada partido judicial sea acreedor colectivamente a la cantidad con que figura en la anterior nota sacada en regla de proporción del cupo territorial con que cada uno contribuye respectivamente al Estado. - Que por medio de las juntas inspectoras de caminos y de partido o de comisiones especiales nombradas al efecto por el gobierno de provincia, se empleen dentro de cada partido judicial en obras de fábrica de caminos vecinales u otras del mismo objeto que se consideren difíciles de realizar por medio de la prestación personal, las partidas que se designan a cada uno. Las obras de alguna consideración deberán ejecutarse por contrata y en las de menos importancia por medio de una Admon. celosa y entendida. - Que en uso del prinicipio consignado se aplique en el partido de Caldas la mitad íntegra de su asignación a las obras del camino de primer orden que sale de dicha villa con dirección a la de Vilagarcía y en los términos por que pasa de los distritos de Caldas y Saiar. - Que otra 4ª parte se destine igualmente a las obras del camino también de primer orden que, viniendo de Carril, se dirige a Requeixo, por los distritos de Catoira y Valga. La 4ª parte restante a las que sean más precisas en la línea de igual camino vecinal que arrancando del lugar de Porrans en el distrito de Barro, sube por los de Moraña y Baños de Cuntis en un ramal en dirección A Estrada y en otra vía a Santiago por el de Ponte Bea. - En el de Cambados se empleará la 3ª parte de su importe en auxilio del gasto a que alcance la obra proyectada de un puente sobre el río Umia que dé paso al camino de primer orden que saliendo de Sanxenxo se dirige por Cambados, Vilagarcía y Carril a Requeixo. - Que otra 3ª parte íntegra se destine al camino también de primer orden que de Vilagarcía se dirige a Caldas de Reis hasta tocar en los términos de este partido judicial. Y que la 3ª parte restante se emplee en el camino también de primer orden que por el de Ponte Arnelas se dirige desde Cambados a la capital de Pontevedra. - Que la mitad del importe consignado al partido de A Estrada o Tabeirós se emplee en el camino vecinal de 2º orden que partiendo de A Estrada se dirige a Pontecesures y Padrón. - Que una 4ª parte se destine al de primer orden que saliendo de A Estrada se dirige a Baños de Cuntis, aplicando la 4ª parte restante en la misma vía que de A Estrada se dirige a la capital del partido de Lalín. - Que el total importe designado al partido de Lalín se invierta en el camino vecinal de primer orden que arrancando de los límites del partido judicial de A Estrada, conduce a la capital referida de Lalín. - Que el total importe de la cantidad señalada a Ponteareas se destine a las obras que precisen los cuatro caminos que saliendo de dicha capital de partido, comunican con las cuatro de distrito municipal de Salvaterra, Mondariz, Setados y Pazos de Borbén, prorrateándose el gasto según los trayectos relativos al territorio de cada distrito municipal del partido. - Que del total importe consignado al partido de Pontevedra se destine una 4ª parte íntegra a la vía que arrancando de la carretera de Ourense se dirige a Ribadabia por la pendiente de Laginde y el Suido. Que de las tres cuartas partes restantes se quiten 6,000 reales vellón que poco más o menos se consideran presisos para la obra de la escalinata del edificio del Palacio provincial, además de los 1,000 reales que por otro concepto se destinan en acuerdo separado para la misma obra, y el residuo de las referidas tres cuartas partes se empleará en los caminos vecinales que saliendo de la capital se dirigen a Ponte Arnelas durante el trayecto que corresponde a Pontevedra y a los que conducen a Cangas por Marín y del de Ponte Sampaio al referido Marín. - Que el total de la consignación que pertenece al partido de Vigo se emplee en el camino vecinal de primer orden que comunica dicha ciudad con la villa de Baiona y en el camino de 2º orden que conduce de la ciudad de Vigo a la de Tui por la pendiente llamada de la Ervilla. - Que el importe consignado a Ponte Caldelas se inviertan 10,000 reales en el puente de Curapó, situado sobre el río Oitabén en el camino de primer orden del canal de Soutomaior a Caldelas y otros puntos; 8,000 reales en este mismo camino; 12,000 en el de Ribadavia, también de primer orden; 4,900 r 30 maravedís en el de 2º orden de Caldelas a Carballedo; 3,000 en el de Montes que va de Caldelas por A Lama, Seixido y otros puntos y 1,000 r en el de Ponte Sampaio a la capital de partido. - Que del importe consignado al partido de Redondela se destinen 10,000 reales para el puente de Curapó sobre el río Oitaben; 4000 r para recomposición del Puente Vilan sobre el mismo río a dos leguas de distancia de su corriente alta, con el objeto de evitar la próxima ruina que amenaza con su sólida fábrica; 6,000 r que invertirá el Ayuntamiento de Mos en la carretera que por su término se dirige a Ponteareas; otros 6,000 r al de Redondela que empleará en el camino de 2º orden que conduce al de Pazos de Borbén; 10,000 r a éste último Ayuntamiento para continuarlo por su territorio a la parroquia de Calvos. Y los 14,000 y pico de reales restantes al Ayuntamiento de Soutomaior para continuar este mismo camino desde Calvos hasta empalmarle con el que va de la capital de provincia a Rivadavia por el monte Suido y ejecutar la composición de la parte que le corresponde en el camino que va de Pontevedra por Ponte Caldelas al Suido y Ribadavia. - Y por lo que respecta a los partidos deTui y de A Cañiza se empleen sus relativas cantidades asignadas según proyecto que dirigirán dentro de un breve término los sres.diputados respectivos al gobierno de provincia despues de orilladas ciertas dudas que ocurren para realizarlo en el acto. ------ Folla: 71 4. Enterada la Diputación de un expediente que por el Gobierno de provincia se la pasa, sobre aumento de fondos para organizar las obras de carreteras de Galicia, acuerda consignar como consigna la especial satisfacción con que ha visto la real orden de 11 de los corrientes en cuanto se refiere al movimiento y desarrollo progresivo que en su virtud recibirán las de esta provincia. ------ Folla: 71 5. Acuerda finalmente [la Diputación] un voto de gracias a SM la Reina (qDg) por los benéficos decretos que para el alivio de la miseria en Galicia se dignó expedir en 10 del presente mes, no menos que por la real orden del citado 11 de los corrientes. Acto continuo, el sr. gobernador levantó la sesión y declaró terminadas las de esta reunión extraordinaria. =no valga lo testado =entre líneas, tres cuartas.valga. ------
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