Fondos
1854-12-15_Ordinaria. Acta de sesión 1854/12/15_Ordinaria
Acta de sesión 1854/12/15_Ordinaria
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.998/3.1854-12-15_Ordinaria
Título Acta de sesión 1854/12/15_Ordinaria
Data(s) 1854-12-15 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 92 1. Se acordó que se oficie al Sr. gobernador civil de la provincia manifestándole que la Diputación tiene noticia de que la subasta del BOP para el próximo año de 1855, ha subido considerablemente, efecto sin duda de haberse completado los impresores de esta ciudad, y que espera se sirva informarle de los que ha ocurrido por si halla alguna medio de remediar este mal. ------ Folla: 92 2. Por los Sres. Fontenla y Otero se hizo la moción siguiente. "Habiéndose recargado el partido de Tabeirós en la contribución de inmuebles con la fabulosa cantidad de 113.230 reales sin razón alguna que justifique tal recargo, pedimos a la corporación que repare esta injusticia para el próximo año de 1855." Y en su vista se acordó nombrar una comisión compuesta de los Sres. Baeza, Suarez y Fernandez a fin de que se acupe de averiguar en que bases se apoyó la variación hecha en los cupos de contribución, reuniendo al efecto los datos convenientes para que pueda rectificarse el repartimiento general sobre antecedentes y noticias justas. ------ Folla: 92 3. Se dio cuenta de una comunicación del alcalde de A Estrada en que pide se le autorice para invertir 4.685 reales consignados en presupuestos anteriores para recomponer el puente Nogueiras, en las obras de reparación del llamado de A Pedra, por ser de más urgente necesidad en atención a su estado ruinoso; y se acuerda conceder la autorización solicitada. ------ Folla: 92 4. Diose cuenta de otra comunicación del alcalde de Ponte Sampaio en que manifiesta que el ayuntamiento carece de arbitrios para el pago del déficit de 4.739 reales 6 maravedís que resulta en sus presupuestos, por cuya razón propone se salde por medio de un repartimiento vecinal, y se acuerda contestarle que para cubrir dicho déficit se atempere a lo que prescriben los art. 33, 34 y siguientes de la ley de 3 de febrero [1823]. ------ Folla: 92 5. Asimismo se dio cuenta de una instancia de D. Ramón Cornes Gonzalez, secretario suspenso del ayuntamiento de Ribadumia, solicitando que una vez que aquel no ha justificado en el término de 15 días señalado por la Diputación las faltas de que le acusó, se le declare repuesto en su destino; y se acuerda que se oficie al alcalde previniéndole que a vuelta de correo conteste acusando el recibo de la última comunicación que se le ha dirigido, o remitiendo las diligencias que en su virtud halla formado. ------
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Nota