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Acta de sesión 1856/10/21_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/1.1856-10-21_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1856/10/21_Ordinaria

  • Data(s) 1856-10-21 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 114 1. Quedó enterada la Diputación de haber sido electo secretario del ayuntamiento de Mos D. Antonio Paz. ------ Folla: 114 2. Lo que asimismo [queda enterada] de la cuenta de gastos presentada por el secretario la cual fue aprobada, disponiéndose se le expida libramiento por valor de 2.000 reales para que atienda a los gastos que en la secretaría ocurran. ------ Folla: 114 3. Se acordó devolver al alcalde de Vilagarcía las cuentas municipales de 1855 para su formación con arreglo a la ley. ------ Folla: 115 4. Se dio cuenta de una instancia de D. Juan Malvar, oficial honorario de esta secretaría, en solicitud de que se le remunere el improvo trabajo que ha tenido en la comisión receptora de quintos con motivo del actual sorteo de Milicias Provinciales. Y se acordó que, con cargo de al capítulo de imprevistos, se le de una gratificación consistente en 640 reales por el celo y asidicidad con que contribuyó al más pronto cumplimiento de la recepción de quintos milicianos, expidiéndose al efecto el correspondiente libramiento. ------ Folla: 115 5. Deseando la Diputación cumplir las leyes y disposiciones del Gobierno de SM con la mayor puntualidad y exactitud, ha puesto el mayor ciudado y esmero en que se verifique la entrada en Caja de todos los milicianos provinciales con que los pueblos deben contribuir a este fin reunida constantemente desde el 22 de septiembre último, se ha empleado en este único y exclusivo objeto. Los pueblos por su parte han cumplido del modo que les ha sido posible, presentando los mozos que en sus distritos permanecieran, más la estación en que estas operaciones se han realizado han impedido que se cumpla este deber por que los jovenes de este país acostumbrados a salir todos los veranos a Castilla, Portugal y otros puntos a buscar trabajo que en su tierra no lo hallan ha hecho imposible que el número de los ingresos sea igual al que la ley les exige. La Diputación se halló en la necesidad de sufrir esta falta inculpable en los individuos y los pueblos y decidida estaba a permanecer reunida hasta que la ley tuviese entero cumplimiento, pero las partes alarmantes que diariamente llegan de distintos puntos de la provincia anunciando la aparición del terrible azote del cólera morbo, obligan a esta Corporación a mirar por la salud de la capital y de los demás pueblos que por fortuna se hallan hasta el día libres de este contagio. Como medida, pues de precaución y salubridad pública, cree esta Corporación que es absolutamente preciso evitar la vecinos de gentes salidas de pueblos apestados y el mutuo trato en consorcio de los que no lo están y esta razón la cree bastante poderosa para acordar como en efecto acuerda la suspensión de las operaciones de la Milicia Provincial, o sea la reunión que con este motivo se había de verificar y con más razón cree poder practicar esto, cuando los pueblos todos o excepción del de Redondela han entregado ya los mozos que en ellos existían, quedando ya los mozos que en Mos existían, quedando solo las faltas causadas por las ausencias expresadas y se reserva la Diputación avisar oportunamente a los pueblos que no hallan entregado todos los mozos o que les falten algunos para que concurren a verificarlo cuando cesen los inconvenientes que esta suspensión ocasiona, y que de esta determinación y acuerdo se de parte al Gobierno de SM por conducto del Sr. gobernador civil de la provincia. ------ Folla: 116 6. Se acordó manifestar por circular a los ayuntamiento de la provincia que, a pesar de lo dispuesto en la publicada en le BOP número 127, no remitan los mozos a que en ella se hace referencia ni los expedientes justificativos mandados formar hasta que se le dirija orden para ello sin perjuicio de llevar a cabo lo demás en ellla prevenido para que cuando se determine pueda tener lugar sin más demora la presentación de los mozos que se hallen presentes. ------ Folla: 116 7. Se dio cuenta de la petición de José Benido Romero, Juan Antonio Besada, Luis Gonzalez y Manuel Gonzalez para que se les satisfaga la indemnización que les corresponde por los terrenos que en el distrito de Salceda les ha ocupado la carretera de Tui. Y se acordó se expida libramiento por los 2.101 real 29 céntimos a que son acreedores por tal concepto, lo mismo que los 4.612 de las indemnizaciones de O Porriño y pertenecen al propio expediente. ------ Folla: 116 8. Se dio cuenta asimismo de un oficio del alcalde de Ponteareas solicitando decisión en el expediente de cuentas del año de 1854 por lo correspondiente a la época en que fue depositario D. Manuel Mera. Y se acordó que, no habiendo evacuado el informe que antes de ahora y respecto de las mismas se había pedido al ex-diputado de Ponteareas D. Ramón Bugallal, se remitan al ayuntamiento del mismo junto para que en su vista como de los reparos puestos por la corporación anterior emita su censura con devolución. Respecto a la de Redondela del año de 1855 se acordó aprobarla y que se remita al Sr. gobernador. ------ Folla: 116 9. Se dio cuenta igualmente de la reclamación de la Administración de Hacienda Pública cuanto a la multa impuesta a Manuel Autón del distrito de Covelo. Y se acordó se recuerde al alcalde la justificación mandada instruir señalándole para ello el término de 15 días. ------ Folla: 117 10. También se dio cuenta del repartimiento de la derrama de la [Pontevedra] capital. Y se acordó se pidan las oportunas explicaciones respecto de la diferencia que se nota entre la cantidad que comprende el repartimiento y la señala el BOP donde está publicado el cargo de este distrito; que se conceda aprobación provisional para que pueda recaudarse de los contribuyentes la parte correspondiente al primer plazo, que se rectifique antes de percibirse el segundo, dándose para ello de término hasta el 15 del entrante, teniendo a la vista las instancias que remiten para que con arreglo a ellas se indemnice a los que tengan derecho o para que en caso contrario manifieste el ayuntamiento oyendo a la Junta repartidora cuando crea conveniente; que para el acto de la rectificación se asocien a dicha Junta dos empleados uno por el ramo de Hacienda y otro por el de gobernación que tenga por conveniente designar el Sr. gobernador; que se ponga al público el reparto al menos por 48 horas con objeto de que se presenten todas las quejas de los que se conceptuen agraviados, y por último, que las solicitudes que versen sobre no deber ser incluidos en el repartimiento, informe el ayuntamiento, suspendiendo en tanto la exacción de la cuota ínterin que no recae sobre las mismas resolución definitiva. ------ Folla: 117 11. Se dio cuenta de la solicitud de varios vecinos del distrito de Xeve en queja del repartimiento de la derrama. Y se acordó que, efectivamente han dejado de incluirse algunos individuos en el repartimiento de la derrama, se proceda a rectificarlo antes de que se haga efectiva el segundo plazo a menos que no pfuese exacto lo referido en cuyo caso deben manifestarlo así bajo su responsabilidad al ayuntamiento en unión de la Junta repartidora. ------ Folla: 117 12. Asimismo se dio cuenta de una solicitud de varios vecinos del lugar de Fraíz, parroquia de Olives, pidiendo que se prohiba a los de los inmediatos extraer esquilmos del monte por ser de propiedad de D. Manuel Mero a quien satisfacen directo dominio. Y se acordó informe en el particular el ayuntamiento de A Estrada. ------ Folla: 118 13. Igualmente se dio cuenta de una instancia de Andrés Pedroso, vecino de Mourente, quejándose de que, a pretexto de ornato público, se le hizo retirar un muro sin que se hiciese lo mismo a los que estaban confinantes dando con ello lugar a que se note en el camino trazado de San Mauro de Moldes una desigualdad perceptible. Y se acordó se remita la solicitud al Sr. ingeniero de caminos de la provincia para que en su vista manifieste lo que crea conducente en el particular, mejor dicho a la Junta de caminos del partido. ------ Folla: 118 14. También se dio cuenta de una instancia de D. Francisco Pérez de la parroquia de Alveos, ayuntamiento de Crecente, el cual solicita intervenir en la designación del punto por donde debe abrirse el cauce que en monte nombrado Varalla intentó hacer su convencino D. José Carapal. Y se acordó que el ayuntamiento conceda al interesado la intervención que reclama con todo lo demás a que haya lugar. ------ Folla: 118 15. Diose cuenta del expediente de expropiación de terrenos que hay que roturar para el camino de segundo orden que desde la parroquia de Tortoreos va a la villa de Ponteareas y que remite el alcalde de Setados. Y se acordo, vista la conformidad de los interesados, aprobar el referido expediente. ------ Folla: 118 16. Se dio cuenta asimismo de la instancia de José Pena, vecino de Lalín, en solicitud de que se le satisfagan los 400 reales que se le adeudan por indemnización de un terreno que se le ocupó con la construccion de la carretera desde esta capital [Pontevedra] a Ourense, y se acordó que se expida el libramiento si el estado de fondos lo permite. ------ Folla: 118 17. Se dio cuenta igualmente de una instancia de D. José Parames, secretario del ayuntamiento de O Rosal, en solicitud de que los 600 reales consignados en el presupuesto del año último para dotación un escribiente y que no quiere satisfacer ahora la depositaría, se entreguen al reclamante que los anticipó en la seguridad del reembolso. Y se acuerda que, siendo cierto lo que se expone de que está por satisfacer el escribiente para el que se consignaron los 600 reales, se le paguen pero, teniendo el ayuntamiento razones para no verificarlo, informe lo que crea oportuno. ------ Folla: 119 18. Se dio cuenta y fue aprobado el dictamen de la comisión nombrada para conferenciar con el empresario de los estudios del ferrocarril desde Vigo a Valladolid, el cual se consigna en el acta para que conste en todo tiempo el resultado de la conferencia dice así: "Reunidos la comisión de la Diputación Provincial y el Sr. D. Eduardo Chao y con asistencia del ingeniero de la provincia D. José Elduayen para examinar y proponer los medios de resolver las diferencias suscitadas sobre la interpretación del expediente relativo a los estudios del ferrocarril de Vigo al límite de la provincia de Ourense y de acordar para lo sucesivo la marcha que deberá darse a este asunto para que todos los interesados en la construcción concurran a su inmediata ejecución. Teniendo en consideración al estado de los estudios hechos hasta la fecha por D. Eduardo Chao, las cantidades entregadas ya por la Diputación, la dificultad de apreciar con rigorosa justicia el valor de los trabajos ejecutados; la conveniencia de adelantar lo posible los estudios aprobechándolos hasta ahora ejecutados, y el deber de respetar los derechos creados por los acuerdos de la Diputación, los que suscriben proponen. 1º Que D. Eduardo Chao entregue, antes de finalizar el año, a la Diputación los estudios de las leguas comprendidas entre Vigo y Tui, con arreglo a las prescripcions y condiciones del Gobierno y compuestos de los planos, perfiles, longitudinales y trasversales, planos de obras de fábrica, estaciones, talleres, y material fijo y móvil, presupuestos y pliegos de condiciones. 2º A la presentación de ellos y previo informe del ingeniero de provincia la diputación pagará el número de leguas que resulten al precio convenido de 15.000 reales legua con dedución de la cuarta parte y con arreglo a las demás condiciones del convenio celebrado por el Sr. Chao con los ingenieros y que conste en el Sr. Chao con los ingenieros y que conste en el expediente. 3º Para proceder en lo sucesivo se constituya la comisión acordada en sesión de 9 de octubre de los que formarán parte el ayuntamiento de Vigo por delegación y el concesionario D. Eduardo Chao siempre que previamente manifiesta la parte alícuota de capital efectivo con que se comprometen a concurrir para los gastos de los estudios. 4º En el caso de que a D. Eduardo Chao no le conviene formar parte de la empresa se obliga o traspasar su concesión a las Diputaciones de Orense y Pontevedra. 5º La concesión cree de su deber consignar un voto de gracias al concesionario por la renuncia que hace de la parte de beneficios que pudiera ofrecerle los estudios verificados y la concesión que renuncia Pontevedra 18 de octubre de 1856 Amores, marqués de Valladares, Novoa Limeses". ------

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