Fondos
1860-04-17_Constitutiva. Acta de sesión 1860/04/17_Constitutiva
Acta de sesión 1860/04/17_Constitutiva
Área de identificación
Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/3.1860-04-17_Constitutiva
Título Acta de sesión 1860/04/17_Constitutiva
Data(s) 1860-04-17 (Creación)
Volume e soporte 1 acta de sesión
Área de contexto
Institución arquivística Arquivo Deputación de Pontevedra
Área de contido e estrutura
Alcance e contido Folla: 2 [Constitutiva] 1. En la ciudad de Pontevedra se han reunido bajo la presidencia del sr. gobernador [Ramón Mª Suárez], los sres. diputados provinciales D. Ramón Sancho, D. Joaquin Yáñez, D. Manuel Gómez, D. Manuel Troncoso y Almansa, D. José Araujo López y D. Basilio Besada, y que lo son respectivamente por los partidos de esta ciudad, Vigo, A Estrada, Redondela, Cambados y Tui. Acto seguido se dió cuenta de comunicación del sr. gobernador fecha 26 de marzo último expresiva del Real Decreto de 9 de febrero próximo pasado, por el cual SM se ha dignado mandar la renovación de la mitad de las Diputaciones Provinciales, y designar los trámites y plazos de las elecciones, así como el día primero del corriente, para la instalación de dichas corporaciones. ------ Folla: 2 2. Diose cuenta igualmente de otra comunicación del mismo señor gobernador, fecha 30 del precitado mes de marzo, significativa de que fueron proclamados diputados provinciales por Caldas, Lalín, Ponte Caldelas, Redondela, Ponteareas y Tui respectivamente los sres. D. Lorenzo Varela [y Sarmiento], D. José Espinosa, D. Valentín Suárez, D. Manuel Troncoso y Almansa, D. Francisco Javier de Barros y D. Basilio Besada, habiéndose aprobado las actas de todos excepto la de Ponteareas por haberse producido contra ella reclamaciones. Quedó de ambas comunicaciones enterado este cuerpo provincial. ------ Folla: 2 3. El sr presidente declaró instalada la Diputación, y seguidamente exigió juramento al sr. D. Basilio Besada, que lo prestó en solemne forma. Procedióse luego al nombramiento de secretario y vicesecretario, cuyos cargos recayeron por unanimidad en el sr. Besada, el primero, y el segundo en el sr. Sancho. ------ Folla: 2,3 4. En este estado unánimes y conformes los presentes, han reconocido el deber en que se encuentran de elevar a SM una respetuosa expresión de sus sentimientos y de la provincia a tenor de los dos sucesos que ocupan la atención de España en la actualidad, a saber: la paz concertada con el imperio de Marruecos y la frustada intentona carlista que D. Jaime Ortega ha querido fomentar con un abuso de confianza y con circunstancias tan graves que apenas se conciben. Con efecto se ha extendido en los términos siguientes: "Señora: El feroz agareno rindió su orgullo, la perfidia también ha sucumbido, y es que la providencia ha decretado que todo es impotente contra el Trono augusto de VRM. No es preciso, pues, Señora, mas si lo fuese, esta provincia se sacrificaría, toda entera, por la causa de VRM, porque es la causa de su amor y sus respetos, porque es la causa de aquel Galicia, cuyo corazón ha visto VRM hace dos años, porque es la causa, señora, visiblemente del cielo protegida. Dígnese VM permitir a la Diputación que suscribe que se acerque a los RP de VM a ofrecer este sincero testimonio de los sentimientos de la provincia que representa, y este respetuoso tributo de su adhesión y lealtad. Pontevedra 17 de abril de 1860. Señora. a los RP de VM. El gobernador presidente Ramón María Suárez, Ramón Sancho diputado, Joaquín Yáñez diputado, Manuel Gómez diputado, Manuel Troncoso y Almansa diputado, José Araujo López diputado, Basilio Besada diputado secretario". ------ Folla: 3 5. Se dió cuenta de comunicación del sr. gobernador, fecha 24 de marzo próximo pasado, en que es inserta otra de 6 del mismo mes de la Dirección General del Tesoro en la cual reclama de esta provincia el reintegro en breve plazo de un millón de reales que en 1853 fue a la misma anticipado para acudir a las tristes circunstancias que entonces produjo la miseria. Enterado este cuerpo provincial de la expresada demanda, reproduce el acuerdo de 16 de noviembre último, en que obra relación de la Real orden de 6 de septiembre anterior inmediato expedida por el Ministerio de Hacienda para el reintegro a fondos provinciales de los créditos a su favor existentes por recargos sobre las contribuciones autorizadas en presupuestos de años anteriores, prometiéndose del celo del sr. gobernador se sirva excitar el de las dependencias de Hacienda para que formalicen oportuna liquidación de los créditos referidos, como de otros cualesquiera que por distinto concepto existan a favor del expresado fondo provincial, todo ello para poder apreciar el verdadero estado en que se encuentra respecto del Tesoro. ------ Folla: 3,4 6. Dado cuenta igualmente de la Real Orden expedida en 19 de enero último por virtud de instancia de varios vecinos de Nigrán terminante al abono de terrenos de que se les expropió para la carretera de Vigo a A Guarda, la Diputación quedó enterada, y acuerda que esta soberana disposición se tenga presente para cuando se haga el examen del presupuesto adicional en que la misma previene la inclusión de la cantidad debida a los expropiados, siempre que ella sea cierta y esté liquidado su crédito. Con lo cual, y siendo hora bastante avanzada, se suspendió la sesión para continuarla en el día de mañana: firma el sr. gobernador y yo en infrascrito secretario que de todo ello certifico. ------
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