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Acta de sesión 1860/04/18_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/3.1860-04-18_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1860/04/18_Ordinaria

  • Data(s) 1860-04-18 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

Área de contexto

Área de contido e estrutura

  • Alcance e contido Folla: 4 1. En la ciudad de Pontevedra a 18 de abril de 1860, reunidos bajo la presidencia del sr. gobernador (Ramón Mª Suárez) en la sala de sesiones destinada al efecto, los sres. diputados gobernador presidente, Sancho, Yáñez, Gómez, Troncoso Almansa, Araujo López, Besada y lo son respectivamente por los partidos de esta capital, Vigo, A Estrada, Redondela, Cambados y Tui, se dió lectura al acta anterior y fue aprobada. ------ Folla: 4 2. Seguidamente se dió cuenta de unas instancias de los Ayuntamientos de Meis, Ribadumia, Barro, Vilanova y Portas en solicitud de que se declare de tercer orden el camino vecinal que desde esta ciudad conduce a Vilagarcía, cuyo expediente pasó a informe de esta corporación el sr. gobernador. Para evacuarlo se nombró una comisión compuesta de los sres. Sancho y Gómez, quienes al efecto han recogido algunos antecedentes. ------ Folla: 4 3. Se dió cuenta igualmente de comunicación de la Junta de Instrucción Pública, fecha de ayer, en la que reclama la inclusión en el presupuesto adicional de la cantidad de 12.600 reales para pago a los maestros y maestras titulares del aumento de 500, 300 y 200 reales en sus respectivos sueldos, conforme con los artsº 196 y 197 de la ley de 9 de septiembre de 1857. La Diputación enterada y de las diposiciones en que se funda dicha reclamación, entiende que no ha llegado el caso todavía de los aumentos de sueldo que se pretenden, puesto que ellos están por el precitado art. 196, en su párrafo 2º, aplazados para cuando en los reglamentos se determine la oportuna clasificación. ------ Folla: 4,5 4. Asimismo se dió cuenta de otra comunicación de la misma fecha en que la Junta también de Instrucción Pública excita a esta corporación para que se incluya en el presupuesto adicional la cantidad de 2.000 reales que fue ya incluída en el presupuesto del año último para premio de los maestros que se distinguiesen por su celo y laboriosidad y aprobó el gobierno, toda vez que dicha cantidad no fue aplicada y los maestros son acreedores a la satisfacción de los premios referidos. La corporación vista de todo ello, acuerda que se tenga presente esta reclamación para la operación de examen del presupuesto adicional. ------ Folla: 5 5. también se dio cuenta de otra comunicación de igual fecha y procedencia [Junta de Instrucción Pública], en la cual se manifiesta que el inspector provincial de Primera Enseñanza debe emplear según el itinerario formado, 75 días en la visita de las escuelas de los partidos judiciales de A Cañiza, Ponte Caldelas, Tabeirós, Cambados y Redondela, y se reclama en su virtud la propuesta de lo que dicho visitador debe haber por cada uno de los días expresados. Enterada la Diputación y del art. 152 del Reglamento General para la administración y régimen de la instrucción pública, acuerda proponer por cada uno de los 75 días referidos y como indemnización de gastos, la cantidad de 36 reales vellón. ------ Folla: 5 6. Asimismo se dió cuenta del presupuesto adicional del corriente año y cuentas del año último y para el examen de ambos particulares se acordó el nombramiento de una comisión que fue propuesta a cargo de los sres. Sancho y Gómez. ------ Folla: 5 7. Dado cuenta igualmente y enterada la Diputación del acta de 4 de septiembre último levantada por el Ayuntamiento de Barro con doble número de contribuyentes para preferir el repartimiento a los demás medios legales de cubrir el encabezamiento, y como no tenga reparo que oponer a dicho acuerdo, en uso de las atribuciones que le concede el art. 193, de la instrucción de consumos de 24 de diciembre de 1856, presta su aprobación al expresado acuerdo. En este estado, se suspendió la sesión para continuarla en el día de mañana: firma el sr. gobernador y yo el infrascrito secretario certifico. ------

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