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Acta de sesión 1861/11/07_Ordinaria

Área de identificación

  • Código(s) de referencia ES.GA.36038.ADPO.1.1.3.3.12.999/3.1861-11-07_Ordinaria

  • Título Acta de sesión 1861/11/07_Ordinaria

  • Data(s) 1861-11-07 (Creación)

  • Volume e soporte 1 acta de sesión

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  • Alcance e contido Folla: 90 1. Bajo la presidencia del sr. D. José Corzo, gobernador presidente, se han reunido los sres. diputados y lo son por esta ciudad el sr. D. Ramón Sancho, por la de Vigo el sr. D. Joaquín Yáñez, por Cambados el sr. D. José Araujo, por Ponteareas el sr. D. Francisco Javier Barros, y por la ciudad de Tui el sr. D. Basilio Besada. Acto seguido el sr. presidente dispuso la lectura, que tuvo efecto, del Real Decreto de 4 de octubre último, que manda la presente segunda reunión ordinaria del corriente año, cuyo señor declaró en su virtud abiertas las sesiones. Seguidamente se procedió al nombramiento de secretario y vicesecretario, y recayó el nombramiento de ambos cargos para la presente reunión en los sres. Sancho y Besada, oportunamente. ------ Folla: 90,92 2. Se dió cuenta de la conferencia habida en A Cañiza con la comisión de la Diputación Provincial de Ourense, compuesta de los sres. D. Manuel Vázquez, diputado por Ribadavia, y D. Bernardo Pereira, que lo es por O Carballiño, con otra comisión de esta corporación representada por los sres. D. Joaquín Yáñez, D. Manuel Sánchez, diputado por dicho distrito de A Cañiza, y D. Basilio Besada, cuya conferencia tuvo lugar en 21 de septiembre último y fue relativa a los estudios de la vía férrea [ferrocarril] desde Ourense a Zamora, sobre cuyo particular y proposiciones hechas a su tenor por D. José Garagoa, acordaron las referidas comisiones, a saber, la de Ourense contribuir con la tercera parte del importe de dichos estudios, y la de esta provincia con el abono de 200.000 reales para el mismo objeto, todo bajo la aprobación de las referidas corporaciones, a las cuales se habría de dar cuenta oportunamente. Se dió lectura seguidamente a una excitación epistolar que sobre el mismo asunto dirige el sr. D. Juan Flórez desde Madrid con fecha 25 de octubre próximo pasado al sr. gobernador presidente, en la cual se contiene la idea de que esta Diputación al celebrar el convenio con el concesionario de dichos estudios sr. Garagoa haya de entregar la cantidad de 30.000 reales y luego 12.000 mensualmente durante un año, quedando para cuando el gobierno de SM apruebe definitivamente los estudios la entrega de lo que falte a cubrir la tercera parte de los mismos, que es la que a esta provincia corresponde. Así bien indica el sr. Flórez en la citada carta la necesidad de que se nombre una o más personas delegadas de esta corporación para llevar a cabo el concierto indicado en representación de las misma. Las bases del proyecto del sr. Garagoa, son las siguientes: Bases para la celebración de un contrato entre la Excma.Diputación provincial de Zamora en participación con las de Ourense y Pontevedra y D. José Garayoa, con el fin de verificar los estudios de un ferrocarril que, partiendo de la ciudad de Zamora termine en la de Ourense. 1ª.- D. José Garayoa autorizado competentemente por Real Orden de 3 de mayo último para hacer dichos estudios, se compromete a levantar los planos, perfiles, hacer la memoria, presupuestos y demás documentos que deben formar el proyecto con arreglo a los formularios y las disposiciones vigentes. 2ª.- Por este proyecto completamente terminado y aprobado le han de abonar las Excmas. Diputaciones referidas, la cantidad de 2.500 reales por cada kilómetro de longitud que resulte en el trazado desde la ciudad de Zamora al punto que termine el estudio. 3ª.- El importe de la cantidad que resulte de la base anterior, se satisfará por las Diputaciones en la forma siguiente: 80.000 reales al aprobarse el convenio y 36.000 mensuales siguientes durante un año, quedando el resto de garantía hasta la aprobación del proyecto por el gobierno de SM. 4ª.- Será de cuenta del concesionario todos los gastos que ocurran no sólo con la formación del proyecto, sino también los que ocasione las gestiones y comisiones hasta la aprobación definitiva. 5ª.- Serán igualmente de cuenta del mismo la ejecución de las reformas que disponga la superioridad, cuando estas tengan por objeto, sin alterar la dirección de la línea, mejorar el proyecto. 6ª.- Partiendo de la base que hasta Puebla de Sanabria están hechos algunos trabajos de un proyecto de estudio dispuesto por el gobierno, el concesionario procurará seguir el trazado desde dicho punto, dándole la dirección más conveniente, satisfaciendo en lo que sea posible las indicaciones que cada Diputación pueda hacerle en su provincia respectiva. 7ª.- El concesionario obtendrá del gobierno de SM los datos y trabajos del referido proyecto de estudio desde Zamora a la Puebla de Sanabria conformándose con la regaja que por dicho concepto se haga en la tasación de este proyecto. 8ª.- Obtenido del gobierno de SM la aprobación del proyecto, se hará la liquidación de lo que hubiese recibido y deba percibir el concesionario de las Diputaciones Provinciales, a razón del precio estipulado por cada kilómetro de los que resulten en el trazado, y la diferencia que haya le será abonada en el acto. 9ª.- Hecha por el Gobierno la tasación del proyecto con el aumento del 20% que conceden las disposiciones vigentes, las Excmas. Diputaciones Provinciales tendrán derecho a reintegrarse en su día de la empresa constructora, de la cantidad a que ascendió y han desembolsado por este contrato, quedando a favor y beneficio del concesionario la diferencia que media desde dicha cantidad hasta la de tasaión y aumento referido, deducida que sea la rebaja que el Gobierno haga por el estudio de Zamora a la Puebla de Sanabria. 10ª.- Si este contrato fuese firmado por las Diputaciones y aprobado por el Gobierno en todo el mes actual, D. José Garayoa se compromete a dar concluído el proyecto para presentarlo a la superioridad a los 22 meses contados desde la aprobación, excepto los casos imprevistos de fuerza mayor. 11ª.- En garantía de las cantidades que reciba el concesionario y del exacto cumplimiento por su parte de lo estipulado en el contrato, ofrece presentar persona competente que lo afiance. Sete Igrexas, 6 de septiembre de 1861. Por el concesionario, Juan Flórez. Con vista de todos estos antecedentes y despues de la oportuna discusión, este cuerpo provincial, acuerda: 1º Que acepta las bases propuestas por el referido sr. Garayoa y por D. Juan Flórez a su nombre, entendiéndose respecto de la base 3ª que se abonarán al celebrar el contrato los 30.000 reales que indica en su carta el sr. Flórez, los 12.000 mensuales por un año y luego que definitivamente se aprueben los estudios el resto desde la suma de estas cantidades a la de 200.000 reales, que fue la cantidad ofrecida por los comisionados de esta Diputación en la conferencia con la de Ourense en A Cañiza. 2º Que para la celebración del contrato nombra a los sres. D. Diego López Ballesteros y D. José Elduayen, diputados a Cortes por Lalín y Vigo respectivamente, y a cada uno de ellos in-solidum, caso de que alguno no pueda obrar en virtud de esta delegación por enfermedad, ausencia u otro motivo que le imposibilite, cuyos señores por las circunstancias de hallarse empleados en Madrid, podrán con menos eventualidades ocurrir a este servicio, entendiéndose ambos particulares aquí acordados siempre que SM se digne dispensarles su real aprobación. ------ Folla: 92 3. Se dió cuenta de las siguientes comunicaciones: una del Excmo. ayuntamiento de Santiago, fecha 27 de septiembre último, en que manifiesta su satisfacción y da gracias por el acuerdo habido por esta corporación en favor del pensamiento de una exposición anual en la referida ciudad de Santiago; otra del sr. gobernador de Ourense, fecha 10 de octubre último, en la que manifiesta que a la Diputación de la misma provincia no le ha sido todavía dable acordar definitivamente sobre el pensamiento de la exposición gallega en Santiago, y otra del sr. gobernador de A Coruña, fecha 11 del mismo mes de octubre, en la cual dice que pondrá el indicado pensamiento en conocimiento de la Diputación de la provincia. Este cuerpo provincial quedó enterado de todo ello. ------ Folla: 93 4. Se dió cuenta igualmente de Real Orden de 31 de agosto por el Ministerio de Fomento excitando a las Diputaciones para que voten las mayores sumas posibles para auxiliar al Gobierno en la realización del plan general de carreterras, a fin de dar a las obras todo el desarrollo que reclama la ejecución de dicho plan. Y este cuerpo provincial acordó que dicha Real Orden se tenga presente para cuando se trate de la confección del presupuesto provincial. ------ Folla: 93 5. Se dió asimismo cuenta de solicitud de D. Benito Hurtaza, de la villa de Portonovo, en el distrito de Sanxenxo, para que se le libren dos certificaciones que acrediten los ejercicios practicados por dicho sujeto en 1843 ante esta corporación, referentes al examen de agrimensor. La Diputación acuerda que se le expidan de lo que conste y fuere de dar. ------ Folla: 93 6. Se dió cuenta del repartimiento verificado por la Administración Provincial de Hacienda Pública de esta Provincia del cupo de 7.710.712 reales vellón que correspondió a la misma sobre el producto de los bienes inmuebles, cultivo y ganadería para el año próximo de 1862, con arreglo a la Real Orden de 2 de octubre último. La Diputación acordó comisionar para que sirvan informar sobre este importante asunto a los sres. Sancho y Yáñez. Con lo cual se suspendió esta sesión para continuarla en el día de mañana. Firma dicho sr. gobernador presidente y yo el infrascrito secretario certifico. ------

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